lunes, 14 de febrero de 2011

LA JUEZ SOSTIENE QUE MUNAR "CONOCÍA Y PARTICIPÓ" EN LA VENTA DE CAN DOMENGE

CORRUPCIÓN | Desestima el recurso de la ex presidenta del Parlament

* Considera 'ilógico' que Munar fuese 'engañada' por los demás imputados
* Subraya que designó a quienes participaron en las negociaciones 'fraudulentas'

Europa Press | Palma

La titular del Juzgado de Instrucción número 12, Carmen González, instructora del caso Can Domenge, ha desestimado el recurso que interpuso la ex presidenta del Consell, Maria Antònia Munar, contra el auto que decretaba que, una vez finalizada la instrucción, continuase el proceso penal contra la ex dirigente histórica de UM y otros seis imputados, al mantener que la principal encausada del procedimiento "conocía y participó" en la trama presuntamente irregular urdida en torno a la venta y enajenación de los solares de Can Domenge.

Así lo pone de manifiesto la magistrada en su resolución, que rechaza de este modo el recurso de reforma presentado en su día por la defensa de Munar, ejercida por Gabriel Garcías, quien alegaba que su patrocinada en ningún momento participó en acto ilegal alguno durante el proceso, según han informado fuentes jurídicas.

Munar no pudo ser 'engañada' por los suyos
Sin embargo, el auto recurrido, dictado para transformar las diligencias previas de la causa a procedimiento abreviado, consideraba "ilógico" que la también ex presidenta del Parlament fuese "engañada" entonces por los demás imputados en la causa que investiga las presuntas irregularidades cometidas en torno a esta venta, como tampoco cree que "todo el entramado, el plan y las negociaciones" se hicieran "a espaldas" de la encausada.

Con esta resolución, dictada el pasado mes de noviembre, finalizaba la fase de instrucción de este procedimiento, que indaga la venta de los solares palmesanos por treinta millones de euros, la mitad de su valor en el mercado y de la cantidad que ofrecía la empresa Núñez y Navarro, con la interposición de cuya querella fue incoado el caso.

En su resolución judicial, de cerca de sesenta páginas, la instructora recordaba que fue Munar quien designó a las personas que gozaron de una actuación material, personal y directa en el proceso y en las negociaciones "fraudulentas", en relación al ex vicepresidente insular Miquel Nadal, el ex conseller de Territorio Bartomeu Vicens y y el ex conseller de Economía Miquel Àngel Flaquer, y además abunda en que "era la presidenta del partido al que pertenecían todos ellos", en referencia a UM.

Sin embargo, el abogado se centra en los que considera los dos únicos aspectos en los que tuvo participación su patrocinada en todo el proceso. Uno de ellos fue firmar la prórroga, de 15 a 30 días, del plazo de presentación de ofertas tras la publicación en el BOIB del decreto para la enajenación de los solares, que finalmente fueron adjudicados a la UTE formada por Sacresa y Ferrà Tur por treinta millones de euros, la mitad de su valor en el mercado y de lo que ofrecía la mercantil Núñez y Navarro.

Asimismo, el otro momento al que el letrado hace referencia fue la comparecencia de Munar ante notario, el 19 de julio de 2006, en nombre del Consell de Mallorca para celebrar la Escritura Pública de compraventa de la finca.

Precisamente, sobre este extremo la jueza consideraba "muy ilustrativo" la denominación de 'compraventa', ya que a su juicio refleja "lo que los imputados planearon y lograron: efectuar una simple compraventa de inmueble a quien querían, contrariando la Ley, para lo cual tuvieron que elaborar la apariencia de concurso de enajenación".

Acepta el recurso de Sanz y rechaza el de Fiol
La jueza desestima de igual forma el recurso que interpuso la defensa del abogado Santiago Fiol, abogado asesor contratado por Sacresa para su expansión en Palma y a quien se refería en el anterior auto como la 'correa de transmisión' entre la empresa y el Consell. Por el contrario, sí ha admitido el que presentó el ex director general de esta sociedad, Mario Sanz Bernal, a quien la magistrada se refería en un principio como la persona se ocupó de la transmisión de información previa a la publicación del concurso.

