lunes, 7 de febrero de 2011

"CASO MALAYA"; EL PRINCIPAL TESTIGO CONTRA ROCA: "ERA CASI IMPOSIBLE PARAR LAS OBRAS ILEGALES"

Declara en el juicio
* Cuando eran de pequeñas obras, como �una vivienda unifamiliar�, sí se paraban

José Carlos Villanueva | Málaga

El jefe del Servicio Jurídico de Urbanismo del Ayuntamiento de Marbella, Jorge González, ha comenzado a declarar este lunes en el juicio por el 'caso Malaya'. Se trata del principal testigo contra el ex asesor urbanístico marbellí Juan Antonio Roca Nicolás.

A preguntas del abogado municipal, Alberto Peláez, dicho testigo ha dado cuenta de la dificultad que entrañaba llevar a la práctica los decretos de paralización de obras, enviados por el TSJA, entre 2003 y 2006, durante los gobiernos de Julián Muñoz y Marisol Yagüe, respectivamente.

"Era prácticamente imposible pararlas", ha dicho el jurista con respecto a las obras ilegales. En cambio, cuando se trataba de pequeñas obras, como "una vivienda unifamiliar" éstas se paraban "siempre", ha puntualizado González.

De hecho, el alto funcionario se ha referido a que los incumplimientos de paralizaciones "ocurrían con las obras más groseras, las más grandes". Precisamente el objeto de la vista oral es actualmente una de dichas operaciones urbanísticas, conocida como Crucero Banús.

Se trataba de un edificio de ocho plantas, viviendas garajes y locales comerciales cuya licencia fue impugnada ante el TSJA por la Junta de Andalucía, por lo que los trabajos de cimentación se suspendieron.

El testigo ha recordado también que él, personalmente, estableció un protocolo de actuación para que cuando llegaran los precintos de paralizaciones de obras éstos fueran finalmente dirigidos al jefe de la Policía Local, Rafael del Pozo. El testigo intentaba así dar cumplimento a las resoluciones judiciales cautelares, pero "era muy difícil que los firmara la alcaldesa", ha dicho González en alusión a la que fuera regidora entre agosto de 2003 y finales de marzo de 2006, Marisol Yagüe.

En el marco de su comparecencia, a cara descubierta, al contrario que otros testigos que han declarado, Jorge González también ha precisado que había "órdenes e instrucciones de Roca para que todos los precintos se le comunicaran a él personalmente".

Testimonio clave
Cabe recordar que el testimonio de González, el 13 de octubre de 2005 ante el entonces titular del Juzgado de Instrucción 5 de Marbella, Miguel Ángel Torres, dio pie a que dicho magistrado abriera las diligencias previas que dieron lugar a la operación Malaya.

EL MUNDO desveló el 15 de noviembre de 2005 el contenido íntegro de dicha declaración, en el marco de otro sumario por delitos urbanísticos conocido como 'caso Guadalpín'. Jorge González le contó al juez que Roca actuaba como el "alcalde de facto" de Marbella.

"El señor Roca actúa como si fuera el alcalde en los temas urbanísticos y es la persona que decide absolutamente". La frase textual, ratificada este lunes, casi seis años después por González, resume a la perfección lo que tantas veces había denunciado la oposición sobre el inmenso poder que atesoraba Juan Antonio Roca en los sucesivos gobiernos del GIL (1991-2006).

González, alto funcionario de carrera, expuso ante Torres que desde que en 1993 entró a trabajar en la asesoría jurídica de Urbanismo, tras conseguir plaza por concurso nacional, tuvo "la orden verbal tanto del señor Gil, como del señor (Julián) Muñoz de que todos los temas relativos al urbanismo, sean importantes o de menor importancia, tiene que despacharlos con el señor Roca, que actúa como si fuera el alcalde en los temas urbanísticos y es la persona que decide absolutamente", reza la transcripción literal de la declaración judicial.

