martes, 24 de enero de 2012

EL FISCAL PIDE 6 AÑOS DE CÁRCEL PARA EL EX CONCEJAL DEL PSOE FRANCISCO FERNÁNDEZ


TRIBUNALES | Y otros 15 años de inhabilitación

Está acusado de prevaricación y malversación de fondos públicos
Por la adjudicación sin concurso la compra de material de bomberos
'Es una ilegalidad evidente, patente, flagrante y clamorosa', dice el juez

Efe | Sevilla

La acusación particular ha pedido seis años de cárcel y 15 de inhabilitación para Francisco Fernández, ex concejal de Sevilla y ex portavoz del Grupo Municipal del PSOE, por los delitos de prevaricación y malversación de fondos públicos al adjudicar sin concurso la compra de material para los bomberos.

Fuentes del Sindicato Profesional de Bomberos, que ejerce la acusación, han informado de que han pedido para Fernández, portavoz del alcalde Monteseirín (PSOE) diez años de inhabilitación por un delito de prevaricación y otra condena de seis años de cárcel y quince de inhabilitación por malversación de fondos públicos.

Fernández ha sido objeto de un procedimiento abreviado porque, según el juez, adjudicó directamente unas compras por importe de 644.485 euros al Grupo Iturri, en una decisión "arbitraria, unilateral y a sabiendas de que estaba omitiendo las normas esenciales del procedimiento exigidas por la ley".

El proceso se llevó a cabo a principios del 2007, cuando Fernández acordó verbalmente con la empresa la adquisición por parte del Ayuntamiento del equipamiento necesario para incorporarlo a ocho vehículos autobomba, previamente adquiridos mediante un expediente "debidamente formalizado", según el juez.

En el auto de incoación de procedimiento abreviado, el juez de Instrucción 4 de Sevilla indica que Fernández, entonces concejal de Gobernación, pudo incurrir en un delito de prevaricación con una decisión "arbitraria y de una ilegalidad evidente, patente, flagrante y clamorosa".

Fernández se excusó "en la emergencia que requería la situación en la ciudad de Sevilla ante una supuesta insuficiencia de medios del Parque de Bomberos" pero en el caso no concurría ninguno de los supuestos de emergencia o urgencia que prevé la ley, e incluso en tal ocasión "también se habrían vulnerado los requisitos legalmente exigibles en la contratación", según el juez.

Así, en caso de haberse amparado en la situación urgente, el Ayuntamiento debió haber creado un expediente en el que declarase motivadamente la urgencia y estableciese un plazo para la emisión de informes. Si se tratase de una situación de emergencia -añade el auto-, aunque en un primer momento se podría haber omitido cualquier trámite, la normativa exige un acuerdo acompañado de la oportuna retención de crédito o documentación que justifique la iniciación del expediente. Y "nada de eso se hizo".

El juez, por ello, ha dado a la Fiscalía de Sevilla y a la acusación particular un plazo de diez días para que soliciten la apertura de juicio, con el consiguiente escrito de acusación, o pidan el archivo de la causa.

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