Mostrando entradas con la etiqueta inhabilitación. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta inhabilitación. Mostrar todas las entradas

jueves, 27 de junio de 2013

PIDEN MÁS DE TRES AÑOS DE CÁRCEL Y NUEVE DE INHABILITACIÓN PARA EL EXALCALDE DE LA ALGABA


TRIBUNALES | Anulada una grabación como prueba
José Luis Vega (IU-CA) se ha desligado de cualquier irregularidad
El ex alcalde se apoya en el informe favorable del arquitecto municipal

Europa Press | Sevilla

La sección primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha dejado este martes visto para sentencia el juicio por las licencias de primera ocupación otorgadas en 2008 por el Ayuntamiento de La Algaba, entonces gobernado por José Luis Vega (IU-CA), a la sociedad limitada 'Agroporc', pese al informe desfavorable de la oficial mayor del Consistorio.

Al finalizar la vista oral, el Ayuntamiento de La Algaba ha solicitado para Vega seis años de cárcel, nueve de inhabilitación para ejercer cargos públicos y una multa de 90.000 euros, mientras la Fiscalía ha pedido tres años y medio de prisión, nueve de inhabilitación y multas por valor de 50.000 euros y la defensa del exalcalde ha reclamado su libre absolución. Durante la vista oral, según han informado fuentes del caso, han sido juzgados tanto el exalcalde José Luis Vega, como quien fuera su coordinador de Alcaldía, Antonio M.M.

La causa en cuestión parte de una grabación sonora en la que el PSOE, que gobierna actualmente el Ayuntamiento de La Algaba, identifica "claramente" la voz del por entonces alcalde reclamando supuestamente 30.000 euros a unos directivos de 'Arcopro S.L.', por la entrega de las citadas licencias de primera ocupación, que contaban con el informe desfavorable de la oficial mayor del Consistorio.

La grabación, no obstante, no ha sido utilizada como prueba en el juicio, porque un informe de la Unidad Central Criminalística del Cuerpo Nacional de Policía concluía ya en 2011 que "no es posible realizar informe técnico pericial de identificación de voz" del citado material al estar "muy degradada" su señal acústica.

De la documentación incluida en la fase de instrucción se desprende que el 15 de julio de 2008, un informe de la oficial mayor del Ayuntamiento informaba desfavorablemente sobre estas licencias de primera ocupación solicitadas el 26 de junio de aquel año por la promotora 'Arcopro S.L.'. Ese día 15 de julio, cuando Vega aún ostentaba la alcaldía de La Algaba, él mismo libraba una licencia urbanística para una primera ocupación en favor de esta empresa merced al "informe favorable" de los servicios técnicos municipales y "visto" el mencionado informe del oficial mayor del Consistorio.

Informes a favor y en contra
En ese sentido, durante la vista oral han comparecido como testigos la propia oficial mayor, quien ha dado cuenta de su informe, y la ex secretaria general del Ayuntamiento de La Algaba Encarnación C.P., quien ya en diciembre de 2010 testificaba en la causa manifestando que la licencia en cuestión gozaba de "un informe técnico favorable", aunque "no era frecuente que se firmara un decreto con el informe desfavorable de la oficial mayor". Para ella, "no había ninguna duda en cuanto a que no se podía conceder las licencias", toda vez que esta alta funcionaria ha testificado en el juicio ratificando su tesis inicial.

También han testificado en el juicio los empresarios de 'Arcopro S.L.', quienes habrían defendido la tesis de que el entonces alcalde, primero a través de los comentarios de un ingeniero técnico y después en la supuesta reunión asociada a la grabación, les habría reclamado dinero por la concesión de las licencias, extremo que habría corroborado el citado ingeniero en su propio testimonio.

Finalmente, el Ayuntamiento de La Algaba, en su papel de acusación, ha solicitado para José Luis Vega cuatro años y medio de cárcel y una multa de 90.000 euros por un presunto delito de cohecho y un año y medio de cárcel y nueve de inhabilitación para empleo o cargo público por un posible delito de prevaricación administrativa. La Fiscalía, de su lado, ha solicitado tres años y medio de cárcel y una multa de 30.000 euros por un presunto delito de cohecho y una multa de 20.000 euros y nueve años de inhabilitación por presunta prevaricación, toda vez que la defensa de Vega ha solicitado su libre absolución.

Y es que Vega, de su lado, se ha desligado siempre de cualquier irregularidad y, recientemente, avisaba de que "la principal acusación que esgrimía el PSOE como prueba de cargo", en este caso la grabación, "ha quedado totalmente invalidada". Según señalaba, el mencionado CD "pudo sufrir numerosas manipulaciones antes de que los socialistas lo pusieran en mano de la justicia". Igualmente, el exalcalde señala el informe y el testimonio del arquitecto municipal que avaló su decisión de conceder las licencias de forma parcial, por unidades de ejecución de urbanización. Según el primer edil, este informe "fue elaborado por el arquitecto municipal y acredita por tanto la legalidad de la actuación desde el punto de vista técnico y urbanístico".

Por su parte, el propio exalcalde ha manifestado que no ha habido "pruebas en la mesa" sobre los delitos de cohecho o prevaricación que le atribuyen el Ayuntamiento y la Fiscalía. Vega, en ese sentido, ha señalado que la inadmisión de la grabación que dio pie al caso reduce el asunto a "un testimonio contra otro" y que incluso dos de los cuatro empresarios de 'Agroporc' que han testificado niegan que él les reclamase dinero a cambio de las licencias.

miércoles, 24 de abril de 2013

CONDENADO A 21 MESES DE PRISIÓN EL EX ALCALDE ANDALUCISTA DE ZURGENA POR DELITO URBANÍSTICO

ALMERÍA | El fallo obliga a demoler 12 viviendas
Trabalón y quien fue su delegado de Urbanismo, Francisco Tijeras. | M.C.
Cándido Trabalón también ha sido inhabilitado 9 años como cargo público
El fallo condena a otros seis ex ediles, los constructores y promotores
Dieron licencia y construyeron viviendas en suelo no urbanizable
La sentencia cae 'como una bomba' en el municipio y toda la comarca
'El barrio de los Carasoles existe de toda la vida', afirma el alcalde

Miguel Cabrera | Almería

Candido Trabalón, ex alcalde andalucista y actual concejal de Obras Públicas de Zurgena, ha sido condenado a 21 meses de prisión y a nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por autorizar en 2005 la construcción de 12 viviendas unifamiliares en la barriada de Los Carasoles, a sabiendas, según la sentencia del Juzgado de lo Penal número dos de Almería, de que el suelo no era urbanizable. Además, la juez Ana Salmerón ordena la demolición de las 12 casas, algunas de las cuales –si no todas- están ocupadas, según fuentes municipales.

