viernes, 18 de septiembre de 2009

LA JUEZA IMPUTA POR PREVARICACIÓN Y MAQUINACIÓN A MELLET Y PIÑERO

CASO MERCASEVILLA | Cita como testigo al intermediario Juan Lanzas

Europa Press | Sevilla

La titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, Mercedes Alaya Rodríguez, ha emitido una providencia en la que imputa los presuntos delitos de prevaricación y maquinación para alterar el precio de las cosas tanto al ex director general de Mercasevilla, Fernando Mellet, (en la foto) como al vicesecretario del consejo de administración y de la comisión ejecutiva, Jorge Piñero.

En la providencia, dictada el jueves, la jueza ordena deducir testimonio e incoar nuevas diligencias previas por los dos presuntos delitos anteriormente reseñados, todo ello "a la vista de las presuntas irregularidades cometidas en el concurso público sobre el derecho de opción de compra" de los terrenos de Mercasevilla.

En este sentido, y dentro de estas nuevas diligencias, la juez Mercedes Alaya Rodríguez ha citado a declarar el próximo día 25 de septiembre a partir de las 10.00 horas al vicesecretario del consejo de administración y de la comisión ejecutiva, Jorge Piñero, también vicedecano del Colegio Oficial de Abogados de Sevilla. Asimismo, la juez ha citado a declarar el día 28 del presente mes, en calidad de testigo, al presunto intermediario Juan Lanzas, informaron a Europa Press fuentes del caso.

Jorge Piñero ha sido citado en calidad de imputado después de que su declaración en calidad de testigo fuera suspendida tras las declaraciones de A.R.M. y M.V.B., los técnicos que elaboraron el informe de estudio y valoración de las ofertas para la adjudicación por concurso de un derecho de opción de compra sobre los terrenos de Mercasevilla, adjudicado a Sando pese a presentar una oferta peor que la del Grupo Noga.

En este sentido, A.R.M. y M.V.B., ya mostraron su extrañeza ante el hecho de que en el pliego de condiciones se incluyera una cláusula relativa a la limitación al alza del precio.

En su declaración como testigo ante la juez de Instrucción número 6, A.R.M. señaló que, en cuanto al pliego de condiciones, su intervención se limitó a fijar el precio de salida y el índice de revisión anual de este precio, así como buscar la fórmula estadística para la baremación del concurso, aseverando que fue el ex directivo de Mercasevilla Fernando Mellet quien le transmitió que la junta de accionistas decidió no solo la fórmula de concurso público sino la limitación al alza del precio al objeto de "no convertir la venta de los terrenos en una subasta".

Así, y tras reseñar que de haber dependido de él no se hubiese limitado al alza el precio de la opción de compra y el de la compraventa, pone de manifiesto que para buscar la fórmula estadística de cara a la baremación del concurso pidió un informe al departamento de Estadística de la Facultad de Económicas de Sevilla, quien emitió un informe y su correspondiente factura donde se indicaba la formulación de cómo había que aplicar las diferentes variantes del pliego de condiciones en relación a las distintas ofertas económicas.

Desconocen si el concurso fue "dirigido" a Sando

En este sentido, señaló que en esa fecha "ya supone" que tendría conocimiento de la condición posteriormente recogida en el pliego acerca de que las ofertas que fueran superiores en más de diez unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas se considerarían "desproporcionadas", al tiempo que aseguró que en la redacción del pliego de condiciones tuvo una intervención "importante" el vicesecretario del consejo de administración y de la comisión ejecutiva de Mercasevilla.

Por su parte, la otra técnico, M.V.B. -que coincidió con su compañero en desvincular a la trabajadora Regla Pereira del concurso-, reconoció en su declaración su intervención en la elaboración del pliego de condiciones para el concurso de cesión de suelos, señalando además que- "por razones de legalidad, transparencia, publicidad y concurrencia", vio adecuado el concurso público, al tiempo que indicó que la cláusula de limitación al alza del precio se incluyen en el pliego de condiciones "para evitar la especulación por parte de la entidad adjudicataria".

Así, puso de manifiesto que, en virtud de esta cláusula, se consideró que, "pese a que la oferta de Noga era superior a la de Sando, al alejarse la oferta de Noga de la media aritmética, se le otorgó una puntuación de 0 en el precio final de la compraventa", añadiendo además que lleva 23 años trabajando en el Ayuntamiento, interviniendo en muchos concursos públicos, y ha sido este de Mercasevilla "el único" en que ha visto la cláusula contenida en el pliego de condiciones del alza desproporcionada del precio.

Tras decir que desconocía si el concurso público fue "dirigido" para otorgar a Sando la opción de compra, la técnico señaló que, partiendo de la idea de que Mercasevilla y el Ayuntamiento era evitar la especulación, con la sola fórmula del concurso público en lugar de la subasta, sin necesidad de la cláusula de la limitación del precio al alza, hubiese sido "suficiente" para evitar esos fines especulativos.

Además
* Mercasevilla lleva años sin rendir cuentas en el Registro
* El PP avisa de que el retraso puede conllevar una sanción

ELMUNDO.ES

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