lunes, 27 de diciembre de 2010

"CASO PUERTOS"; UP Y D: "BALEARES TIENE EL MÁS ALTO NÚMERO DE CORRUPTOS POR METRO CUADRADO"

Críticas desde la oposición

Europa Press | Palma

El portavoz de UPyD en Baleares, Juan Luis Calbarro, ha manifestado que "Baleares tiene el más alto número de corruptos o presuntos corruptos por metro cuadrado de España", y, además, ha recordado que, al cierre de 2010, en las islas hay 167 personas sometidas a medidas judiciales por diversos casos de presunta corrupción, según ha contabilizado el partido.

Asimismo, en los juzgados de Baleares se instruyen o juzgan, al menos, 18 casos de corrupción, 184 imputaciones, acusaciones o condenas que afectan a 167 personas, 74 de ellas, políticos de diversa ideología, y 93, empresarios afines o familiares de los políticos, según ha informado Calbarro en un comunicado. Además, "todo esto sin contar los casos más antiguos", ha sentenciado.

Según el portavoz del partido, estas cifras "marean" y ha apostillado que "se quedan cortas, porque seguramente hay más implicados de los que UPyD ha sido capaz de detectar".

Por ello, ha aseverado que en Baleares se encuentra "la milla de oro de la corrupción española, es decir, el triángulo formado por el Consell, el Parlament y Cort, menos de un kilómetro cuadrado lleno de políticos presuntamente corruptos que son visitados por empresarios y familiares presuntamente corruptos".

Además, Calbarro ha criticado al PSIB-PSOE por haber "desterrado de su vocabulario la palabra 'corrupción', porque las investigaciones más recientes apuntan, con el caso Mar-Blau, a políticos de sus filas".

En esta línea, ha señalado que "es más necesario que nunca recordar a todos los ciudadanos que quienes han gobernado los últimos años los destinos de Baleares han transigido más allá de lo razonable con los corruptos o han protagonizado la corrupción". "Y que los mismos partidos que han alojado a los políticos corruptos o presuntamente corruptos, amenazan con seguir gobernando después de las elecciones de mayo".

Por este motivo, UPyD ha reclamado a los baleares que voten con responsabilidad porque de su decisión depende "darles un aval más o exigirles que se vayan a casa".

Según el portavoz de UPyD, ha remarcado que la listas de casos de corrupción, "sin contar los más antiguos", como el del Túnel de Sóller, "es amplia y se nutre de nombres metafóricos, alguno de ellos de acierto semántico impecable: Voltor, Maquillaje, Palma Arena, Ibiza Centro, Funeraria, Scala, Mar Blau, Son Oms, Can Domenge, Pasarela, Bomsai, Magdalenas, Fundació Illes Balears, Peaje, Turismo Joven, Rabasco, Andratx y Son Roca".

Asimismo, ha apuntado que la lista de 74 políticos afectados por estos casos "abarca al poder ejecutivo y al legislativo y a todas las responsabilidades políticas", entre otros, la presidencia del Govern, del Govern, del Parlament, del Consell de Mallorca y de Ibiza.

Por último, Calbarro ha concluido remarcando que hay 93 personas implicadas en estos casos, que son "grandes empresarios amigos de ciertos políticos, empresarios que montan empresas para recibir adjudicaciones decididas por sus amigos políticos", así como "esposas, esposos, primos y sobrinos de políticos". Imprimir

elmundo.es

"CASO PUERTOS"; TRIAY DIO IBIZA NUEVA A TRAPSA PESE A UN INFORME QUE ALERTÓ DE QUE SU OFERTA ERA "ILÍCITA"

CASO PUERTOS  | Detalles de la investigación

    * La Autoridad Portuaria adjudicó en 2008 un puerto con 379 amarres a la misma sociedad que se llevó el Club Marítimo de Mahón
    * El informe concluía que se 'estaba vulnerando la igualdad de oportunidades'

Esteban Urreiztieta | Eduardo Colom | Palma

Un informe encargado por la Autoridad Portuaria de las Islas Baleares (APB) a una consultora especializada alertó en junio de 2006 que la oferta presentada para quedarse el puerto deportivo de Ibiza Nueva por parte de Serveis Marítims Port d’Eivissa (Semar), participada al 50% por Trapsayates, había «aumentado de manera ilícita el presupuesto» de ejecución del proyecto. Una circunstancia que, según las valoraciones de los consultores de ingeniería que revisaron cada una de las 14 propuestas presentadas al concurso para la concesión de uno de los mejores puertos deportivos de las Islas, «vulneraba» la «igualdad de oportunidades del resto de concursantes».

