TRIBUNALES | Cuatro años del intento de soborno a una concejala
Europa Press | Sevilla
El caso del supuesto intento de soborno a la que fuera concejal no adscrita del Ayuntamiento de Camas Carmen Lobo cumple mañana su cuarto año en un escenario en el que las partes esperan que el fiscal emita sus conclusiones para la correspondiente redacción de los escritos de defensa, pues en mayo de 2008 la Audiencia Provincial anuló las escuchas telefónicas que desencadenaron las diligencias, obligando a retrotraer el procedimiento mientras el ex concejal del PP de Castilleja de Guzmán Aureliano Lucas fue exculpado en octubre.
Pedro Pérez, abogado defensor del que fuera concejal por el PP Antonio Enrique Fraile, ha recordado que, después de que la anulación de las escuchas provocase que el procedimiento "fuera retrotraído" a sus fases iniciales, pero "se decretase continuar con el procedimiento", las diligencias siguen "su trámite procesal" para que los hechos sean enjuiciados por el procedimiento del jurado popular. No obstante, reconoció que se desconoce fecha alguna para las vistas orales que habrán de resolver el asunto.
El asunto estalló el 14 de septiembre de 2005 con la detención de dos concejales del PP y del PA por intento de soborno. Concretamente, Antonio Enrique Fraile, entonces edil del PP en el Ayuntamiento camero; José del Castillo, concejal adscrito al PA; y el empresario Eusebio Gaviño, todos ellos hoy imputados junto con el por entonces alcalde y actual coordinador local de IU-CA, Agustín Pavón, quien no fue arrestado pero muy pronto fue llamado a declarar ante la Policía Nacional en el marco de estas diligencias depositadas en el Juzgado de Instrucción número dos.
Aureliano Lucas, por entonces concejal del PP en el Ayuntamiento de Castilleja de Guzmán, fue también llamado a declarar e incluido en las diligencias hasta que en octubre de 2008 se decretó su exculpación, toda vez que meses antes, en mayo, la Audiencia Provincial decretó nula la intervención del teléfono usado por el empresario Eusebio Gaviño al considerar que el auto que autorizaba dicha intervención ofrecía "un vacío total y absoluto de motivación", ya que en éste "no se consigna un solo indicio real que permitiera al juez una presunción razonable de los supuestos delitos" investigados.
El auto aclaraba no obstante que dicha nulidad "no implica el archivo de las actuaciones", pues existen distintas pruebas tales como la denuncia que destapó los hechos, grabaciones audiovisuales o declaraciones, entre otras, que "son fuentes de investigación y de prueba que no están contaminadas por la nulidad", de forma que el juez instructor, a quien la Audiencia devolvió entonces las actuaciones, "dispone de material de investigación para esclarecer los hechos denunciados y concretar la posible participación de los imputados".
Sin embargo, el pasado abril, la Guardia Civil emitió un informe en el que manifiesta la imposibilidad de establecer un cotejo entre las pruebas de voz practicadas al ex alcalde de Camas y coordinador local de IU-CA, Agustín Pavón, y el que fuera concejal por el PA José Del Castillo, y la grabación en CD donde se volcaron las conversaciones clave en la instrucción del 'caso Camas'.
Así las cosas, la Fiscalía debe emitir sus conclusiones para que, una vez trasladadas a las partes, las defensas de cada uno de los imputados elaboren sus correspondientes escritos de defensa.
ELMUNDO.ES
Pedro Pérez, abogado defensor del que fuera concejal por el PP Antonio Enrique Fraile, ha recordado que, después de que la anulación de las escuchas provocase que el procedimiento "fuera retrotraído" a sus fases iniciales, pero "se decretase continuar con el procedimiento", las diligencias siguen "su trámite procesal" para que los hechos sean enjuiciados por el procedimiento del jurado popular. No obstante, reconoció que se desconoce fecha alguna para las vistas orales que habrán de resolver el asunto.
El asunto estalló el 14 de septiembre de 2005 con la detención de dos concejales del PP y del PA por intento de soborno. Concretamente, Antonio Enrique Fraile, entonces edil del PP en el Ayuntamiento camero; José del Castillo, concejal adscrito al PA; y el empresario Eusebio Gaviño, todos ellos hoy imputados junto con el por entonces alcalde y actual coordinador local de IU-CA, Agustín Pavón, quien no fue arrestado pero muy pronto fue llamado a declarar ante la Policía Nacional en el marco de estas diligencias depositadas en el Juzgado de Instrucción número dos.
Aureliano Lucas, por entonces concejal del PP en el Ayuntamiento de Castilleja de Guzmán, fue también llamado a declarar e incluido en las diligencias hasta que en octubre de 2008 se decretó su exculpación, toda vez que meses antes, en mayo, la Audiencia Provincial decretó nula la intervención del teléfono usado por el empresario Eusebio Gaviño al considerar que el auto que autorizaba dicha intervención ofrecía "un vacío total y absoluto de motivación", ya que en éste "no se consigna un solo indicio real que permitiera al juez una presunción razonable de los supuestos delitos" investigados.
El auto aclaraba no obstante que dicha nulidad "no implica el archivo de las actuaciones", pues existen distintas pruebas tales como la denuncia que destapó los hechos, grabaciones audiovisuales o declaraciones, entre otras, que "son fuentes de investigación y de prueba que no están contaminadas por la nulidad", de forma que el juez instructor, a quien la Audiencia devolvió entonces las actuaciones, "dispone de material de investigación para esclarecer los hechos denunciados y concretar la posible participación de los imputados".
Sin embargo, el pasado abril, la Guardia Civil emitió un informe en el que manifiesta la imposibilidad de establecer un cotejo entre las pruebas de voz practicadas al ex alcalde de Camas y coordinador local de IU-CA, Agustín Pavón, y el que fuera concejal por el PA José Del Castillo, y la grabación en CD donde se volcaron las conversaciones clave en la instrucción del 'caso Camas'.
Así las cosas, la Fiscalía debe emitir sus conclusiones para que, una vez trasladadas a las partes, las defensas de cada uno de los imputados elaboren sus correspondientes escritos de defensa.
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