martes, 2 de marzo de 2010

GRAMEPAR ADJUDICÓ A DEDO Y SIN PROYECTO OBRAS PORSEIS

La interventora advirtió sobre irregularidades de la sociedad
El gerente defendió que el proyecto era urgente porque "había ratas" en la zona

LLUÍS PELLICER - Barcelona

En enero de 2009 las advertencias sobre irregularidades en Gramepark fueron insistentes. Maite Carol, ex interventora de Santa Coloma de Gramenet alertó de que la empresa pública de servicios, hoy en el centro de la investigación de la trama Pretoria, adjudicó a dedo, sin que hubiera ningún proyecto, obras por más de seis millones de euros. Ese mismo mes, una auditoría externa que situaba a la sociedad al borde de la quiebra técnica señaló que el Ayuntamiento encargaba obras a Gramepark sin que éstas estuvieran presupuestadas.

* Santa Coloma revisa las obras del mercado de Fondo, adjudicadas a dos empresas de la trama
* La oposición exige que se cambie el auditor de la empresa pública

El teniente de alcalde Joan Carles Mas recibió una copia del texto

La empresa municipal adjudicó en 2007, por encargo del Ayuntamiento y sin concurso público, las obras de unos locales de la plaza de Olimpo adonde debían ir los Servicios Territoriales y un centro cultural a la constructora Faus por 6,14 millones de euros. En diciembre de 2008, Gramepark reclamó al Ayuntamiento que le abonara esos gastos. Cuando esta petición llegó al despacho de la interventora un mes después, en enero de 2009, ésta lo rechazó y emitió un informe negativo al considerar que la adjudicación por vía de urgencia no estaba justificada.

Maite Carol argumentó que la junta de gobierno encargó a Gramepark que realizara las gestiones para reubicar las dependencias municipales el 16 de enero de 2007, mientras que el Consejo de Administración de la sociedad pública aprobó los gastos correspondientes a las obras el 18 de diciembre de 2008. "No se puede afirmar que se haya producido una situación de urgencia, a la vista de la duración de todo el proceso productivo, de más de años", apuntó la interventora en el documento.

El informe fue remitido al entonces gerente de Gramepark, Manel Sierra, que fue destituido por los administradores de la Oficina Antifraude cuando éstos hallaron supuestas irregularidades en su gestión. No era el único que conocía ese informe. Según consta en los documentos a los que ha accedido este diario, Sierra mandó una copia de la respuesta a este informe al ex alcalde de Santa Coloma Bartomeu Muñoz; al actual primer teniente de alcalde, Joan Carles Mas; al ex concejal de Urbanismo Manuel Dobarco, y al secretario general del Consistorio, Francisco Javier Ezquiaga.

La respuesta de Sierra, del 14 de mayo de 2009, ocupa cuatro folios en los que muestra la "sorpresa generalizada" que causó en Gramepark que la interventora considerara que no era urgente la reubicación de las oficinas municipales, que entonces estaban en la calle del Doctor Ferran, a pesar de que tuvo dos años para ejecutarla. Según Sierra, el destino final de esas dependencias no se conoció hasta julio de 2007, por lo que el tiempo transcurrido era en realidad de un año y medio y no dos.

La obra era urgente "en ese momento y no antes" porque había peligro en los edificios donde debían hacerse las obras. Según dijo Sierra en la respuesta al informe de la interventora, "se creó un problema grave de salubridad" con la "aparición de ratas", por lo que debía cambiarse toda la red de saneamiento. Además, dijo que en un local colindante se detectó un problema de "aluminosis".La ex interventora, que el Ayuntamiento apartó de sus funciones la semana pasada, también advirtió en su informe de que el proyecto de la plaza de Olimpo se había aprobado "sin el proyecto correspondiente". La respuesta que dio por escrito el antiguo gerente de la empresa pública Gramepark fue: "Ya nos habría gustado que hubiera sido posible, ya que todo es mucho más sencillo si el proyecto está redactado".

Es más, Sierra aseguraba en el informe de respuesta que el consejo de administración iba definiendo lo que "se debía instalar" de forma progresiva, lo cual complicaba la tarea de reubicar las dependencias. "¡Pero si una vez redactado tuvimos que replantearlo!", exclamó Sierra en el documento.