Dicha documento, de seis folios de extensión y claramente inculpatorio para Roca, supuso un antes y un después en las investigaciones que impulsó Torres desde que llegó a Marbella para determinar exactamente el modus operandi empleado por los ex gobernantes del GIL y sus colaboradores a la hora de otorgar licencias de obras contrarias al PGOU vigente de 1986 ; siempre al amparo de las sucesivas revisiones ilegales del llamado «Plan del 98», anulado por el TSJA.

González llegó a decirle al juez Torres que "cumplir y hacer cumplir la ley en el Ayuntamiento de Marbella es arriesgado" y que a él "ya le ha costado el puesto", por haber sido marginado. Aseguró, además, tener "miedo de que después de esta declaración pueda sucederle algo", rezaba el documento que desveló este diario.

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elmundo.es

"CASO MACARENA"; JOSÉ PARDO, CONDENADO POR LAS FACTURAS FALSAS, EN BUSCA Y CAPTURA

Malversación de fondos y falsedad documental

* José Pardo fue condenado por malversación y falsedad documental
* El TSJA negó a finales de enero la sustitución de la cárcel por una multa
* El alto tribunal denegó retrasar el ingreso en prisión por su 'peligrosidad'

Efe | Sevilla

La Audiencia de Sevilla ha dictado una orden de búsqueda, captura e ingreso en prisión de José Pardo, el empresario condenado por las facturas falsas del Ayuntamiento de Sevilla, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) rechazase sustituir la cárcel por multa.

Fuentes judiciales han informado de que el magistrado que presidió el jurado popular dictó la semana pasada una orden de búsqueda y captura que hasta hoy no ha dado resultados.

El magistrado optó por esta medida en lugar de la habitual en estos casos, que es citar al interesado para su comparecencia voluntaria, tras recibir el último auto del TSJA y conocer que Pardo ha cambiado de letrado debido al repentino fallecimiento del abogado que le defendió en toda la causa.

El pasado 27 de enero, la Sala de lo Civil y Penal del TSJA confirmó la resolución de la Audiencia de Sevilla, que unos meses antes había rechazado suspender el ingreso en prisión de Pardo dada su "peligrosidad" y su "trayectoria delictiva" al tener cuatro condenas anteriores.

El empresario fue condenado a dos años de prisión por malversación de fondos públicos y 21 meses de prisión y multa de 9 meses por un delito continuado de falsedad en documento mercantil, por haber presentado al cobro varias facturas falsas al Ayuntamiento de Sevilla, a finales de 2002 y comienzos de 2003.

El otro condenado en este caso, José Marín, secretario del Distrito Macarena del Ayuntamiento, ya entró en prisión el 7 de abril de 2010.
 
Pronunciamiento del TSJA
El TSJA confirmó "en todos sus pronunciamientos" la resolución de la Audiencia que acordó "no haber lugar a sustituir ni a suspender las penas de prisión impuestas" teniendo en cuenta, además, que "la especial gravedad de los delitos por los que fue condenado llevó al Tribunal del Jurado a rechazar no sólo el indulto, sino la suspensión de penas".

Pardo tenía cuatro condenas anteriores, aunque ya canceladas: una de 1985 por coacciones, otra de 1988 por cohecho, una de 1995 por hurto y otra de 1999 por conducir bebido, lo que describe "un historial delictivo sumamente grave", según el TSJA.

Tampoco ha pagado la indemnización ni la multa fijadas, según el auto, y "ni siquiera se ha podido efectuar el requerimiento de pago" al negarse su madre a firmar "por orden de su hijo", y las enfermedades que alega su defensa, "no suficientemente acreditadas, son susceptibles de tratamiento médico-farmacéutico" en prisión.

