martes, 18 de mayo de 2010

"CASO GÜRTEL"; EL BIGOTES SE NIEGA A DECLARAR ANTE EL JUEZ ANTONIO PEDREIRA

Los escándalos que afectan al PP

La Fiscalía no pide nuevas medidas contra Álvaro Pérez, que comandó el aterrizaje de la trama Gürtel en Valencia.- Sus regalos han puesto a Francisco Camps al borde del banquillo

EP - Madrid -

ESPECIAL: Las 35 conversaciones clave de la trama.
Todas las
claves del 'caso Gürtel'

Álvaro Pérez, El Bigotes, se ha negado a declarar ante el magistrado instructor del 'caso Gürtel', Antonio Pedreira, por los delitos que le se impuntan en relación a la trama corrupta. El Bigotes ha asegurado a su llegada al tribunal, a las 9.30, estar "muy tranquilo" y ha abandonado el tribunal apenas una hora después.

Al término de la comparecencia, las fiscales de caso, Miriam Segura y Concha Sabadell, han acordado no solicitar ninguna nueva medida cautelar sobre el imputado, que afronta una fianza de 600.000 euros en concepto de responsabilidad civil. Álvaro Pérez se encuentra en libertad como el resto de los imputados a excepción de Correa, Pablo Crespo y Antoine Sánchez.

La declaración ha tenido lugar después de que el Tribunal Supremo decidiera hace una semana reabrir la causa contra Francisco Camps por un presunto delito de cohecho pasivo al haber recibido regalos supuestamente de la trama liderada por Francisco Correa, con El Bigotes como mano derecha en Valencia.

El imputado era el responsable de Orange Market, filial valenciana de Special Events en Valencia. Esta empresa era la proveedora de servicios de la dirección regional del Partido Popular de la Comunidad Valenciana, organizando mítines, congresos y toda clase de eventos para los populares.

Según el sumario, Alvaro Pérez pagó trajes al presidente de la Generalitat valenciana, Francisco Camps, por importe de 12.783 euros y que éste pudo facilitar a cambio la concesión de adjudicaciones a esta empresa.

No fue el único dirigente valenciano que recibió regalos. De hecho, desde que Pérez comenzó con las dádivas los contratos públicos de la trama se multiplicaron.

Las diligencias recogen que Camps acudía a Madrid a instancias de Alvaro Pérez con el fin de adquirir ropa en las tiendas de Milano y Forever Young, en las que trabajaba el testigo José Tomás.

El jefe de la rama valenciana de la trama de Correa afronta una fianza de 650.000 euros con el resto de gestores de Orange Market por la deuda procedente de las retenciones de trabajo de esta entidad.

El sumario revela que Correa y Pérez tenían una relación muy cercana con el secretario general del PPCV, Ricardo Costa y que éste incluso recurrió a El Bigotes para intentar entrar en el Gobierno de Francisco Camps, en diciembre de 2008.

Según las conversaciones contenidas en el sumario, El Bigotes se refiere a Costa como "un amigo de verdad", al que querría aunque fuera "un pobre de pedir".

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* El Supremo cree que Camps aceptó regalos de forma "repetida y opaca"

Francisco Camps Ortiz
A FONDO

Nacimiento:
28-08-1962
Lugar:
Valencia

Ricardo Costa Climent
A FONDO

Nacimiento:
16-04-1972
Lugar:
Castellón de la Plana

Caso Gürtel
A FONDO

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elpaís.com

"CASO GÜRTEL"; EL TS CREE QUE CAMPS PUDO RECIBIR TRAJES "POR SU FUNCIÓN, DE FORMA REPETIDA Y CON OPACIDAD"

Sentencia completa del Tribunal

* Dice, frente al TSJ, que no es necesaria la relación entre regalos y contratos
* El Tribunal admite dudas sobre el archivo de Costa y pide que sea provisional

Rodrigo Terrasa | Iván Pérez | Valencia

El Tribunal Supremo asegura que la trama Gürtel regaló los trajes a Francisco Camps "aparentemente de forma repetida", "con aparente opacidad" y sin que conste otro motivo que "la atención a la función pública desempeñada por sus perceptores" y aclara que para cometer el delito de cohecho pasivo impropio no es necesario, como mantenía el TSJ de Valencia, una "relación causal" entre los regalos y los contratos, ya que "basta con la aceptación de un regalo entregado en consideración a la función o cargo desempeñado".