Estos argumentos -la aparición de ratas, la presunta aluminosis de un local que todavía estaba vacío y la indefinición de las obras de destino- justificaban, según Sierra, que la interventora rectificara su informe. En todo caso, el ex gerente también pidió que, en caso de que ésta no diera marcha atrás, su informe se incluyera dentro del expediente de aprobación de las Cuentas Generales de la Corporación.

Sierra aprovechó su comunicación con la interventora para reclamarle la financiación necesaria para pagar los gastos de las obras. "Que esta financiación aún no se haya encontrado y que, por consiguiente, no se haya abonado ese coste, está ocasionando graves problemas de tesorería a esta empresa", manifestó Sierra.

En realidad, los problemas de tesorería se arrastraban ya de antes. Un informe de una auditoría externa que ayer avanzó este diario ya señalaba que, con datos de octubre de 2008, Gramepark estaba sometida a "serias tensiones de tesorería", que en caso de que no se adoptaran medidas serían más graves "a medio plazo".

Las dificultades se iban a agravar, según los auditores, por las "necesidades de financiación" para las operaciones que ya estaban en curso, pero también para "las promociones que se iban ejecutando a medida que iban siendo certificadas por los contratistas" y por los costes financieros que llevaban asociados. Y, por último, para atender a los costes de estructura de la propia Gramepark, de más de 3,5 millones de euros. De hecho, la sociedad aseguró a los auditores externos que requería de más de 14 millones de euros en el plazo de nueve meses a pesar de que entonces estaba a punto de recibir un préstamo de 25 millones.

La auditoría, que fue encargada por la interventora a una empresa independiente, también examinó las relaciones del Ayuntamiento con Gramepark. Ello se debe a que la sociedad pública ejecutaba obras de urbanización y ordinarias que iban a cargo de las arcas municipales, según fijaba un convenio entre el Consistorio y la sociedad.

El informe de los auditores destapó "deficiencias" en los "procedimientos de encargo" de estos trabajos a Gramepark tras hallar "actuaciones" de la sociedad para las cuales el Ayuntamiento de Santa Coloma no contaba con la consignación presupuestaria necesaria para atender esos pagos. Hasta octubre de 2008, por ejemplo, el Ayuntamiento tuvo que atender pagos por 2,17 millones de euros procedentes de Gramepark. De esta cantidad, sólo la mitad, 1,36 millones, tenían su correspondiente dotación presupuestaria y estaban reconocidas por el Ayuntamiento, mientras que 817.000 euros no tenían consignación.

elpaís.com

EL SUPREMO CONFIRMA LA PRISIÓN POR LAS FACTURAS FALSAS DEL DISTRITO MACARENA

TRIBUNALES | Condenados dos colaboradores de Monteseirín

* Defraudaron 5.901 € que tendrán que devolver al Ayuntamiento, junto a una multa
* El Supremo califica de "encomiable" la actuación del jurado popular

Agencias | Madrid | Sevilla

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) -que ratificaba el fallo emitido por la Audiencia Provincial de Sevilla- por la que se condena al ex secretario del Distrito Macarena José Marín y al contratista José Pardo a cuatro años y tres meses de prisión y a tres años y nueve meses de cárcel, respectivamente, como responsables de sendos delitos de malversación y falsedad documental al beneficiarse del cobro de obras no ejecutadas en dicho distrito de Sevilla.

En la sentencia, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo rechaza el recurso de casación interpuesto por los letrados de ambos condenados, que argumentaban que se había producido infracción de Ley, quebrantamiento de forma y vulneración de precepto constitucional, al tiempo que condena a ambos procesados al pago de las costas causadas en la tramitación de sus respectivos recursos.

Marín fue condenado por un delito de malversación de caudales públicos y otro de falsedad en documento oficial, al pagar seis facturas falsas por obras menores que "no se habían ejecutado o lo habían sido sólo parcialmente", y Pardo por los mismos delitos.