El caso fue instruido durante cuatro meses por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) debido al aforamiento de Munar, Nadal y Vicens, aunque finalmente volvió a manos del Juzgado de Instrucción número 12 después de que la ex líder 'uemita' dimitiese como presidenta del Parlament el 26 de febrero de 2010 tras las acusaciones vertidas contra ella por el propio Nadal en el marco del caso Maquillaje. Precisamente, la Fiscalía solicita seis años de prisión contra cada uno de ellos dentro de una pieza separada de esta causa.

Además
    * Lea el auto completo (PDF)
    * El chiste de Alfie: Prescribirá

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ABREN JUICIO ORAL CONTRA EL EX ALCALDE DE BARBATE POR PRESUNTO DELITO DE PREVARICACIÓN

CÁDIZ | Ya recibió una condena de inhabilitación

* La acusación particular solicita la inhabilitación para cargo público
* La pena a la que se enfrenta es de más de ocho años en total

Ana María Fopiani | Cádiz

El ex alcalde de la localidad gaditana de Barbate por el PP, Juan Manuel de Jesús, deberá sentarse de nuevo en el banquillo después de que un juzgado barbateño haya ordenado la apertura de juicio oral por la vía penal. Al ex primer edil se le acusa de presuntas irregularidades urbanísticas cometidas durante sus años de mandato, que se suma a otra causa por las que ya fue condenado y una aún en período de instrucción.

El escrito de la acusación particular, al que ha tenido acceso ELMUNDO.es, imputa a De Jesús los delitos de falsedad, fraude y prevaricación con respecto a una parcela inicialmente propiedad del Ayuntamiento barbateño y que, según el mismo escrito, habría sido vendida por debajo de su precio de mercado y con una tramitación irregular, no ajustada a Derecho.

Los hechos que se juzgan se remontan al año 2000, cuando el entonces alcalde decide "ceder en pago" a la empresa Estructuras Auxiliares una superficie de 2.906 metros cuadrados de una finca de propiedad municipal.

Optaba así por la dación en pago, procedimiento utilizado en el derecho privado para saldar deudas mediante entrega de bienes, pero que "no existe en la normativa reguladora de la enajenación de bienes inmuebles de las entidades locales", según la acusación particular. En su escrito, precisa que esta enajenación debería de haberse realizado mediante "subasta pública o la permuta de otros bienes inmuebles", pero no de forma discrecional.

En el mismo informe, apunta que el Ayuntamiento barbateño no tenía entonces deuda alguna que saldar con la empresa Estructuras Auxiliares SA, representada por Juan Carlos Salido Gómez, aunque sí la junta de compensación de la unidad de ejecución urbanística de Carretera de Atlanterra, que presidía Juan Manuel de Jesús, pero en la que el consistorio perdería su mayoría participativa, estando en manos privadas.

Junto a la cesión, presuntamente irregular de esta parcela, la acusación particular, ejercida por el entonces delegado de Urbanismo Jesús López, aclara que el alcalde la "cede en pago" por algo más de 150.000 euros (25.840.374 pesetas entonces), mientras que fue adquirida dos meses después por la empresa Depurasur SL por más de 200.000 euros (33 millones de pesetas en el año 2000), un 30 por ciento más.

Según la acusación particular, "es evidente que el alcalde se concertó con el señor Salido Gómez, al objeto de transmitirle la parcela del patrimonio municipal, sin subasta pública, sin deberle nada directamente y a un precio muy inferior al de mercado".

El Registro de la Propiedad rechazó la inscripción de la finca como dación de pago, por lo que Juan Manuel de Jesús "trata de legalizarla, modificando el contenido de la escritura, mediante un nuevo proyecto, que transmitía los terrenos a la junta de compensación de la Carretera de Atlanterra y que fue aprobado por el Pleno municipal dos meses después de haber cedido la parcela" a Estructuras Auxiliares, que a su vez la había vendido a un tercero.