"No es necesaria la realización de acto alguno por parte del receptor (del regalo) para que el delito exista", expresa el Tribunal en la sentencia completa hecha pública este martes y en la cual argumenta los motivos por los que el pasado miércoles ordenó reabrir la investigación contra el presidente valenciano en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana por un presunto delito de cohecho impropio.

El Supremo recuerda en sus argumentos que no debe excluirse "el círculo de influencia que pueda desplegar potencialmente el titular de la función por razón de la misma" y subraya que el bien jurídico protegido por el delito de cohecho es "presevar la apariencia de imparcialidad, neutralidad y sujeción a la ley en el ejercicio de la función".

La sentencia matiza también que la "cuantía, proporcionalidad o dimensión de la dádiva o regalo y su adecuación a los usos sociales debe servir de medida para corregir desproporciones evidentes".

El Alto Tribunal desmonta uno de los argumentos de la defensa de los cargos 'populares' y niega que exista "similitud alguna" entre el posible delito de Camps y un caso que el PP recordó públicamente en su momento. El PP estaba convencido de que el caso de los trajes se archivaría porque así se hizo cuando la presidenta del Constitucional "recibió un regalo de 30.000 euros", sin embargo, el Tribunal aclara que en aquella ocasión "tal dádiva no guardaba relación con la función pública referida" y constituía "un homenaje a su previa trayectoria académica y profesional".

Tampoco encuentra similitudes con la querella contra el juez Garzón por los fondos que recibió del Banco Santander para financiar dos series de coloquios que dirigió en la Universidad de Nueva York.

El archivo de Ricardo Costa

Las conclusiones del Supremo son válidas tanto para Francisco Camps como para el ex vicepresidente del Consell Víctor Campos y para el ex jefe de Gabinete de Turismo Rafael Betoret.

El caso del ex secretario general del PP valenciano, Ricardo Costa, merece, sin embargo, una reflexión aparte del Tribunal. La causa contra Costa fue archivada por unanimidad en el TSJ de Valencia porque no había desempeñado cargo alguno en la Generalitat, sin embargo el Supremo reconoce "dudas razonables" por el "círculo de influencia donde se asienta su posición". El Supremo no descarta el sobreseimiento en su caso, pero reclama que sea "provisional" y deja la decisión en manos del juez Flors, magistrado del TSJ de Valencia.

El futuro de Camps

El pasado miércoles, el Tribunal Supremo decidió por unanimidad admitir los recursos de la Fiscalía y de los socialistas valencianos contra el sobreseimiento ordenado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) el verano pasado.

El adelanto del fallo se limitaba a devolver las actuaciones al magistrado instructor de la causa para que "continúe su tramitación en la forma legalmente procedente" en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

Ese mismo día, Francisco Camps compareció ante la Junta Directiva Regional del PP valenciano para reafirmar su negativa a dimitir y su intención de seguir siendo el candidato a la Generalitat en las próximas elecciones autonómicas. "Como Juan Sin Miedo; miedo a nada, porque nada tenemos que temer", dijo el presidente valenciano ante su partido, mermado por la ausencia "consciente" de José Joaquin Ripoll y la dirección alicantina.

Desde entonces se han desatado los rumores sobre la posibilidad de que Camps decidiese adelantar las elecciones. El jefe del Consell no lo descartó tras el fallo del Supremo pero rectificó el pasado sábado ante la dirección nacional del PP. Génova nunca ha visto con buenos ojos lo que se consideraba como una maniobra de Camps para blindar su propia candidatura a la espera de novedades judiciales.

Además
* Documento: Lea la sentencia del Tribunal Supremo | Cronología: La rama valenciana del caso Gürtel
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elmundo.es

"CASO GÜRTEL"; LOS ARGUMENTOS DEL SUPREMO CONTRA FRANCISCO CAMPS

Las claves de la sentencia

Vicente Rambla y Francisco Camps, en una imagen de archivo en las Cortes. | Vicent Bosch

Rodrigo Terrasa | Valencia

El Tribunal Supremo ha hecho pública este martes la sentencia, cuyo fallo se conoció el pasado miércoles, por la que ordenó reabrir la investigación contra Francisco Camps por un presunto delito de cohecho impropio pasivo al haber recibido supuestamente varios trajes de la trama Gürtel.

El Alto Tribunal devuelve las actuaciones al magistrado instructor del TSJ de Valencia, José Flors, para que continúe su tramitación contra Camps; el ex secretario general del PP valenciano, Ricardo Costa; el ex vicepresidente del gobierno valenciano Víctor Campos, y el ex jefe de gabinete de la conselleria de Turismo Rafael Betoret.

