* Critica a la Junta por dar 'carpetazo' al asunto sin comprobarlo
* Los hechos "tienen una gravedad que exigían una mínima investigación"
* La Junta dice que es un Contencioso "que ya no tiene repercusión"
* Moreno resta importancia al asunto y al fallo, pero lo recurrirá
* Los hechos "tienen una gravedad que exigían una mínima investigación"
* La Junta dice que es un Contencioso "que ya no tiene repercusión"
* Moreno resta importancia al asunto y al fallo, pero lo recurrirá
Manuel María Becerro | Sevilla
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado, por "arbitraria e injustificada", la decisión del Consejo de Gobierno del 31 de julio de 2009, presidido por el socialista José Antonio Griñán, de no abrir expediente sancionador al vicepresidente tercero del Gobierno y ex presidente andaluz, Manuel Chaves, por incumplir la Ley de Incompatibilidades de Altos Cargosal no inhibirse en el procedimiento de concesión de un incentivo multimillonario a favor de la empresa Minas de Aguas Teñidas (Matsa) pese a que su hija era la apoderada de la firma minera que, incluso, llegó de hecho a firmar la aceptación de los casi 10,1 millones de euros.
En la sentencia, los magistrados del Alto Tribunal Andaluz concluyen que la decisión de Griñán y los consejeros de la Junta "vulnera el reglamento de potestad sancionadora e ignora los principios constitucionales consagrados en los artículos 103.1 y 9.3 de la Carta Magna". El Gobierno andaluz, sin embargo, ya ha anunciado que recurrirá el fallo porque entiende que ha actuado "con arreglo al procedimiento administrativo".
Aun así, lo cierto es que los jueces critican abiertamente al Ejecutivo andaluz por haberse limitado a dar carpetazo al 'caso Matsa' esgrimiendo "unos informes jurídicos interpretativos sobre el precepto que se denunciaba" cuando los hechos publicados en su día por ELMUNDO.es de Andalucía y elevados a los tribunales por el PP andaluz "tienen una gravedad evidente que exigían una mínima investigación y comprobación".
Se da la circunstancia de que, tras la denuncia de lo ocurrido, se comprobó que Chaves mintió al Congreso de los Diputados cuando afirmó el pasado junio que su hija no había tenido participación alguna, "ni como apoderada ni como nada".
En la sentencia, los magistrados del Alto Tribunal Andaluz concluyen que la decisión de Griñán y los consejeros de la Junta "vulnera el reglamento de potestad sancionadora e ignora los principios constitucionales consagrados en los artículos 103.1 y 9.3 de la Carta Magna". El Gobierno andaluz, sin embargo, ya ha anunciado que recurrirá el fallo porque entiende que ha actuado "con arreglo al procedimiento administrativo".
Aun así, lo cierto es que los jueces critican abiertamente al Ejecutivo andaluz por haberse limitado a dar carpetazo al 'caso Matsa' esgrimiendo "unos informes jurídicos interpretativos sobre el precepto que se denunciaba" cuando los hechos publicados en su día por ELMUNDO.es de Andalucía y elevados a los tribunales por el PP andaluz "tienen una gravedad evidente que exigían una mínima investigación y comprobación".
Se da la circunstancia de que, tras la denuncia de lo ocurrido, se comprobó que Chaves mintió al Congreso de los Diputados cuando afirmó el pasado junio que su hija no había tenido participación alguna, "ni como apoderada ni como nada".
Un voto discrepante
Hay que destacar que el fallo cuenta con el voto particular "discrepante" del presidente de la sala primera de lo Contencioso Administrativo, Julián Manuel Moreno Retamino, quien se muestra disconforme en el escrito "con el máximo respeto, de la sentencia mayoritaria".
Éste argumenta que "la existencia de una denuncia anterior a la de los hoy demandantes no puede considerarse, a mi juicio, elemento determinante para concluir que existen unos hechos que por su gravedad o verosimilitud deben ser investigados mediante un procedimiento sancionador".
Asimismo, Moreno Retamino comparte con la mayoría del Tribunal que en este proceso judicial "no procede enjuiciar cuestiones atinentes al fondo del asunto, a la procedencia o no de la subvención" sino "si han quedado debidamente justificadas las actuaciones previas que previene la norma", si bien, entiende que "no es función del TSJA determinar cuales han de ser las concretas actuaciones que han de practicarse para determinar con precisión los hechos denunciados".
Hay que destacar que el fallo cuenta con el voto particular "discrepante" del presidente de la sala primera de lo Contencioso Administrativo, Julián Manuel Moreno Retamino, quien se muestra disconforme en el escrito "con el máximo respeto, de la sentencia mayoritaria".
Éste argumenta que "la existencia de una denuncia anterior a la de los hoy demandantes no puede considerarse, a mi juicio, elemento determinante para concluir que existen unos hechos que por su gravedad o verosimilitud deben ser investigados mediante un procedimiento sancionador".
Asimismo, Moreno Retamino comparte con la mayoría del Tribunal que en este proceso judicial "no procede enjuiciar cuestiones atinentes al fondo del asunto, a la procedencia o no de la subvención" sino "si han quedado debidamente justificadas las actuaciones previas que previene la norma", si bien, entiende que "no es función del TSJA determinar cuales han de ser las concretas actuaciones que han de practicarse para determinar con precisión los hechos denunciados".
La Junta recurrirá la sentencia
Tras conocerse públicamente el fallo que obliga a investigar la actuación de Chaves, la consejera de Presidencia, Mar Moreno, ha anunciado que la Junta lo recurrirá porque entiende que ha actuado "con arreglo al procedimiento administrativo".
"De hecho, hay un voto particular dentro de la sentencia que avala a la Junta y compartimos los fundamentos jurídicos de ese voto particular, por lo que vamos a recurrir", ha argumentado antes de insistir en que este caso es ya un "asunto administrativo" que el PP intentó convertir en un escándalo con una acusación penal que fue "inmediatamente archivada por los tribunales".
De hecho, la consejera de Presidencia ha insistido en que se trata de un contencioso-administrativo "que ya no tiene repercusión y que es de menor cuantía política".
Tras conocerse públicamente el fallo que obliga a investigar la actuación de Chaves, la consejera de Presidencia, Mar Moreno, ha anunciado que la Junta lo recurrirá porque entiende que ha actuado "con arreglo al procedimiento administrativo".
"De hecho, hay un voto particular dentro de la sentencia que avala a la Junta y compartimos los fundamentos jurídicos de ese voto particular, por lo que vamos a recurrir", ha argumentado antes de insistir en que este caso es ya un "asunto administrativo" que el PP intentó convertir en un escándalo con una acusación penal que fue "inmediatamente archivada por los tribunales".
De hecho, la consejera de Presidencia ha insistido en que se trata de un contencioso-administrativo "que ya no tiene repercusión y que es de menor cuantía política".
Además
* Lea íntegra la sentencia del TSJA
elmundo.es
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