Junto a Trabalón también han sido condenados a la misma pena por un delito contra la ordenación del territorio otros siete concejales de la Corporación municipal en la fecha que se concedió la licencia, entre ellos el ex edil de Urbanismo Francisco Tijeras, por votar a favor de la misma en pleno.

Según la sentencia, tanto el alcalde como los concejales eran conocedores de un informe emitido por el técnico municipal Carlos Domingo B.F., también condenado, que "recogía con claridad que el suelo era no urbanizable".

La juez desestima las declaraciones realizadas por los ahora condenados, que aseguraron que su formación les eximía "tener conciencia de la ilegalidad" y sostiene que las versiones que dieron en sala no son "en absoluto creíbles, ya que quedan desmentidas por el informe técnico no favorable". En este sentido, ahonda en que el técnico que lo emitió, Carlos Domingo B.F., reconoció en juicio los hechos y mostró conformidad con la pena interesada por el fiscal.

La sentencia también señala como elemento probatorio contra los cargos públicos un segundo informe emitido por la jefa de servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Junta de Andalucía en el que "se evidencia la construcción de urbanizaciones en suelo no urbanizable, que sin duda supone la formación de asentamientos no permitida en la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía en esta clase de suelo por ausencia de sistemas generales y suministros básicos".

La resolución condena, asimismo, a 21 meses de prisión y al pago de multas de 24 meses a razón de 50 euros al día, al administrador de la mercantil Construcciones La Jacinta SL, Antonio L.R., y al administrador de la empresa constructora Procomag SL, Manuel M.C., como autores de delitos contra la ordenación del territorio.

Núcleo urbano consolidado
La magistrada rechaza como elemento de descargo un informe pericial de parte, al entender que "fue encargado a posteriori tratando de dar apariencia de legalidad a una resolución injusta" y, además, concluye "peculiarmente que en el citado paraje había un núcleo urbano consolidado con red eléctrica, referentes inmobiliarios e incluso bares, cuestión que ha quedado absolutamente desmentida por testigos imparciales que acudieron a la zona".

Estas afirmaciones de la sentencia contrastan, sin embargo, con otras fuentes recogidas por ELMUNDO.es, como la del actual alcalde, Francisco Ramos (PP), quien asegura que "el barrio de Los Carasoles existe desde hace muchísimos años" y afirma que, efectivamente, en la zona hay un bar, que recuerda desde que él era pequeño. "Me ha sorprendido mucho esta sentencia –de la que le informó este diario- porque Los Carasoles es un barrio de toda la vida, al igual que El Cucador", donde también se dio licencia y se construyeron casas denunciadas por la Junta como ilegales y por las que, sin embargo, Cándido Trabalón fue absuelto recientemente, al no quedar demostrado que el suelo no era urbanizable, según la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número cuatro de Almería. En esa misma sentencia se decía que responsables de la Junta habían admitido en el juicio que la propia Administración autonómica había promovido viviendas de protección oficial en una zona idéntica.

"La verdad, esperaba que la resolución fuera similar a la de El Cucador porque son dos barriadas muy similares de Zurgena", declara el alcalde, quien a la vez ha expresado su preocupación por la orden de demolición dictada por la juez respecto a 12 viviendas en las que, según dice, viven vecinos del pueblo.

Ramos considera que al margen de todo, la orden de demolición puede caer como una bomba en el pueblo y en toda la comarca del Almanzora, por contribuir de nuevo a ahondar en la "inseguridad jurídica" generada en torno a las construcciones ilegales. Ante todo ello, el equipo de gobierno consultará con sus servicios jurídicos sobre la posibilidad de presentarse en la causa para "intentar defender a estos vecinos".

Fuentes municipales también han expresado su "extrañeza" por el hecho de que las denuncias se refirieran a estas casas y, sin embargo, no a otras situadas en la misma calle, "aunque en la acera de enfrente".

Criterios partidistas
Muchos de los responsables municipales de la comarca han denunciado en los últimos años los criterios "partidistas" que han llevado a la Junta a denunciar construcciones ilegales en municipios gobernados por partidos que no son el PSOE.

De esta forma, el alcalde de Zurgena considera que se han denunciado construcciones en barriadas habitadas desde hace muchos años, hasta el punto de que existen viviendas centenarias. "Se encuentran en suelo urbano, pero la Junta siempre ha perseguido a este municipio, mientras que ha hecho la vista gorda con otros de la comarca que estaban gobernados por el PSOE y donde se han construido muchas viviendas en zonas idénticas a las que luego denunciaba en Zurgena", lamenta Francisco Ramos.

Hasta el momento, en el Almanzora sólo ha sido demolida una casa, la del matrimonio británico formado por Helen y Leonard Prior. Sobre este caso, hace sólo unos meses la Audiencia Nacional ha condenado al Ministerio de Justicia a indemnizar a ambos por un "anormal funcionamiento de la Justicia", al entender que el proceso contencioso-administrativo que acabó con la orden de demolición de su casa en Vera, en 2008, se realizó sin "haberse siquiera intentado" su emplazamiento en la causa.

El 'caso Costurero'
El ex alcalde zurgenero Cándido Trabalón se enfrenta a penas que suman 180 años de prisión y 1.050 años de inhabilitación por el conocido como caso 'Costurero', en el que ha tenido que prestar fianza civil de 571.147 euros, y en el que también están procesadas otras 23 personas, entre ellas ex ediles de la corporación, funcionarios y promotores inmobiliarios.

lunes, 22 de abril de 2013

JUZGAN A UN EX CONCEJAL DE NOVELDA ACUSADO DE MALVERSAR DINERO DE LA CABALGATA DE REYES


TRIBUNALES | La fiscal pide una pena de siete años de prisión
Monzó niega haber malversado alrededor de 26.000 euros de dinero público
La fiscal pide para el ex edil una pena de siete años de prisión

Europa Press | Alicante

El ex concejal 'popular' de Fiestas de Novelda (Alicante) Ricardo Monzó ha negado haber malversado alrededor de 26.000 euros de dinero público con la contratación de servicios para la Cabalgata de los Reyes Magos de 2007 a dos empresas que no llegaron a cobrar el importe de las facturas, pese a que éstas constaban como pagadas en el Ayuntamiento de la localidad.