Marín y Pardo fueron condenados por malversación de caudales públicos y falsedad en documento oficial, al pagar seis facturas falsas por obras menores que "no se habían ejecutado o lo habían sido sólo parcialmente", en una sentencia de la Audiencia luego confirmada por el TSJA y que también ratificó el importe de la defraudación: 5.901 euros que deben devolver al Ayuntamiento.


elmundo.es

"CASO GÜRTEL"; EL JUEZ FLORS DENIEGA DE NUEVO LA PETICIÓN DE CAMPS PARA INCORPORAR NUEVAS PRUEBAS

Insiste en que no procede incluir más grabaciones

    * Flors subraya la 'insistencia' de la defensa pese a su 'improcedencia'
    * Camps había pedido la audición de las grabaciones intervenidas a Correa
    * Además, preguntaba si había más cintas de 'El Bigotes' y Crespo
    * Contra esta decisión cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días

Europa Press | Valencia

El magistrado instructor de la 'causa de los trajes' en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), José Flors, ha dictado un auto en el que mantiene su decisión de denegar la petición de la defensa del presidente de la Generalitat, Francisco Camps, de practicar nuevas diligencias relacionadas con las conversaciones telefónicas intervenidas a los considerados cabecillas de la 'trama Gürtel' y que dieron origen al procedimiento.

En un auto de fecha 3 de febrero, el magistrado ha acordado que no cabe reformar un auto de fecha 18 de enero, donde ya denegó la petición de practicar las diligencias solicitadas y señala que ante la "insistencia" de la parte recurrente, "se deben reiterar todas y cada una de las razones expuestas en la resolución recurrida para acordar su denegación", según consta en el auto facilitado por el TSJCV. No obstante, contra esta decisión, cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días.

Así, según expone el instructor en los razonamientos jurídicos, la razón para denegar en el anterior auto las diligencias propuestas por la defensa se fundaba en su "improcedencia" porque "ninguna de ellas derivaba del resultado de las practicadas en esta fase del procedimiento" ni tampoco "de hechos nuevos acontecidos" y recordaba lo que ya expuso en su momento en esta causa cuando se propuso diligencias de investigación por las partes, según la previsión de la ley del Jurado.

A estos razonamientos añadía que durante la instrucción de la causa "ya se había dispuesto y tuvo lugar la incorporación a las diligencias de la totalidad de las conversaciones telefónicas intervenidas que dieron lugar a la incoación del presente procedimiento" y que de todo lo actuado e incorporado "se dio vista y confirió audiencia a las partes, sin que nada se alegara entonces acerca de ninguna averiguación, adición o complemento a lo entonces aportado".

Asimismo, agregaba que la intervención de comunicaciones telefónicas a diferentes personas "perfectamente identificadas en la causa se conoce desde el inicio mismo del presente procedimiento" y que la solicitud formulada "se asienta en meras hipótesis tendentes, no a una concreta averiguación o contrastación de hechos determinados, sino a realizar una prospección respecto de algo que tal vez pudiera ser de interés del solicitante".

Además, apuntaba que todas las conversaciones telefónicas que pudiera haber mantenido Francisco Correa "forman parte de un distinto proceso, con objeto diferente y en el que son parte otras personas".

La representación de Camps presentó un escrito el 13 de enero donde pedía que se remitiera un oficio al instructor de la causa en Madrid, Antonio Pedreira, para que informara sobre si las conversaciones intervenidas a Pablo Crespo y Álvaro Pérez contenidas en determinados DVD eran las únicas que se había intervenido a estas dos personas o si constaban más, y en el caso de haber otras, pedía que se remitiera una copia. Asimismo, solicitaba una remisión en DVD de las conversaciones intervenidas a Correa y que se diera un plazo para ser escuchadas y seleccionadas.

El instructor acordó no practicar estas diligencias, decisión que fue recurrida por Camps. Al recurso se adhirieron los abogados del ex secretario general del PPCV Ricardo Costa y del exvicepresidente del Consell Víctor Campos, mientras que fue impugnado por el PSPV.


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