La acusación considera probado los delitos de prevaricación y de falsedad por parte del ex alcalde popular, a expensas de la decisión judicial una vez se celebre la vista oral. Por estos hechos, solicita para Juan Manuel de Jesús siete años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por el delito de prevaricación, además de un año de prisión y seis de inhabilitación por el de fraude y hasta seis meses de multa, con seis años de suspensión de empleo o cargo público por el delito de falsedad.

Junto al ex alcalde, se sentarán en el banquillo dos altos funcionarios municipales, un letrado de la asesoría jurídica y el arquitecto, a los que el ex delegado de urbanismo denuncia por incompatibilidad en cargo público, al prestar servicio en la citada junta de compensación con el beneplácito del ex alcalde.

La causa que se verá ahora en vista oral fue rechazada por el Juzgado de Instrucción número 1 de Barbate, que ahora se ve obligado a dar trámite a la apertura de juicio al Juzgado de lo Penal de Cádiz, después de que la Audiencia Provincial respaldara los recursos presentados por la acusación particular. Junto a las penas solicitadas, el escrito recoge la petición de que el ex alcalde sea juzgado por un tribunal popular, según la tipificación de algunos de los delitos.

Nueva inhabilitación
El ex alcalde ya fue condenado a seis meses de inhabilitación para cargo público porque no abonó una deuda acumulada de diez años a una empresa contratada por el Ayuntamiento en 1992. Además, Juan Manuel de Jesús, que fue primer edil entre 1999 y 2007, tiene pendiente otra causa por la reventa de unos terrenos por la que la Fiscalía de Cádiz abrió en su día diligencias y que está aún en período de instrucción.

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"CASO MALAYA"; ANTICORRUPCIÓN REITERA QUE ROCA BLANQUEÓ FONDOS EN EL "PELOTAZO" DE CRUCERO BANÚS

Resumen de defensas y acusaciones

* Su defensa argumenta que no está acreditado el origen ilícito del dinero

José Carlos Villanueva | Málaga

La última sesión del juicio por el caso 'Malaya' referida al bloque sobre el 'pelotazo' urbanístico de Crucero Banús, ocurrido en Marbella, ha arrancado este lunes con la intervención del fiscal delegado de Anticorrupción, Juan Carlos López Caballero. El Ministerio Público ha ratificado que el principal acusado, Juan Antonio Roca, blanqueó fondos en dicha operación inmobiliaria. Concretamente la cifra 'lavada'- no mencionada hoy- fue de 1,6 millones de euros como ya es sabido.

En el marco de los "resúmenes de prueba" encargados por el presidente del tribunal, José Godino, a las distintas partes personadas, la acusación pública ha detallado que la imputación de blanqueo que hace recaer sobre el ex asesor urbanístico marbellí guarda relación con "los fondos invertidos y obtenidos por Roca en esta operación, como ganancias del delito antecedente".

Y es que para López Caballero queda claro que los fondos que invirtió Roca en la operación Crucero Banús, junto al resto de socios: el ex primer teniente de alcalde Pedro Román, el abogado Juan Hoffman y el ex comisario de Policía Florencio San Agapito, "son bienes que proceden de actividades delictivas".

Cabe recordar que el propio Roca reconoció, durante su declaración al comienzo del juicio oral, que los fondos que invirtió en dicha operación eran de "procedencia opaca" y que no fueron declarados a la Agencia Tributaria en España. Tampoco lo hizo con el beneficio obtenido con la plusvalía, que ascendió a 6,3 millones de euros repartidos con el resto de sus socios.

Primero compraron la parcela de Puerto Banús en 2001 por 4,3 millones de euros y meses después, ya en 2002, se la vendieron recalificada al empresario José Ávila Rojas por importe de 10,3 millones. El suelo pasaba de uso comercial, con 500 metros de techo, a ocho alturas con viviendas garajes y locales comerciales, repartidos en más de 11.000 metros.

"Desde nuestro punto de vista hay tres imputaciones: blanqueo, ingresos dejados de tributar y delitos contra la Hacienda Pública que se imputan con exclusividad a Pedro Román", ha enumerado el fiscal.

