La juez pidió las actas del Consejo de Gobierno en marzo
* La Junta entendía que eran 'secretas' y se resistía a entregárselas a la juez
* La juez que investiga los ERE fraudulentos podrá consultar las actas
* La Junta entendía que eran 'secretas' y se resistía a entregárselas a la juez
* La juez que investiga los ERE fraudulentos podrá consultar las actas
María Peral | Agencias | Madrid
El Tribunal de Conflictos de Jurisdicción, dependiente del Tribunal Supremo, considera improcedente el conflicto de competencias planteado por la Junta de Andalucía a cuenta de las actas del Consejo de Gobierno andaluz que solicitó en marzo la titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, Mercedes Alaya, dentro de la investigación por la supuesta "trama" de prejubilaciones fraudulentas descubierta en ERE.
Según informaron fuentes jurídicas, los componentes del tribunal -el presidente del TS, Carlos Dívar, y los magistrados Octavio Juan Herrero y José Manuel Bandrés, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, y consejeros de Estado-, el lunes estuvieron reunidos durante cerca de tres horas y media pero al no alcanzar una conclusión definitiva continuaron hoy con su deliberación.
A mediados de julio el tribunal admitió a trámite el conflicto sobre las actas después de haber recibido el auto dictado a principios de ese mes en el que la juez Alaya mantenía su jurisdicción y decidía elevar el conflicto al Supremo.
En este sentido, el Tribunal de Conflictos de Jurisdicción dio traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal y a la Administración autonómica para que formulasen las alegaciones que estimasen convenientes a su derecho, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.1 de la Ley Orgánica 2/1987, de 18 de mayo, de Conflictos de Jurisdicción.
La juez trataba de averiguar, a través de las actas, era si se podía derivar "alguna actuación delictiva por parte sw autoridad o funcionario público", según explicaba la propia Alaya en un auto del 6 de julio.
Según informaron fuentes jurídicas, los componentes del tribunal -el presidente del TS, Carlos Dívar, y los magistrados Octavio Juan Herrero y José Manuel Bandrés, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, y consejeros de Estado-, el lunes estuvieron reunidos durante cerca de tres horas y media pero al no alcanzar una conclusión definitiva continuaron hoy con su deliberación.
A mediados de julio el tribunal admitió a trámite el conflicto sobre las actas después de haber recibido el auto dictado a principios de ese mes en el que la juez Alaya mantenía su jurisdicción y decidía elevar el conflicto al Supremo.
En este sentido, el Tribunal de Conflictos de Jurisdicción dio traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal y a la Administración autonómica para que formulasen las alegaciones que estimasen convenientes a su derecho, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.1 de la Ley Orgánica 2/1987, de 18 de mayo, de Conflictos de Jurisdicción.
La juez trataba de averiguar, a través de las actas, era si se podía derivar "alguna actuación delictiva por parte sw autoridad o funcionario público", según explicaba la propia Alaya en un auto del 6 de julio.
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