Un año y medio después de la realización de este informe, a finales de 2007 y tras la llegada a la presidencia del todavía dirigente de APB Francesc Triay (PSOE), el organismo público que gestiona las concesiones portuarias en las Islas acabó resolviendo el concurso en favor de Semar, que se llevó así la explotación de 379 amarres en la Ribera Norte del puerto ibicenco. Semar se mantuvo como concesionaria temporal entre abril y julio de 2008 hasta que ese mismo verano le fue ratificada la concesión final por 17 años a razón de 5,6 millones de euros anuales.

Once errores
Aquel análisis técnico elaborado por la empresa Ligrho –Little Grasshopper– Consultants entre mayo y julio de 2006 se enmarcaba en unas labores de «asesoría de apoyo a la Comisión Técnica» de la APB que debía decidir sobre la mejor oferta. Entre otras cosas, analizaba uno por uno los proyectos presentados para la reforma del puerto. Partida a partida, fiscalizaba las propuestas tras la apertura de plicas de un concurso que se había convocado en 2005, durante la anterior presidencia de Joan Verger (PP). Al abordar la de Semar, los ingenieros de Ligrho dejaron constancia escrita de una serie de errores «graves» y «contradicciones» en el proyecto.

Así, por ejemplo, en el capítulo en el que se estudiaba la pavimentación denunciaban falta de información sobre «los tipos de firmes dispuestos», lo que en su opinión reflejaba «el poco rigor del proyecto básico». También denunciaron errores graves «en el diseño de la Marina Seca», donde había conceptos «sobredimensionados». Al analizar los capítulos presupuestarios hallaron partidas idénticas a otras ya contempladas en otro presupuesto. El informe advertía literalmente: «Se considera un error muy grave en cuanto a la calidad del proyecto básico y un intento de aumentar de manera ilícita el presupuesto».

En total, descubrieron once conceptos del proyecto a los que proponían restar cantidades presupuestadas bien por estar duplicadas o bien porque «se entienden como intentos de aumentar ilícitamente el presupuesto». Era el caso de la partida para los trabajos de dragado, imprescindibles para incrementar el calado del puerto, o la de la reforma del Club Social, sobre la que afirmaban que «el licitador incumple el pliego de condiciones del concurso» y proponían eliminar 1,59 millones de euros del importe ofrecido.
 
La carta de Mahón
Como conclusión a su análisis, Ligrho remarcaba que «este licitador ha aumentado de manera ilícita el presupuesto de ejecución», lo que consideraba «un hecho grave ya que vulnera la igualdad de oportunidades del resto de concursantes». Y apostillaba: «Para solventar esta situación la asistencia homogeneizará todas las sobreinversiones; no obstante, se debe destacar que esta tarea es imposible realizarla de manera exacta, con lo que puede quedar cierto grado de incertidumbre en el presupuesto de ejecución material de este licitador». Es decir, podía haber distorsiones incorregibles. Hay que recordar que el presupuesto total presentado por Semar para la reforma del puerto fue el segundo mayor de las 14 propuestas presentadas con una suma total de 31.865.846,57 euros (27,5 millones de inversión neta). Asimismo, el canon anual que propusieron abonar fue el más alto de todos, 5,4 millones (revisados hasta 5,6 por el IPC).

La adjudicación de Ibiza Nueva es una de las que están siendo revisadas en la investigación bautizada como Operación Mar Blau que desde hace dos años impulsa el Juzgado de Instrucción número 8 de Palma y que versa sobre el presunto amaño de algunas de las principales adjudicaciones portuarias en los últimos años. Estas pesquisas se iniciaron después de que EL MUNDO/El Día de Baleares destapase unas grabaciones de una reunión clandestina entre los antiguos concesionarios del Club Marítimo de Mahón y Verger en la que éste les daba instrucciones sobre lo que debían negociar bajo mano con Trapsa para alterar el resultado del concurso para llevarse la concesión menorquina. Precisamente, y como también desveló este diario, posteriormente una carta de los ex concesionarios de Mahón aseguraba que Trapsa había pedido Ibiza a Triay.

