lunes, 28 de noviembre de 2011

JUZGARÁN AL EX ALCALDE DE COLMENAR Y A SIETE PERSONAS POR UNA LICENCIA PRESUNTAMENTE ILEGAL

Europa Press | Málaga

La Audiencia de Málaga tiene previsto juzgar a partir de este lunes al exalcalde de la localidad malagueña de Colmenar Pedro Fernández, a cuatro arquitectos y a otras tres personas en relación con la concesión de una licencia de primera ocupación de una vivienda, presuntamente ilegal.

En sus conclusiones provisionales, a las que tuvo acceso Europa Press, el ministerio público acusa a la que en ese momento era arquitecto-técnico del Consistorio, ya que considera que informó favorablemente a una licencia de primera ocupación, "sabedora de la contrariedad palmaria en todos sus extremos con la legislación urbanística".

La acusación señala en su escrito inicial que en el documento se hizo constar "de forma ficticia" que había visitado la edificación y que se procedía a otorgar la licencia para uso relacionado con la explotación agrícola, almacén de aperos de labranza, "cuando en realidad lo edificado era una vivienda unifamiliar de 150 metros cuadrados".

Esta construcción estaba promovida por dos de los acusados, un hombre y una mujer, y ejecutada materialmente por otro de los procesados, bajo la dirección técnica y facultativa de dos arquitectos, uno superior y otro técnico, contra los que la Fiscalía malagueña también ha presentado acusación en este procedimiento.

Respecto al exregidor, la calificación provisional precisa que al pedirse la licencia "se aportaba por el solicitante un croquis de la distribución de la edificación en salón, comedor, cocina, baño, aseos y tres dormitorios, por lo que era evidente que lo que se pretendía autorizar no era una edificación agrícola".

En este sentido, el fiscal apunta que, aunque existía un informe favorable de la arquitecto técnico-municipal, el regidor "fue conocedor de la discordancia absoluta entre lo que se solicitaba y la normativa urbanística y aún así resolvió conceder la licencia de primera ocupación de las obras prohibidas".

Para la acusación, las obras fueron realizadas en suelo clasificado como no urbanizable común, según la normativa urbanística vigente en el momento de los hechos en ese municipio, que eran las normas subsidiarias de planeamiento. Además, "no son legalizables".

En este punto, insiste en que "se trata de una edificación para uso residencial, no encontrándose justificada la necesidad de que la aludida vivienda estuviera vinculada a explotación agrícola, forestal o ganadera", como marca la Ley de Ordenación Urbana de Andalucía (LOUA). Además, "superaba la edificabilidad máxima permitida".

Según el ministerio público, los dos acusados que promovieron las obras "con el fin de dar a lo ilícitamente construido, apariencia de legalidad y permitir el acceso al Registro de la Propiedad", contactaron con un arquitecto, también acusado, para que realizara las gestiones "para acometer el fraude legal pretendido", ya que se requería un certificado de antigüedad de la casa.

La acusación sostiene en las conclusiones provisionales que dicho documento "fue elaborado de forma ficticia por el arquitecto acusado" en julio de 2004, expresando que la construcción "poseía una antigüedad superior a los cinco años, cuando las circunstancias eran bien distintas, ya que las obras en la citada fecha acababan de finalizar".
 
Peticiones
Así, el fiscal acusa al alcalde por un delito contra la ordenación del territorio, por el que pide un año de prisión e inhabilitación especial para empleo o cargo público durante 10 años. Además, acusa a la que entonces era arquitecto municipal por el mismo tipo delictivo, solicitando para ella la misma pena de prisión e inhabilitación.

Asimismo, acusa a los dos promotores, al que ejecutó las obras y a los dos arquitectos que dirigieron las actuaciones por otro delito contra la ordenación del territorio, por el que solicita un año y medio de prisión, multa de 18.000 euros e inhabilitación especial para realizar edificaciones o construcciones durante dos años y seis meses para cada uno.

También acusa a los promotores y al otro arquitecto de un delito de falsedad en documento oficial, por el que solicita para cada uno la pena de condena.

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