martes, 20 de septiembre de 2011

"CASO GÜRTEL"; PEDREIRA PIDE AL SUPREMO QUE DICTE QUIÉN DEBE INVESTIGAR LA VISITA DEL PAPA A VALENCIA

Supuesto delito electoral

* El TSJCV rechazó ser competente para investigar las supuestas irregularidades
* Rechazó investigar al ex director de RTVV por presunta prevaricación y cohecho

Efe | Madrid

El magistrado instructor del caso Gürtel en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Antonio Pedreira, ha elevado al Tribunal Supremo una cuestión de competencia negativa para que decida quién debe asumir la investigación de un supuesto delito electoral en Valencia en 2008 y la visita del Papa en 2006.

El juez ha adoptado esta decisión en un auto fechado este martes, después de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana rechazara ser competente para investigar las supuestas irregularidades cometidas en la contratación de la empresa Orange Market por parte del PP valenciano durante la campaña electoral para los comicios generales de 2008.

Asimismo, el TSJCV rechazó investigar al exdirector de Radiotelevisión Valenciana Pedro García por prevaricación y cohecho en los contratos relacionados con la visita del papa a Valencia en 2006, argumentando que al no tratarse de un aforado, no tenía competencia para investigarle.

Pedreira, por su parte, entiende que la investigación de estos hechos sí corresponde al tribunal valenciano y que así debe estimarlo el Tribunal Supremo.

Por ello, el juez del TSJM, a instancias de la Fiscalía y la Abogacía del Estado, ha elevado al TS la cuestión de competencia para que sea el alto tribunal el que decida quién debe investigar estos hechos, que a su juicio guardan una íntima conexión con otros supuestos delitos que sí ha asumido investigar el TSJ valenciano.

Pedreira argumenta que los hechos señalados, supuestamente ocurridos en la Comunitat Valenciana y cuya investigación "jamás podría atribuirse a los órganos jurisdiccionales de la Comunidad de Madrid" por razón de "fuero territorial", aparecen parcialmente atribuidos a personas que a fecha de hoy son aforados ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV.

El magistrado instructor del TSJM "jamás podría tomar declaración como imputados a aforados de otra Comunidad Autónoma, ni practicar actuaciones a sus espaldas", subraya Pedreira, que concluye en su auto que la inhibición ante el tribunal de Valencia "aparece necesaria y consecuente".

No hay comentarios:

Publicar un comentario