La fiscal pide para el ex edil y para otro de los procesados -entre ellos un agente de Policía Local de Novelda adscrito a alcaldía, que compaginaba su trabajo con una empresa de espectáculos- una pena de siete años de prisión por malversación de caudales públicos y falsedad documental para cada uno, así como 11 años de inhabilitación y la indemnización conjunta de unos 26.000 euros a las dos empresas que han resultado perjudicadas por el impago.

La tercera procesada es una mujer que trabajaba en la empresa de espectáculos del Policía Local, para la cual el ministerio público pide una pena de un año de prisión por falsedad en documento mercantil, acusada de firmar una factura por importe de 12.000 euros con la que el edil justificó la contratación de los animales de la Cabalgata.

En la primera vista del juicio que se celebra este lunes y martes en la sección segunda de la Audiencia Provincial de Alicante, tanto el ex edil como los otros dos procesados han defendido su inocencia.

Ricardo Monzó ha explicado que el agente procesado realizó labores de intermediario en la contratación de las carrozas de la Cabalgata de Reyes y en el alquiler de unos animales para el mismo desfile. Por ello, ha asegurado, el día 5 de enero le entregó en mano y en efectivo cerca de 14.000 euros, y el 8 de enero de otros 12.000 euros para que pagara sendos servicios.

El citado agente, sin embargo, ha mantenido que su papel era "únicamente de chófer" del edil y ha asegurado que "nunca" recibió dinero en efectivo para pagar a nadie. Este mismo funcionario, además, ha explicado que como "chófer" era "habitual" que pagara de su propio bolsillo las comidas en los restaurantes, dinero que después le era devuelto de las arcas municipales.

Pagarés
En este caso, según ha relatado el funcionario, momentos antes de la salida de las carrozas en la Cabalgata de Reyes, un colectivo vecinal requirió tres de las carrozas para el día siguiente cuando el edil se encontraba ausente.

Así, ha explicado el agente, él mismo "solucionó el problema firmando un pagaré a la empresa de las carrozas, por 12.000 euros", para garantizar el pago del servicio. En la causa constan otros dos pagarés firmados por él a la misma empresa, sobre los que ha dicho no recordar las circunstancias.

El ex concejal ha remarcado que desconocía que el agente hubiera firmado ningún pagaré, y que posteriormente se enteró "por la prensa". Monzó también ha recordado que los empresarios le llamaron para reclamarle el impago de las facturas, pero habló con el agente y éste le aseguró que era "un malentendido" y que "todo estaba en orden", por lo que no realizó más averiguaciones al respecto.

Tampoco realizó "más averiguaciones" el policía cuando, según ha explicado el propio funcionario, detectó un "ingreso de 25.000 euros en concepto de Cabalgata de Reyes' en la cuenta de su empresa de espectáculos. No obstante, sí ha confirmado que esta cantidad se traspasó a otra cuenta "posiblemente para evitar que se cobraran los pagarés" firmados a las dos empresas afectadas, ha indicado.

Contratada para 'hacer caso'
Así mismo, la empresa de Aspe (Alicante) que prestó el servicio de alquiler de animales, no cobró el importe superior a 10.000 euros, si bien el concejal de Fiestas presentó una factura por este concepto de la empresa del agente para justificar parte de sus cuentas ante el Ayuntamiento.

La tercera imputada ha asegurado que ella "simplemente realizaba recados, atendía el teléfono, limpiaba la oficina y hacía recados" para su jefe, el agente de Policía, quien, según ha dicho, le pidió que firmara la factura "que era un documento que no era oficial y que no iba a ningún sitio".

"Mi función era hacer caso a lo que me pedía" el procesado, se ha defendido la imputada, quien ha aclarado que ella "no llevaba la contabilidad de la empresa y no sabía que era ilegal" lo que estaba firmando.

lunes, 15 de abril de 2013

EL ALCALDE DE BENADALID ACEPTA DOS AÑOS DE CÁRCEL POR CORRUPCIÓN URBANÍSTICA


Tribunales | Se declaró culpable
Acepta que malversó caudales públicos para la construcción de un hotel, se le inhabilitará por dos años.

Europa Press | Málaga

El exalcalde de la localidad malagueña de Benadalid Juan Manuel Gutiérrez ha aceptado una pena de dos años de prisión y mismo tiempo de inhabilitación para cargo público por un delito de malversación en concurso con otro de falsedad y por un delito de fraude de subvenciones en relación con el proyecto de un hotel y el uso de fondos públicos para llevarlo cabo.

El juicio se iba a celebrar durante cuatro días en la Sección Novena de la Audiencia, aunque las partes han llegado a un acuerdo. El fiscal ha explicado que ha modificado el escrito de acusación, en el sentido de rebajar la pena solicitada inicialmente, de nueve años, y aplicarse la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, ya que los hechos tuvieron lugar en 1995.

Además de inhabilitación y prisión, se incluye una multa de unos 13.000 euros e indemnización de 73.323 euros que el fiscal y la Abogacía del Estado creen que corresponde recibir al Ministerio de Trabajo; mientras el exalcalde ha dicho que no eran del Estado. El presidente de la Sala ha informado de que se dictará sentencia conforme al acuerdo y se determinará a quién indemnizar.

El fiscal señalaba que el entonces alcalde, que, según el PSOE, no milita en el partido desde 2006, adquirió en 1995 las participaciones de una empresa "manifestando que se hallaba expresamente facultado por el pleno, aportando a sabiendas de su falsedad y de que carecía de autorización, fotocopia del acta de dicho pleno, con conocimiento de que éste nunca se había llegado a celebrar".

Así, según el ministerio público, procedió "al abono de la cantidad con cargo a fondos públicos" e inscribió la propiedad de la finca perteneciente a dicha sociedad a nombre de la misma, de la que era administrador general, de forma que el bien inmueble "nunca fue inscrito en el registro de bienes del Ayuntamiento", se apunta en el documento de conclusiones al que ha tenido acceso Europa Press.