El fallo del TS, fechado el 18 de febrero, que ratifica el veredicto del jurado popular que enjuició el caso en la Audiencia y que condena a ambos a pagar las costas, declara "no haber lugar" a sus recursos al considerar que no hubo "infracción de precepto constitucional" en relación a la presunción de inocencia, ni "infracción de Ley" ni "quebrantamiento de forma", como alegaron las defensas.

Más de lo que le correspondía
Pardo fue condenado porque a finales de 2002 y comienzos de 2003 presentó al Ayuntamiento varias facturas "pese a conocer que los trabajos no se habían ejecutado o lo habían sido solo parcialmente" y lo hizo aparentando actuar por cuenta de Contratas y Obras Sevilla (COS), pese a que sabía que la empresa había cesado su actividad a finales de 2002 y que ya no tenía la representación de la misma.

En cuanto a Marín, que tenía la condición de funcionario público, la sentencia de la Audiencia afirmó que "conscientemente permitió que Pardo cobrara por obras no ejecutadas o parcialmente ejecutadas, pese a conocer que éstas no se habían ejecutado", y que éste pretendía "obtener más dinero del que le correspondería".

El posterior fallo del TSJA confirmó además el importe de la defraudación, 5.901 euros que los acusados deberán devolver al Ayuntamiento, así como una multa de 2.400 euros y 6 años de inhabilitación absoluta para Marín, y de 2.160 euros para Pardo.

Sobre la vulneración de la presunción de inocencia argumentada por las defensas, por falta de motivación del veredicto del jurado y ausencia de verdaderas pruebas, la Sala del Supremo desestima esta alegación al entender que el hecho de que "hay verdadera prueba de cargo está fuera de dudas".

"Esfuerzo de motivación"
Así, afirma que el jurado llevó a cabo "una ejemplar valoración interrelacionada de todos los elementos inculpatorios ofrecidos por el fiscal y la acusación particular", y de ese modo "tomó en consideración prueba lícita, de contenido netamente incriminatorio" y "explicó de forma más que suficiente" los elementos de cargo.

El TS niega que haya habido "ninguna infracción del deber de motivación" por parte del jurado, del que dice que su "esfuerzo de motivación desplegado puede reputarse verdaderamente encomiable".

Rechaza, por partir de "un error", los argumentos de las defensas de que no hubo malversación ni daño a los caudales públicos al admitirse que trasladaron maquinaria y personal para realizar las obras no ejecutadas, pero que no pudieron por causas ajenas.

En el marco jurídico de la contratación pública, dice el Supremo, "lo que no puede aceptarse" es la "irrelevancia penal de la conducta de aquel que autoriza un pago basado en una factura falsa que no se corresponde con obra realizada y que en realidad está encubriendo el abono de una cuantía final que, lejos" de fijarse según la ley, "se determina de forma unilateral por quien se considera perjudicado por la movilización de efectivos y la no ejecución total de las obras".

Sin contradicciones
Niega el quebrantamiento de forma al no haber contradicción de los hechos probados, pues el sistema jurídico español no autoriza "una suerte de compensación unilateral, fijada directamente por el contratista y que vincularía a la Administración contratante".

Tampoco admite la alegación de que "no se ha acreditado el ánimo de lucro" y resalta que Marín "sabía que con su conducta", eludiendo los controles para fiscalizar el gasto, "ocasionaba una situación de riesgo para las rentas públicas, que fue aprovechada por otros para la obtención de un ilícito beneficio a costa del erario público".

Sobre el argumento relativo al "supuesto carácter inocuo de las facturas" por reflejar obras realizadas parcialmente o "supuestas indemnizaciones" a las que Pardo tendría derecho", el TS precisa que "olvida que el delito de falsedad se construye" en el fallo de la Audiencia "por la adición" posterior que "Marín hacía del nombre de José Pardo en los cheques pasados a la firma del concejal", lo que permitía que éste los pudiese cobrar.