La investigación desembocó hace 15 días en el registro policial de la Autoridad Portuaria y en el interrogatorio como imputados de sus dos últimos presidentes, Verger y Triay, así como de sus principales directivos, entre los que se encuentra el histórico director de Explotación Ángel Matías. Según apuntan fuentes de la investigación el informe de Ligrhos ha sido exhibido en el curso de algunos interrogatorios que se han practicado en las últimas semanas.

elmundo.es

LA FISCALÍA ANTICORRUPCIÓN RECURRIRÁ EL ARCHIVO DE LA CAUSA CONTRA FABRA POR DELITOS FISCALES

TRIBUNALES  | De las declaraciones de la Renta de 2000 a 2003

    * El presunto delito fiscal cometido en el año 1999 no ha prescrito
    * Continúa la causa de tráfico de influencias

Europa Press | Castellón

La Fiscalía Anticorrupción recurrirá la decisión de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Castellón de sobreseer la causa abierta contra el presidente de la Diputación, Carlos Fabra, por supuestos delitos fiscales entre los años 2000 a 2003 -cuatro de los cinco de los que estaba acusado- al considerar que habrían prescrito, según han informado fuentes fiscales.

En un auto dado a conocer este lunes, la Audiencia justifica su decisión en que los supuestos delitos fiscales cometidos en los ejercicios de 2000 a 2003 -no así el correspondiente al año 1999- habrían prescrito por no haberse producido un acto de interposición judicial que interrumpiera el plazo para ello.

De este modo, esta instancia judicial ha estimado parcialmente el recurso de queja interpuesto por Fabra y su mujer, María Desamparados Fernández, contra el auto de 21 de julio de 2010 del juzgado número 1 de Nules (Castellón) que determinaba la continuación de la tramitación de las causas abiertas contra ellos por cohecho, tráfico de influencias y delitos fiscales.

No obstante, en la misma resolución la Audiencia resuelve desestimar el recurso interpuesto por la defensa de Fabra en la parte correspondiente a los hechos relativos a las supuestas influencias y los pagos y cobros realizados, por lo que en este ámbito la causa seguirá adelante.

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LA AUDIENCIA SOBRESEE LA CAUSA CONTRA FABRA POR CUATRO DELITOS FISCALES AL HABER PRESCRITO

Carlos Fabra junto a Francisco Camps en Torreblanca | D.C.Añadir leyenda
TRIBUNALES  | Sigue con presunto tráfico de influencias y delito fiscal en 1999
  
* El único delito fiscal que se investigará es de la Renta de 1999
* El presidente de la Diputación se quejó porque habrían prescrito
* Contra la decisión no cabe recurso alguno

ELMUNDO.es / Europa Press | Castellón

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha decidido sobreseer la causa abierta contra el presidente de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra, por supuestos delitos fiscales entre los años 2000 a 2003 -cuatro de los cinco de los que estaba acusado- al considerar que habrían prescrito por no haberse producido un acto de interposición judicial que interrumpiera el plazo para ello.

De este modo, esta instancia judicial estima parcialmente el recurso de queja interpuesto por Fabra y su ex mujer, María Desamparados Fernández, contra el auto de 21 de julio de 2010 del juzgado número 1 de Nules (Castellón) que determinaba la continuación de la tramitación de las causas abiertas contra ellos por cohecho, tráfico de influencias y delitos fiscales.

No obstante, en su auto, dado a conocer este lunes, la Audiencia resuelve desestimar el recurso interpuesto por la defensa de Fabra en la parte correspondiente a los hechos relativos a las supuestas influencias y los pagos y cobros realizados, por lo que en este ámbito la causa seguirá adelante.

El recurso de Fabra se basaba en la prescripción de los presuntos delitos fiscales por descubiertos superiores a 120.000 euros en diversos ejercicios del IRPF distintos al de 1999, que, según recuerda la Audiencia, "sí fue objeto de una denuncia por parte de la Agencia Tributaria y de un auto que lo admitió incoando las oportunas diligencias previas", y que, además, no había existido interposición judicial por lo que la simple presentación de una denuncia o querella no interrumpía el plazo de prescripción.

Por su parte, tanto el juez instructor como la acusación consideraban que sí se habría dado esta interposición judicial respecto a los presuntos fraudes por medio de un auto que dictó el 28 de febrero de 2006 la propia Audiencia.