Además, solicitó varias subvenciones "simulando" que era un bien patrimonial del Ayuntamiento, "cuando realmente se trataba de un bien incorporado al patrimonio del acusado", quien, dice esta acusación, "nunca acordó la apertura de expediente administrativo al efecto". El proyecto nunca se llegó a concluir y se encuentra en una situación de abandono.

La coalición de IU ha estado personada como acusación en esta causa. Su coordinador comarcal, Álvaro Carreño, se ha referido en rueda de prensa al acuerdo entre la defensa del exalcalde y la Fiscalía sobre la denuncia presentada por la coalición de izquierdas y ha indicado que "nos alegramos que los hechos delictivos no se hayan quedado impunes".

"Mis compañeros de Benadalid tiene la satisfacción de haber podido escuchar al exalcalde declararse culpable, y esa satisfacción no se la va a quitar nadie", ha añadido. Ha recordado los "años de lucha" desde la coalición para tratar de esclarecer estos hechos y los "malos momentos" pasado con el fin de "buscar la verdad", tras la denuncia presentada.

No obstante, el representante de la coalición de izquierdas ha lamentado que la pena de inhabilitación sea "tan corta", al considerar que una persona "que reconoce delitos tan graves no debería estar habilitada para volver a la vida pública en tan poco tiempo", aunque ha considerado que "éticamente queda inhabilitado de por vida".

En cuanto a la duración del proceso hasta llegar a juicio, Carreño, ha mostrado su disconformidad con el tiempo que tardó la instrucción hasta quedar finalizado y la pérdida en dos ocasiones del expediente en el juzgado, afirmando que "creemos que si esto no hubiese ocurrido así y se hubiese actuado con más celeridad, aquí se podrían haber demostrado algunos delitos más".

miércoles, 20 de marzo de 2013

PIDEN SIETE AÑOS PARA EL EXALCALDE DE GARRUCHA POR PREVARICACIÓN Y EXTORSIÓN

AMERÍA | A una empresa constructora
Presionó respecto al convenio urbanístico suscrito para construir 138 pisos
También se enfrenta a 47 años de inhabilitación para cargo público

Europa Press | Almería

Un juez ha ordenado la apertura de juicio oral contra el exalcalde socialista de Garrucha (Almería), Andrés Segura, por presunta comisión de delitos de prevaricación, extorsión, coacciones continuadas y exacciones ilegales con respecto al convenio urbanístico suscrito con la empresa 'Promociones e Inversiones Hermanos Muñoz SL' para construir 138 viviendas en la unidad de ejecución UE-6 del termino municipal.

Segura, que será enjuiciado junto a otras cinco personas, se enfrenta a penas que suman siete años de prisión, así como 47 años y seis meses de inhabilitación para empleo o cargo público que solicita la acusación particular ejercida por la mercantil querellante Hermanos Muñoz.

La misma pena de cárcel interesa para el exedil de Urbanismo Martín López, y el abogado J.M.L.H. mientras que el secretario municipal J.L.P.T., y los también procesados M.J.P.F. y J.M.E.R., arquitecto y técnico municipales, se enfrentan a penas de doce meses de prisión e inhabilitación por un periodo que oscila entre los 28 y los siete años.

La Fiscalía resolvió no formular acusación en este caso y solicitó en un informe emitido en julio de 2012 el sobreseimiento de las actuaciones al no apreciar indicios de delito en los hechos relatados en la querella y al entender que el convenio urbanístico objeto del litigio es "conforme a derecho y revestido de los elementos necesarios de consentimiento, objeto y causa" tal y como se recogía en una sentencia de los contencioso-administrativo.

El auto de apertura de juicio oral fija una fianza de 2,4 millones de euros al Ayuntamiento de Garrucha y a la Diputación Provincial de Almería en concepto de responsables civiles subsidiarios y ordena traslado del procedimiento a los juzgados de lo Penal. La administración ha alegado contra la caución.

El escrito de acusación de 40 páginas recoge que la mercantil adquirió en 2003 por más de seis millones de euros una finca conocida como UE-6. Dicha unidad de ejecución, según los querellantes, tenía 26.692 metros cuadrados de extensión de acuerdo a la ficha urbanística aunque "los planos de ordenación" de las Normas Subsidiarias (NNSS) recogían una superficie de solo 21.000 metros cuadrados urbanizables por motivos que califican de "desconocidos".

En septiembre de ese año, el Ayuntamiento otorgó licencia de obras para la construcción de 134 viviendas en esa unidad de ejecución aunque, en 2004, continúa relatando, "saltó a la luz pública el error material antes referido y los medios de comunicación locales llegaron a calificar lo sucedido como el mayor pelotazo urbanístico de la historia del municipio".

Según la acusación, esto provocó que el Consistorio iniciase la revisión de oficio de la licencia, lo que derivó en la suspensión y paralización de la obra, "pese a que el exalcalde, López Peña y, por supuesto, el secretario municipal tenían plena conciencia -sostiene- de la plena ilegalidad" de la citada revisión "ya que la ficha urbanística de la UE-6 reflejaba y refleja una superficie de 26.692 metros cuadrados".

En marzo de 2005, el pleno levantó la suspensión de la construcción de las 134 viviendas tras un informe preceptivo del Consejo Consultivo de Andalucía, que señalaba que resultaba "incuestionable que la licencia se había otorgado con plena sujeción a legalidad vigente". A partir de este punto, siempre según la mercantil querellante, "comenzó una campaña de acoso y amenazas a sus representantes para tratar de obtener nuevas contraprestaciones económicas, justificadas en supuesto aprovechamiento de la edificabilidad".

jueves, 31 de enero de 2013

CONDENADA LA EXALCALDESA SOCIALISTA DE CHIPIONA POR 345 CONTRATOS IRREGULARES


Dolores Reyes, junto al socialista Francisco Menacho, el día que asumió la alcaldía. | J.F.F.

TRIBUNALES | Siete años de inhabilitación para cargo público
Dolores Reyes Ramos autorízó las contrataciones entre los años 2000 y 2004

Efe | Cádiz

La exalcaldesa de Chipiona (Cádiz) Dolores Reyes Ramos (PSOE) ha sido condenada a siete años de inhabilitación para cualquier cargo de naturaleza electiva de ámbito local por haber realizado durante su mandato 345 contratos de personal laboral eventual para el consistorio de forma irregular.