Además
* Lea la sentencia íntegra
* Quién es quién en el caso Macarena

elmundo.es

"CASO PALMA ARENA"; EL DECORADOR DEL PALACETE DE MATAS DICE QUE COBRÓ CON FACTURA

100.000 euros

* Admite que ayudó a Matas a crear una cuarta habitación en su piso de Madrid
* Ha declarado desconocer quién es el propietario de esa vivienda
* Antonio Obrador insiste en que no ha recibido presiones para declarar

Efe | Palma

Antonio Obrador, que decoró el palacete del ex presidente balear Jaume Matas en Palma, ha avalado este martes la legalidad del trabajo que hizo, ya que ha dicho que percibió poco más de cien mil euros con factura y que en ningún momento se le planteó cobrar en dinero negro.

Durante su declaración ante el juez del "caso Palma Arena", que investiga el sobrecoste del velódromo y el supuesto enriquecimiento ilícito de Matas y personas próximas a él, Obrador ha explicado que de la factura de poco más de cien mil euros extrajo el pago de su trabajo realizado, con lo que quedó "muy satisfecho".

El interiorista, que ha prestado testimonio sobre su trabajo en la casa de la calle Sant Feliu de Palma, ha insistido en que no ha recibido sugerencias ni presiones de nadie sobre lo que debería declarar o no en sede judicial. El decorador ha admitido que también ayudó a Matas en crear una cuarta habitación en su piso de Madrid, pero que desconoce quién es el propietario de esa vivienda.

Además
* Un aparejador dice que cobró sobres con dinero negro
* La Audiencia asume el recurso contra el caso 'Palma Arena'

elmundo.es

"CASO ANDRATX"; GRIMALT NIEGA QUE VICENS "INTENTASE INFLUIR" EN LOS SOLARES DE GARAU

Recalificación

* Dice que 'no intentó dar ninguna recomendación ni influir en nada'
* 'Era uno de los grandes temas de discusión con el Ayuntamiento'

Europa Press | Palma

El ex conseller de Medio Ambiente, Miquel Àngel Grimalt, ha comparecido en calidad de testigo ante el titular del Juzgado de Instrucción número 12, Fracisco José Pérez, dentro de la pieza 68 del caso Andratx, y durante su declaración ha negado que el ex conseller insular de Territorio, Bartomeu Vicens, "intentase influir" a la hora de calificar como urbanos los solares del ex jefe de Costas, Antoni Garau.

Durante su comparecencia, el entonces director insular de Urbanismo y Litoral fue interrogado acerca de la declaración como urbanos de los tres terrenos propiedad de Garau tras la alegación que éste interpuso ante la Comisión de Urbanismo, presidida por Vicens, contra el Plan Territorial de Mallorca (PTM), que dibujaba las parcelas como rústicas protegidas al igual que otros solares que reunían las mismas condiciones.

En este sentido, Grimalt ha recordado la visita que recibió Vicens por parte del ex jefe de la Demarcación de Costas, que "había acudido a quejarse de que el Consell consideraba esos solares como Área Natural de Especial Interés (ANEI)", y que consideraba que "esto era erróneo" ya que disponía de informes del Govern y del Ayuntamiento de Andratx que "estimaban que debía ser urbano".

Sin embargo, ha aseverado respecto a aquel encuentro que Vicens, imputado en esta pieza así como en cuatro casos más de presunta corrupción -Can Domenge, Son Oms, Maquillaje y Plan Territorial-, "no intentó dar ninguna recomendación ni influir en nada". Precisamente, el ex conseller ya declaró por esta pieza el pasado 16 de febrero y remarcó que quien pretendía la calificación de estos solares como urbanos "era la representación del Consistorio", concretamente el ex alcalde Eugenio Hidalgo.

Grimalt ha manifestado que su participación en el PTM se circunscribió a la tramitación de alegaciones durante la fase de exposición pública del proyecto, y se debió a que "hubo más alegaciones de las que se esperaban y se quería que el plazo entre la aprobación inicial y la definitiva fuera el más breve posible", por lo que Vicens solicitó su ayuda.

El ex conseller ha recordado que en la ponencia técnica de ordenación del territorio y urbanismo celebrada en junio de 2005, a la que asistió como director insular, se abordó la situación de los solares de Punta de Sa Gavineta -pertenecientes a Garau-, y aludió a la "discusión" entre el Consistorio, que defendía que los solares "tenían servicios" para tener la consideración de urbanos, y el Consell, que alegaba que "no tenía los servicios suficientes".