El fiscal ha concedido mucha importancia a la "prueba documental", relacionada con los registros que se efectuaron en el despacho del acusado Juan Hoffman en febrero de 2007. Además, ha hablado de las "estructuras de ocultación de fondos" creadas en Suiza por los acusados.

Licencia contraria al PGOU
Paralelamente, la acusación pública ha hablado de la normativa urbanística que se vulneró con dicha operación: "Una licencia de obras contraria al PGOU de 1986", en el marco de la "contrariedad" con el ordenamiento jurídico vigente. A ello le ha sumado algunas declaraciones testificales que se han podido escuchar durante las más de veinte sesiones celebradas.

El hombre clave en la operación investigada es Pedro Román. El ex primer edil se enfrenta a 21 años de prisión y multa de casi 15 millones de euros. Era el socio mayoritario en el negocio con un 62% de las acciones. De ahí que las penas solicitadas para él sean mayores que para Roca, que contaba con menos del 15%.

Además, el fiscal considera que Román ocultó fondos en Suiza entre 2003,2004 y 2005 a través de la sociedad Veran A.G., la cual realizó adquisición de inmuebles en España.
 
Piden la absolución de Roca
Por su parte, la abogada de Roca, Rocío Amigo, ha pedido la libre absolución de su defendido, "con todos los pronunciamientos", al comienzo de su intervención. Para la letrada, el origen ilícito de los fondos del ex asesor urbanístico "no ha quedado acreditado".

En cuanto al delito de malversación, que imputa el Ayuntamiento de Marbella a Roca, su abogada sostiene que "no administraba caudales públicos" por lo que "no puede ser acusado del mismo". Amigo se basa en declaraciones de "testigos de cargo" como el interventor y el tesorero.

Otro argumento que ha empleado Amigo es que no hay malversación porque "el dinero aportado por promotores, en concepto de compensación, por aprovechamientos urbanísticos, es privado y luego se destina a usos públicos" en el Ayuntamiento de Marbella.

Según la defensa del ex asesor urbanístico "un aprovechamiento urbanístico es un bien inmueble y está excluido de ser malversado", ha dicho la abogada al citar varias sentencias.

Las defensas siempre han mantenido que no hubo perjuicio patrimonial para el Ayuntamiento de Marbella, porque el inmueble no llegó a edificarse. De hecho, algunos testigos como el interventor, Juan Antonio Castro, y el arquitecto municipal Francisco Merino, declararon que el Consistorio debería devolver los 240.000 pagados por Román, Roca y sus socios, quienes hablaron de "enriquecimiento ilícito".

El resto de defensas continúan durante la jornada de este lunes con sus intervenciones. La reanudación del juicio, ya con el segundo bloque relativo a la trama de testaferros de Roca que blanquearon presuntamente sus ganancias ilícitas, se reanudará el próximo 1 de marzo, tras modificar la Sala la fecha inicial, prevista en un principio para el 21 de febrero.

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    * Todo sobre el juicio del caso 'Malaya'

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"CASO MERCASEVILLA"; LA POLICÍA LLEVA AL JUZGADO LA DOCUMENTACIÓN INTERVENIDA

Más de cincuenta cajas con legajos precintadas

Efe | Sevilla

Un furgón policial ha llevado este lunes al juzgado de instrucción 6 de Sevilla más de 50 cajas con documentos incautados en la investigación sobre presuntos Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) irregulares.

Las cajas, precintadas con sellos de la Dirección General de la Policía, iban en una furgoneta que ha llegado al edificio de los juzgados hacia las 11 horas escoltada por un coche policial, cuya dotación ha supervisado la descarga.

Se trata de la documentación incautada por la Policía Judicial en las empresas investigadas por presuntos ERE irregulares, que según las últimas informaciones ascienden a más de treinta, por un importe de 647.869.157,45 euros.

La documentación ha sido entregada al juzgado de instrucción 6, que ha abierto un nuevo sumario por estas irregularidades, derivado de su investigación en torno a la gestión de Mercasevilla.

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