Fuentes jurídicas han confirmado que la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz explica que los contratos, realizados entre el 2000 y el 2004, se hicieron sin consignación presupuestaria del consistorio, sin ningún procedimiento de información pública ni de selección del personal y con informes técnicos en contra.

Por ello, la Sección Primera de la Audiencia Provincial condena a la ex alcaldesa como autora de un delito continuado de prevaricación a siete años de inhabilitación, en una sentencia que absuelve del mismo delito al entonces concejal delegado de Personal del Ayuntamiento de Chipiona José Luis Otero Jiménez.

La Audiencia recuerda que este concejal rubricó los contratos "por delegación de firma" de la exalcaldesa, quien, en el juicio, mostró su conformidad con la petición de condena que pedía para ella la fiscalía.

Dolores Reyes Ramos dejó la alcaldía de Chipiona en el 2004, al mismo tiempo en el que rompía sus relaciones con el PSOE de Cádiz, en el que desde entonces no milita.

Sin embargo continúa trabajando en el Ayuntamiento de la localidad gaditana, en la actualidad gobernado por el PP, ya que es funcionaria de la corporación.

domingo, 20 de enero de 2013

"CASO GÜRTEL"; BETORET CULPA A CAMPS DE SUS RELACIONES CON "EL BIGOTES"

Rafael Betoret, a la derecha, con su abogado en el 'caso de los trajes', en 2011 / JORDI VICENT
El exjefe de gabinete de la Agencia Valenciana de Turismo está imputado en el 'caso Gürtel'
Su abogado mantiene que el expresidente dio instrucciones sobre el pabellón de Fitur
Ve “muy razonable” pensar que presentó Orange Market como empresa “a tener en cuenta”

EP / Valencia

Archivado en:


El exjefe de gabinete de la Agencia Valenciana de Turismo (AVT), Rafael Betoret, ha recurrido su procesamiento dentro de la investigación que se sigue en la pieza sobre contrataciones de la Generalitat con Orange Market en relación con Fitur, incluida en el caso Gürtel, al alegar que no tenía capacidad de contratación. Asimismo, ha atribuido su “buena empatía” con uno de los presuntos cabecillas de la trama, Alvaro Pérez, El Bigotes, a la amistad que mantenía éste con el expresidente de la Generalitat, Francisco Camps.

Así consta en el recurso presentado por el abogado de Betoret, al que ha tenido acceso Europa Press, al juez instructor de este procedimiento, José Ceres. Recientemente en este caso, tanto Fiscalía como el PSPV han presentado sus escritos de calificación provisionales. En concreto, el ministerio público pide para el acusado una pena de 11 años de cárcel y 28 de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación administrativa, otro de falsedad de documento oficial, y como cooperador de un delito continuado de malversación de caudales públicos.

El defensor de Betoret se muestra convencido de que la conformidad a la que llegó Betoret en la causa de los trajes, en la que aceptó pagar una multa de 9.600 euros por un delito de cohecho pasivo impropio, ha sido “determinante” a la hora de deducir indicios de cargo contra él en este procedimiento. “Y ello no sería justo ni garante”, asevera.

Al respecto, recuerda que Betoret, en su última declaración, explicó que su defensa anterior alcanzó un acuerdo procesal “con todas las demás” para conformarse y declararse culpable. Indicó que quería evitarse un juicio “extenuante”. También dijo que contra esas prendas regaladas no había habido ninguna contraprestación lesiva para nadie. En este sentido, el abogado reitera que no hubo “nada más” que “amabilidad”, porque nunca estuvo entre sus cometidos el de contratar, fiscalizar, seleccionar o adjudicar cualquier oferta de cualquier proveedor.

Por este motivo, defiende que la “buena empatía” que mantuvo su cliente con El Bigotes, además de tratarse éste de un “encantador de serpientes”, “se debió al conocimiento generalizado de que el citado gozaba de una estrecha amistad y de toda la confianza del presidente de la Generalitat, lo que le convertía en un interlocutor totalmente fiable”. En esta línea, mantiene que resulta “muy razonable” pensar que Camps presentó Orange Market como empresa “a tener en cuenta” por su “excelencia o su buena ejecutoria”, y de hecho, indica que Betoret pudo constatar que los montajes de esta entidad eran “excelentes”.

En resumen, sobre este asunto, el abogado alega que Betoret nunca tuvo funciones de contratar a cualesquiera proveedores ni pudo decidir sobre los eventos que pudiera realizar la AVT. “Todo ello dependía y depende de decisiones políticas o trámites administrativos en los que no pudo tener intervención”, incide el letrado, quien subraya que cualquier adjudicación “correspondía de la Mesa de Contratación y, a la postre, a la propia consejera”.

El abogado dedica una parte del recurso a explicar cómo fue el nombramiento de Betoret y a justificar sus cometidos. Así, recuerda que fue nombrado jefe de gabinete de la AVT a finales de septiembre de 2004, tras la remodelación del Consell. Ese verano, Milagrosa Martínez tomó posesión de su cargo como consejera “en una calurosa tarde”. Betoret interrumpió sus vacaciones para acudir al nombramiento, acto en el que ofreció un abanico a Martínez.

Al finalizar la toma de posesión, reanudó sus vacaciones y no regresó hasta mediados de septiembre. Paralelamente, Martínez hizo averiguaciones para devolver el abanico a su propietario, y averiguó la identidad y la “eficaz ejecutoria” previa de Betoret, se indica en el escrito. Por ello, cuando Betoret se reincorporó de vacaciones a su trabajo, fue llamado por la consejera y le ofreció, entonces, con ocasión de devolverle el abanico, la jefatura de gabinete de la AVT, con las funciones propias de dicho puesto, principalmente de gestión, control y coordinación de la agenda de la Presidencia.

Tras su nombramiento, desde la Generalitat se dio importancia a la promoción turística. Así, el nuevo equipo se puso a trabajar inmediatamente en el próximo Fitur, “que había de ser impactante, mucho más elaborado y, por tanto, más gravoso que los anteriores”. Y todo ello “siguiendo expresas instrucciones políticas de la propia Presidencia de la Generalitat”. Betoret afirma que se acordó, en beneficio del resultado final del evento, ofertar de manera conjunta el diseño y la ejecución del espacio con que se contaba para exponer, y defiende la contratación con Orange Market.