Estas son algunos de los puntos clave de la sentencia del Supremo:

El cohecho impropio pasivo

El Tribunal Supremo afirma que para la comisión de un delito de cohecho impropio "basta con la aceptación de un regalo entregado en consideración a la función o cargo desempeñado". El 3 de agosto de 2009, el TSJ de Valencia exculpó a Camps y al resto de imputados al considerar que no existía "relación directa entre el pago de prendas" y los "agasajos" que pudieron recibir y la adjudicación de contratos públicos a la empresa Orange Market. Ahora, sin embargo, el Supremo aclara que la jurisprudencia "no abona la relación causal defendida por la Sala de lo Civil y Penal" del tribunal valenciano "sino más bien al contrario, que para el cohecho pasivo impropio basta con la aceptación de un regalo entregado en consideración a la función o cargo desempeñado".

El Tribunal corrige la interpretación que el TSJ dio al artículo 426 del Código Penal, según el cual comete cohecho impropio "la autoridad o funcionario público que admite dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su función o para la consecución de un acto no prohibido legalmente". Según el Supremo, el TSJ de Valencia "prescindió" de la primera de las alternativas y su interpretación "a lo que conduce es a vaciar de contenido" y "prácticamente habría desaparecer" el delito de cohecho impropio.

'Imparcialidad, neutralidad y sujeción a la ley'
La sentencia recuerda que el fundamento del delito de cohecho en general es "preservar la apariencia de imparcialidad, neutralidad y sujeción a la ley en el ejercicio de la función".

Círculo de influencia
El texto del Tribunal aclara también que "no debe excluirse del nexo causal la función que se integra dentro del círculo de influencia que puede desplegar potencialmente el titular de aquélla por razón de la misma, es decir, la integración en un órgano de gobierno donde existen múltiples funciones y competencias interrelacionadas o interdependientes que están sujetas evidentemente al rango y posición en el propio órgano de las autoridades o funcionarios sujetos pasivos de la dádiva o regalo".

La 'dimensión' de los regalos
La sentencia matiza que es una "cuestión distinta" la "cuantía, proporcionalidad o dimensión de la dádiva o regalo" y asegura que "su adecuación a los usos sociales debe servir de medida para corregir desproporciones evidentes".

Imputación
La defensa de los dirigentes 'populares' impugnó los recursos del fiscal y del PSPV alegando que no era posible recurrir el archivo de la causa ante el Tribunal Supremo porque, entre otros motivos, se incumpliría uno de los requisitos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que exige que la casación afecte a personas procesadas como culpables. El Supremo dice no obstante que el auto del juez Flors "evidencia la concurrencia del mentado requisito" y considera que la imputación judicial era "equivalente al procesamiento".

Jurado popular
El Supremo confirma en su escrito que será un jurado popular el encargado de juzgar a Camps y al resto de imputados si prospera la causa, cuyo veredicto se emitiría "bien en el seno del propio TSJ dada la condición de aforados de algunos de los implicados, bien en el ámbito de una Audiencia Provincial de desaparecer aquella condición, pero en cualquier caso la eventual resolución que recayere estaría sometida al régimen de recursos que admite el acceso a la casación como última instancia".

Jurisprudencia
El Supremo no encuentra "similitud alguna" entre el caso de Camps y algunas sentencias absolutorias citadas por el TSJ. Una de ellas hace referencia a un regalo de 30.000 euros que recibió la presidenta del Tribunal Constitucional, otra a la querella contra el juez Garzón por los fondos que recibió del Banco Santander para financiar dos series de coloquios que dirigió en la Universidad de Nueva York.

El Tribunal diferencia el caso de los dirigentes del PP porque en su caso, como afirman las acusaciones, "los regalos de las prendas de vestir aparentemente se hicieron de forma repetida, con aparente opacidad y sin que en este momento conste otra justificación que la atención a la función pública desempeñada por sus perceptores".

El sobreseimiento de Ricardo Costa
Respecto a Costa, el Supremo señala que el sobreseimiento de su causa no es "descartable", porque se podría entender que Orange Market le hizo regalos en función de su cargo en el PP y no por su condición de diputado, si bien el archivo debería ser "provisional" y no definitiva.

La sentencia señala que debe ser José Flors quien decida sobre esta cuestión, y que puede practicar nuevas diligencias para ello si lo estima oportuno.

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