V. C. - Granada
La Fiscalía Superior de Andalucía ha remitido a la del Tribunal Supremo la denuncia interpuesta por el colectivo de funcionarios Manos Limpias contra el actual vicepresidente tercero del Gobierno, Manuel Chaves, por la posible comisión de un delito de tráfico de influencias cuando era presidente de la Junta de Andalucía.
La Fiscalía Superior de Andalucía ha remitido a la del Tribunal Supremo la denuncia interpuesta por el colectivo de funcionarios Manos Limpias contra el actual vicepresidente tercero del Gobierno, Manuel Chaves, por la posible comisión de un delito de tráfico de influencias cuando era presidente de la Junta de Andalucía.

A FONDO
Nacimiento:
07-07-1945
Lugar:
Ceuta
En concreto, el sindicato ultraderechista denunció a Chaves por el incentivo concedido por la Junta, entonces presidida por él, a una empresa en la que trabaja su hija Paula como abogada. Por infringir, dice, la Ley de Incompatibilidades. Fue presentada el 8 de junio y remitida el pasado 22 a la Fiscalía del Tribunal Supremo.
En un comunicado, la Fiscalía Superior de Andalucía detalla que antes de entrar a valorar los hechos era preciso establecer la competencia para su tramitación al ser Chaves aforado. De hecho, si se atiende a la fecha de la producción de los hechos, cuando era presidente de la Junta de Andalucía, corresponde establecer la responsabilidad penal al Supremo tal y como establece el artículo 118.5 del Estatuto de Autonomía. Si por el contrario se atiende a la situación actual, en la que Chaves es vicepresidente del Ejecutivo central, es también competencia del Supremo conocer la instrucción y enjuiciamiento de las causas contra los miembros del Gobierno, como consta en el artículo 57 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Por tanto, se ha remitido al Tribunal Supremo la denuncia en virtud de lo establecido en el artículo 21.1 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
ELPAÍS.COM
En un comunicado, la Fiscalía Superior de Andalucía detalla que antes de entrar a valorar los hechos era preciso establecer la competencia para su tramitación al ser Chaves aforado. De hecho, si se atiende a la fecha de la producción de los hechos, cuando era presidente de la Junta de Andalucía, corresponde establecer la responsabilidad penal al Supremo tal y como establece el artículo 118.5 del Estatuto de Autonomía. Si por el contrario se atiende a la situación actual, en la que Chaves es vicepresidente del Ejecutivo central, es también competencia del Supremo conocer la instrucción y enjuiciamiento de las causas contra los miembros del Gobierno, como consta en el artículo 57 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Por tanto, se ha remitido al Tribunal Supremo la denuncia en virtud de lo establecido en el artículo 21.1 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
ELPAÍS.COM
No hay comentarios:
Publicar un comentario