Al respecto, señala que “de la propia valoración que realiza la Mesa de Contratación, y de las puntuaciones que alcanzaron las distintas ofertas, se aprecia que aún en el supuesto de que el peso de la oferta económica hubiera sido otro, la adjudicataria habría resultado igualmente Orange”. Respecto al almuerzo organizado en Fitur en 2005, el letrado indica que la realidad del gasto “resulta incuestionable”, y mantiene que no solamente el precio del catering resultó ajustado, “sino que incluso lo fue con precios muy inferiores a los normales de mercado”.

NOTICIAS RELACIONADAS
EN EL PAÍS

EN OTROS MEDIOS

jueves, 17 de enero de 2013

CONDENAN A JULIÁN MUÑOZ A UN AÑO DE CÁRCEL POR PREVARICACIÓN URBANÍSTICA


TRIBUNALES | También a otros seis ex ediles de Marbella


Efe | Málaga

El exalcalde de Marbella Julián Muñoz y seis exediles del GIL han sido condenados cada uno a un año de prisión y diez de inhabilitación para empleo o cargo público por un delito continuado de prevaricación urbanística contra la ordenación del territorio.

Por otra parte, el tribunal de la sección novena de la Audiencia Provincial de Málaga absuelve al exalcalde de los delitos de malversación de caudales públicos y el subsidiario o alternativo de fraude, según la sentencia, a la que ha tenido Efe.

Durante el juicio, Muñoz se conformó con la petición de pena del fiscal respecto al delito de prevaricación pero respecto al delito de malversación se declaró inocente y aseguró que fue el fallecido Jesús Gil quien negoció la licencia de obra que le había llevado a sentarse en el banquillo de los acusados.

Muñoz y los exediles aprobaron por unanimidad en una comisión de gobierno de agosto de 1998 otorgar licencia al proyecto básico a la sociedad Moansa y, posteriormente, en enero de 1999, dieron luz verde al permiso de obra al proyecto de ejecución de la edificación.

Estas autorizaciones se hicieron sobre su adecuación al documento de revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) "contraviniendo a sabiendas el ordenamiento jurídico aplicable", según se explica en la sentencia.

Pero, además, estas obras afectaron a un vial público, para lo que se inició expediente de desafectación y posteriormente se permutó mediante un convenio con la empresa.

En los fundamentos de derecho, el Tribunal explica que en este procedimiento ha habido dos fases distintas, la primera, que fue objeto de acusación por el fiscal y se adhirieron las acusaciones y cada uno de los acusados se conformó. Y un segundo grupo, que centró el objeto de la vista oral, el delito de malversación, y que la Sala considera que los hechos no son legalmente constitutivos de infracción penal.

En este sentido, el Tribunal mantiene que no se ha producido sustracción al servicio público, ni al patrimonio municipal, sino una permuta. Durante el juicio, Julián Muñoz aseguró al tribunal que, para su "desgracia", firmaba todo "desde que Gil y el teniente alcalde de Marbella, Pedro Román, dejaron de hacerlo".

Muñoz subrayó que respecto a este tema nunca negoció nada, que fue un asunto que siempre llevó personalmente Jesús Gil y que él sólo firmó la permuta sin leerla.

miércoles, 16 de enero de 2013

"CASO GÜRTEL"; EL FISCAL PIDE 11 AÑOS DE CÁRCEL PARA LA EX CONSELLERA DE TURISMO Y NO ACUSA A VICENTE RAMBLA

Milagrosa Martínez, durante su etapa como presidenta de las Cortes. | E.M.

No considera 'debidamente acreditada' la participación del ex vicepresidente
A Milagrosa Martínez le acusa de prevaricación, malversación y cohecho
Para la sucesora de Milagrosa, Angélica Such, pide 9 años de inhabilitación
El fiscal pide por estos hechos 14 años para Correa y Pérez y 15 para Crespo

Iván Pérez | Valencia

El fiscal ha pedido el sobreseimiento provisional de las actuaciones respecto al ex vicepresidente de la Generalitat Vicente Rambla en el caso que investiga el TSJ CV por las adjudicaciones irregulares de los contratos públicos de Fitur a la empresa Orange Market, vinculada a la trama 'Gürtel'. La Fiscalía considera que no ha quedado "debidamente acreditada" su participación en los hechos.

El fiscal pide, sin embargo, para la ex consellera de Turismo y ex presidenta de las Cortes Milagrosa Martínez -aún diputada del PP- una pena total de 11 años de prisión. Solicita como autora de "un delito continuado de prevaricación" la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por nueve años; como autora de un "delito continuado de malversación de caudales públicos" la pena de siete años de prisión e inhabilitación absoluta por 16 años; y como autora de un "delito de cohecho", otros cuatro años de prisión, así como 5.000 euros de multa e inhabilitación especial para el desempeño de empleo o cargo público durante nueve años.

Para la sucesora de Milagrosa Martínez al frente de la Conselleria de Turismo, Angélica Such, pide que se le imponga una inhabilitación especial de nueve años para empleo o cargo público "como autora de un delito continuado de prevaricación administrativa".

En cuanto a los cerebros de la trama 'Gürtel', la Fiscalía pide por estos hechos concretos, en relación a la adjudicación de los contratos de los stands de Fitur a Orange Market, una pena de 14 años de prisión para Francisco Correa, y Álvaro Pérez 'El Bigotes', 15 años y medio para Pablo Crespo, 10 años y nueve meses para Mónica Magariños y 12 años y tres meses de cárcel para Isabel Jordán y Cándido Herrero.

A todos ellos se les acusa de un delito continuado de tráfico de influencias para la comisión de un delito continuado de prevaricación, así como de malversación de caudales públicos. En el caso de Correa, Crespo y 'El Bigotes, se les considera responsables además de un delito de cohecho, mientras que el propio Crespo, junto con Isabel Jordán y Cándido Herrero son acusados también por falsificación de documento oficial.

Para los acusados Francisco Correa, Pablo Crespo y Álvaro Pérez se solicita además la inhabilitación absoluta por tiempo de 15 años, así como la inhabilitación absoluta de diez años para Isabel Jordán, Mónica Magariñoa y Cándido Herrero.

En el escrito del fiscal se incluye la petición de una pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por nueve años para el ex jefe de gabinete de la Conselleria de Turismo, Rafael Betoret, como autor de un delito continuado de prevaricación administrativa.