Al respecto, la Audiencia aclara ahora que aquel acto respondía a ciertas diligencias solicitadas por la acusación particular y que entonces "la única denuncia interpuesta devenía del informe de la Agencia Tributaria de Valencia con referencia concreta al período impositivo de 1999 y referido al IRPF y no a otro tipo de impuesto". "No existían imputaciones respecto de otros delitos, sino nada más que la petición de prueba pericial sobre un marco temporal -1999 a 2004- y por la eventual incidencia fiscal", agrega.

El órgano judicial incide en que la petición de la prueba "no generó ni se tuvo nunca como una ampliación de denuncia o querella de los anteriores hechos". En la misma línea, considera "en ningún modo posible ni aceptable" suponer que la autorización de la prueba judicial con el fin de comprobar imputaciones concretas ya existentes signifique un acto de interposición que interrumpa la prescripción.
 
'Mínima prontitud'
"Lo que hubiera sido normal y desde luego previsible a fecha de 28 de febrero de 2006 -apunta el auto- es que el dictamen pericial se hubiera realizado con una mínima prontitud y que con lo constatado en el mismo, si se hubiera evidenciado algún descubierto impositivo, el instructor, bien de oficio o a instancia de parte, lo hubiera convertido en imputación concreta".

Por todo ello, se concluye que en el presente caso "no se presentó nueva denuncia o querella, ni una ampliación de las existentes, para extender la causa más allá del IRPF de 1999 respecto de Fabra, a otros hechos constitutivos de delitos fiscales".

En cuanto al supuesto delito de tráfico de influencias, aunque la Audiencia expresa "reservas" respecto a la declaración del empresario Vicente Vilar, admite que el "entramado" de entidades constituidas en torno a Naranjax SL (Artemis 2000 y Carmacas SL), con la participación de Fabra y miembros de su familia, junto con una reunión reconocida por este último en Madrid con autoridades son datos "de aparentemente potencial confirmador" de lo declarado por Vilar.

Añade el organismo que "la intervención de Fabra como posible mediador en la venta del producto 'piclor' por precio de 182.000 euros, da idea de la suculenta importancia de aquellas autorizaciones que estaban pendientes para otros productos de Naranjax".

El auto recuerda cómo el propio Fabra reconoció en su declaración que Vilar le había pedido ayuda para solucionar el "problema de atasco" que sus productos fitosanitarios tenían en el Ministerio y que le había ofrecido contrapartidas, que, según él, habría rechazado porque el único interés que le movía era "el beneficio" que podría recibir el sector de la provincia.

Sin embargo, la Audiencia argumenta que "no hay noticia de que en el ejercicio de tal especie de patronazgo oficioso o mecenazgo provincial" se haya dado en otros casos "una coincidencia en forma de significativa creación simultánea de una intimidad empresarial (con trasfondo familiar) como la que supone Naranjax SL (de la persona que le había hecho llegar el problema de las autorizaciones fitosanitarias) y Artemis SL (en la que intervenía las esposas de Fabra y Vilar), ni importantes pagos significativamente coincidentes de Vilar o Naranjax SL a Carmacas SL (de Fabra e hijos)".
 
Indicios sobre el tráfico de influencias y no de cohecho
Todo ello, subraya, "genera unos interrogantes que pueden cobrar la categoría de indicios" y, por esta razón, cree "fundamental la valoración de la prueba que pudiera desarrollarse en juicio oral" y acuerda que siga la causa.

El auto se expresa también sobre el posible delito de cohecho, acerca del cual manifiesta que ese tipo penal "no se desprende en modo alguno de los hechos concretados en el auto recurrido, pues en ningún apartado se indica que la actuación de Fabra lo fuere en funciones propias del cargo de presidente de la Diputación de Castellón".

"Efectivamente, si atendemos a las funciones correspondientes a tal cargo, ninguna de las iniciativas que se imputan a Carlos Fabra en forma de interesarse o mediar en Madrid ante las autoridades de las Cortes Generales o el Ministerio de Agricultura, en favor de los productos fitosanitarios del Vilar pendientes de aprobación, a cambio de ciertas cantidades de dinero, se pueden enmarcar en las actividades relativas al cargo de presidente de la Diputación", asevera la Audiencia, que precisa que "tal vez este tipo de proceder pudiera considerarse tráfico de influencias o tal vez infracciones del tipo disciplinario, pero no es propiamente cohecho".

Contra la presente resolución de la Audiencia Provincial de Castellón no cabe recurso alguno, según advierte la sala.