"Era uno de los grandes temas de discusión con el Ayuntamiento", ha incidido Grimalt, quien ha asegurado asimismo que no se interesó por el informe que elaboró entonces el ex director general de Ordenación del Territorio, Jaume Massot, sobre la calificación y desclasificación de las parcelas. Finalmente, aseguró desconocer los motivos por los que el hijo de Garau fue nombrado vocal de la ponencia. "Creo que era ingeniero", espetó.

Discusión con el hijo de Garau
Mientras tanto, antes de la comparecencia de Vicens ha tenido lugar la declaración de Josep Antoni J., también en calidad de testigo y quien fue codirector de los trabajos de elaboración del PTM. Durante la vista, ha recordado que a la entrada en vigor de la Ley de Espacios Naturales (LEN) en 1991 los terrenos pasaron a ser protegidos con la categoría de ANEI, que es la que finalmente recogieron las normas subsidiarias (NNSS) de Andratx en 2007, contra las que Garau interpuso un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB).

Según ha manifestado, participó como vocal en la ponencia de 2005 en la que se debatía la aprobación de las NNSS y en ella discutió con el hijo de Garau, ya que éste "defendía el carácter urbano de los solares", mientras que Josep Antoni J. consideraba que la clasificación debía ser ANEI con el apoyo del resto de vocales.

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"CASO MAQUILLAJE"; MUNAR SE PONE A DISPOSICIÓN DEL JUEZ PARA DECLARAR

CORRUPCIÓN | Tras presentar su dimisión

* El juez esperará a recibir la notificación de que ya no es aforada
* Por el momento no han presentado ningún escrito oficial

Europa Press | Palma

La hasta hoy presidenta del Parlament, Maria Antònia Munar, se ha puesto, a través de su abogado, a disposición del titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Palma, Juan Ignacio Lope Sola, para declarar en caso de que sea requerida su comparecencia dentro del caso Maquillaje, después de que el pasado viernes el ex conseller de Turismo, Miquel Nadal, la involucrase en esta presunta trama de corrupción urdida la pasada legislatura desde el Consell de Mallorca que entonces presidía la 'uemita'.

Así lo han señalado fuentes judiciales, que manifestaron que esta mañana el letrado de Munar, Gabriel Garcías, ha comunicado verbalmente al magistrado el deseo de Munar pese a que aún no la ha formalizado por escrito.

Ahora, el juez debe esperar a que le sea certificado que la imputada ha renunciado a la presidencia de la Cámara y a su acta de diputada, por lo que Munar habrá perdido su condición de aforada y de este modo, en caso de ser solicitadas, podrían adoptarse contra ella medidas cautelares.

El abogado hizo acto de presencia en el Juzgado a raíz de la declaración efectuada por Nadal, quien afirmó que Munar le entregó 300.000 euros en efectivo en el coche oficial para comprar el 50% de acciones de Video U, una de las productoras que están siendo investigadas dentro del caso Maquillaje por un supuesto desvío de fondos públicos desde el Consell a personas próximas a UM colocadas dentro de estas empresas.

Citada en dos ocasiones anteriores
Munar ya fue citada a declarar el pasado 16 de diciembre en esta causa aunque no acudió a los Juzgados alegando que por su condición de aforada su comparecencia debía tener lugar ante la sala de lo civil y penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJIB).

Sin embargo, el juez volvió a citarla y el 22 de enero sí hizo acto de presencia en dependencias judiciales, aunque en esta ocasión para acogerse a su derecho a no declarar a la espera de que la causa fuese asumida por la máxima instancia judicial de las islas.

Debido a que la causa continuará en este Juzgado de Instrucción ya que no cuenta con ningún imputado aforado, Munar ya no podrá alegar esta condición y contra ella el juez podrá dictar medidas cautelares. Precisamente, el otro caso en el que está encausada, el caso Can Domenge, será próximamente devuelto al Juzgado de Instrucción 12 ya que en él tampoco quedan aforados.

Además
* Munar formaliza su dimisión | Munar y Nadal se dan de baja
* Antich tiende la mano a UM tras expulsarla
* Opinión: Munar y la caída del régimen, por Tomás Bordoy

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