Y para los ex funcionarios de Turismo Isaac Vidal, Jorge Guarro y Ana Mª Grau se piden penas de cárcel de once, siete y siete años respectivamente, por delitos de prevaricación en todos los casos, malversación de caudales públicos en los dos primeros, falsedad en documento oficial en el caso de Isaac Vidal y Ana Mª Grau y cómplice del delito de malversación de caudales públicos en el caso concreto de Grau. En este sentido, la Fiscalía pide 26 años de inhabilitación para Isaac Vidal, 23 años para Jorge Guarro y 19 años para Ana Mª Grau.

Además

viernes, 14 de diciembre de 2012

"CASO CAMAS"; CATORCE MESES DE PRISIÓN PARA LOS CUATRO CONDENADOS


Agustín Pavón y Antonio Enrique Fraile, tras conocer el veredicto. | Conchitina
TRIBUNALES | Intento de soborno a una concejal



Europa Press | Sevilla

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a 14 meses de cárcel y al pago de una multa de 15.000 euros al ex alcalde de Camas (Sevilla) Agustín Pavón (IULV-CA), al ex concejal del PP Antonio Enrique Fraile, al ex edil del PA José del Castillo y al empresario Eusebio Gaviño por el presunto intento de soborno a la concejal del Ayuntamiento Carmen Lobo.

Según han informado fuentes judiciales, la sentencia notificada este martes por la Audiencia de Sevilla tras el veredicto de culpabilidad de un jurado popular condena también a los acusados a inhabilitación por empleo y cargo público por el mismo periodo de 14 meses. La Fiscalía pidió en el juicio para cada uno de los imputados 18 meses de cárcel y el pago de una multa de 24.000 euros.

Además

lunes, 10 de diciembre de 2012

JUZGAN AL EX ALCALDE Y A TRES CONCEJALES DE CANTILLANA POR SU "DEJADEZ" URBANÍSTICA


TRIBUNALES | Siete años de inhabilitación para desempeñar cargo público
El fiscal dice que ninguno actuó contra más de un centenar de infracciones
Hicieron oídos sordos al aviso de la arquitecta municipal y la Guardia Civil
Los imputados son José Eduardo Reina (PSOE) y tres delegados de Urbanismo

Efe | Sevilla

La Fiscalía ha pedido condenas de hasta siete años de inhabilitación para José Eduardo Reina Hidalgo (PSOE), ex alcalde de Cantillana (Sevilla), y tres ex concejales de Urbanismo, a los que imputa presuntos delitos de prevaricación y de omisión del deber de perseguir delitos por su "dejadez" ante viviendas ilegales.

El escrito de acusación les imputa por su "dejadez de funciones" ante las numerosas construcciones ilegales en distintos parajes del pueblo, pese a que les habían advertido tanto la arquitecta técnica municipal como la Guarda Civil en una reunión.

La Fiscalía dirige la acusación contra el alcalde entre 1995 y 2011, José Eduardo Reina, y los ex concejales de Urbanismo Enrique Barrera Jiménez (1995-2007), Manuel Naranjo Barrera (2007-2008) y Antonio Maqueda Ruiz (2008-2011).

Según la acusación, ninguno de ellos denunció ante las autoridades competentes, "como estaban obligados a hacerlo por sus cargos", las presuntas infracciones penales por las construcciones ilegales realizadas en los años 2007 y 2008 "en un número superior a cien".

Se trata de viviendas contrarias al ordenamiento levantadas en los parajes conocidos como Urbanización Huerta Alta, finca Recache, camino de El Palmitero, finca La Cirujana, aldea de Pajares, margen izquierdo y derecho de la carretera Cantillana-Villaverde, carretera de Cantillana a El Pedroso y zona denominada El Basurero del Chorrito.

Dichas zonas están calificadas como suelo no urbanizable de especial protección, zona de la Vega del Guadalquivir y de protección de complejos ribereño de interés ambiental de El Viar, según las Normas Subsidiarias Municipales de Cantillana.

Los acusados "no comunicaron la existencia de presuntas infracciones penales a las autoridades judiciales o fiscales y Guardia Civil", dice el fiscal, "lo que dio lugar a una investigación policial a partir de febrero de 2011 en la que se procedió a la imputación de 71 personas por construcciones ilegales en cuarenta parcelas".

Además, el exalcalde y el exconcejal Maqueda están acusados de otra licencia otorgada en junio de 2009 para la realización de unos boxes en una parcela, pese a que existía un informe desfavorable de la arquitecta municipal.

Por este segundo delitos de prevaricación urbanística, el fiscal de Medio Ambiente y Urbanismo reclama para cada uno de ellos 7 años de inhabilitación y una multa de doce meses con cuota diaria de 12 euros, lo que equivale a 3.600 euros.

A todos los imputados les acusa además de otro presunto delito de omisión del deber de perseguir delitos, por el que solicita un año de inhabilitación especial para empleo o cargo público.

miércoles, 7 de noviembre de 2012

"CASO MERCASEVILLA"; 21 MESES DE INHABILITACIÓN PARA EL ALTO CARGO DE LA JUNTA POR PEDIR UNA COMISIÓN ILEGAL

Antonio Rivas, tras conocer el veredicto del jurado. | C. Márquez
Primeras condenas

El fallo condena a dos ex directivos de la empresa y al ex delegado de Empleo
Deberán pagar una multa de 600.000 euros por el intento de extorsión

María Rionegro | Sevilla

La primera sentencia del 'caso Mercasevilla' tiene nombre propio: Antonio Rivas, ex delegado provincial de Empleo bajo los mandatos de Manuel Chaves y José Antonio Griñán. El juez lo ha condenado al pago de una multa de 600.000 euros y a 21 meses de inhabilitación por haber cometido un delito de corrupción.

La sentencia, que se ha notificado esta mañana a las partes, se extiende también a los ex directivos de Mercasevilla Fernando Mellet y Daniel Ponce, condenados a la misma pena. Todos ellos han sido declarados culpables por solicitar una 'mordida' de 450.000 euros a dos empresarios.

Después de que el jurado popular los declarara culpables de un delito de cohecho -la cuarta procesada, Regla Pereira, fue absuelta-, el juez Ángel Márquez los ha condenado a una multa de 600.000 euros, rebajando así la petición de la Fiscalía de Sevilla, que solicitaba a cada uno de ellos 900.000 euros de multa.

