jueves, 20 de octubre de 2011

EL SUPREMO PRORROGA EL ANÁLISIS SOBRE LA PRESCRIPCIÓN DE LOS DELITOS CONTRA CARLOS FABRA

La Audiencia de Castellón sobreseyó cuatro delitos fiscales

Los magistrados han decidido tratar el caso con mayor profundidad
La causa sigue con presuntos pagos y cobros y tráfico de influencias

Efe | Madrid

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha prorrogado este jueves a los próximos días la deliberación acerca de la decisión de la Audiencia Provincial de Castellón de declarar prescritos cuatro de los cinco delitos fiscales que se le imputaban al expresidente de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra (PP).

Fuentes del TS han informado de que la Sala de lo Penal -compuesta por Juan Saavedra (presidente), Andrés Martínez Arrieta (designado ponente de esta resolución), Julián Sánchez Melgar, José Ramón Soriano y Juan Ramón Berdugo- ha tomado esta decisión tras estudiar este asunto y ocho más durante las cuatro horas que ha durado la reunión, que se ha celebrado a puerta cerrada.

Las fuentes han precisado que los magistrados han entrado en el análisis de este asunto, pero han decidido tratarlo con mayor profundidad en los próximos días antes de resolverlo.

La Audiencia Provincial de Castellón acordó en diciembre de 2010 el sobreseimiento de cuatro de los cinco delitos fiscales que se atribuían a Fabra entre 2000 y 2003, al entender que habían prescrito porque no hubo denuncia ni acto de interposición judicial con respecto a ellos.

Los recursos contra esta decisión de la Audiencia de Castellón fueron interpuestos la Fiscalía Anticorrupción, la Abogacía del Estado y la Unión de Consumidores de la Comunidad Valenciana.

Tanto el juez instructor como los recurrentes rechazan la prescripción por entender que el acto de interposición judicial se habría dado por medio de un auto dictado en febrero de 2006 por la sección segunda de la Audiencia que acordaba una prueba pericial que determinase la naturaleza y origen del incremento patrimonial de Fabra, esposa e hijos, de 1999 a 2004, y su "incidencia fiscal".

El auto, dictado por la sección segunda de la Audiencia tras el recurso de queja de Carlos Fabra y su esposa, María Amparo Fernández, ordena continuar la causa por el supuesto tráfico de influencia y por los "pagos y cobros" supuestamente realizados.

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