Además, el magistrado de la Audiencia Provincial precisa que en caso de impago, los condenados serán castigados con una pena de cárcel de doce meses. Igualmente, los tres son condenados a 21 meses de inhabilitación como cargo público.

Uno de los datos llamativos de la sentencia es que el juez ha ordenado deducir testimonio contra Consuelo Velázquez, ex secretaria de Rivas y testigo en el juicio, para esclarecer si ha incurrido en un presunto delito de falso testimonio.

El ex delegado de Empleo dimitió de este cargo tras llevar nueve meses imputado en el 'caso Mercasevilla', un proceso judicial que le ha supuesto ser el primer alto cargo de la Junta de Andalucía en ser condenado por un delito de corrupción.

El 'caso Mercasevilla' se destapó a raíz de que los dueños del grupo La Raza denunciaran que los directivos del mercado central le habían solicitado una comisión ilegal de 450.000 euros a cambio de explotar una escuela de hostelería, un proyecto subvencionado por la Consejería de Empleo con 900.000 euros.

Además

lunes, 29 de octubre de 2012

DIMITE UN ALCALDE DE MURCIA QUE "COMPRÓ VOTOS A CAMBIO DE TRABAJO"


El alcalde de Fortuna, Matías Carrillo, anuncia su dimisión. / Israel Sanchez (EFE)
El Supremo ratifica una condena de inhabilitación contra Matías Carrillo, del PP

Javier Ruiz Murcia


El alcalde de Fortuna, localidad murciana de 10.000 habitantes, “ofreció trabajo municipal y vales de comida a ciudadanos del municipio para que le votaran” en 2003 y ganó la alcaldía por mayoría absoluta “merced a esas recompensas y promesas”. Lo dijo primero la Audiencia Provincial de Murcia —hace ahora un año y medio que emitió sentencia condenatoria, más dura que la del Supremo— y ahora lo ha ratificado el alto tribunal, circunstancia que ha obligado a Matías Carrillo (PP) a dimitir de todos sus cargos públicos y a dejar el Partido Popular de Murcia. La condena por delito electoral es de cinco años de inhabilitación para el ejercicio del cargo de regidor, concejal “o cualquier otro de elección democrática”.

El resultado de aquellas elecciones de 2003 fue muy ajustado. El PP obtuvo la mayoría absoluta y siete concejales, frente a cuatro del PSOE y dos de IU, pero no los habría conseguido sin los votos por correo —más de 400— que recabó una concejal, también condenada, por trabajar para ello “en colaboración con el alcalde”. En las anteriores elecciones habían votado por correo sólo 100 personas y el incremento alertó a IU en Fortuna, que denunció el caso.

En el texto de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia de hace un año y medio aparecen los casos de algunas personas que IU de Fortuna y su abogado, Joaquín Dólera, denunciaron como “casos flagrantes de compra de votos.” Aparecen por ejemplo los nombres de “Primitivo, quien a cambio de votar por correo al Partido Popular fue contratado por el Ayuntamiento como auxiliar de mantenimiento de vías públicas”, o el de “Pura, a la que se la contrató como limpiadora después de haber entregado toda la documentación necesaria en relación al procedimiento completo del voto por correo.”

También está el caso de “Andrea, quien, ante la expectativa generada por la concejal de que le iban a proporcionar un puesto de trabajo en el Ayuntamiento a cambio de su voto entregó toda la documentación necesaria del procedimiento completo del voto por correo si bien, finalmente, no fue contratada por el Ayuntamiento”.

Así hay hasta seis casos más declarados probados por la sentencia. Según la acusación fueron varios cientos de personas en el pueblo los que “eran abordados, a veces por la calle, o en la sede del PP de Fortuna, solicitándoles el DNI suyo y el de sus padres para obtener así su voto por correo y destinarlo al Partido Popular a cambio de un puesto de trabajo en el Ayuntamiento de dicha localidad”.

El Supremo ha condenado a la concejala que hacía los ofrecimientos y al alcalde por actuar “en colaboración” con ella. Eso sí, absuelve al regidor de los cargos de prevaricación que también se presentaban contra él. Su dimisión se ha producido 24 horas después de conocerse la sentencia. El primer edil ha agradecido el apoyo de sus vecinos en todo este tiempo y, al ser preguntado por su futuro, ha dicho que se tomará “unos días de descanso antes de volver a su trabajo como cartero en Correos”. Carrillo siempre ha mantenido su inocencia y negó tanto en la Audiencia como después ante el Supremo que participara en operación alguna de compra de votos.

El PP de Murcia, a través de un comunicado de su vicesecretario general de Comunicación, Francisco Bernabé, ha afirmado que "se valora el ejercicio de responsabilidad del que Matías Carrillo ha hecho gala ante este acontecimiento al dimitir antes de que el partido tuviera que hacer lo que dicen sus estatutos".

Por su parte, el abogado de IU en Murcia Joaquín Dólera se ha felicitado hoy por la sentencia y ha dicho que, “como dice la canción cubana, se acabó la fiesta y el alcalde que ganó con métodos fraudulentos dejará de serlo”. Según Dólera es muy raro que el alcalde ayer celebrara una supuesta sentencia absolutoria sin conocerla. El abogado ha reconocido que cuando vio la noticia en los medios, él no tenía notificada la sentencia a pesar de ser parte del proceso, “cosa que no es lo habitual”.

Sobre el texto judicial ha recordado que la Audiencia Provincial y el Supremo "han sido benevolentes con Carrillo a la hora de acusarle" porque finalmente se libra del delito de prevaricación. Y añade: “Como curiosidad jurídica, la sentencia del Supremo pudo haberlo inhabilitado como funcionario público de cualquier tipo y no lo ha hecho. Si hubiera sido así, no podría ejercer como cartero, su anterior oficio antes de ser alcalde.”

El secretario general del PSOE de Murcia, Rafael González Tovar, ha dicho que es “vergonzoso que se haya cometido en Murcia uno de los delitos peores en democracia como es el de la compra de votos”. Señala que es “muy triste que un político use las necesidades humanas para conseguir votos” y añade que “cuando salió la sentencia de la Audiencia Provincial hace un año y medio, el presidente Valcárcel debería haber exigido que Matías Carrillo se marchara”.

NOTICIAS RELACIONADAS
EN EL PAÍS

EN OTROS MEDIOS