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viernes, 22 de marzo de 2013

CARLOS FABRA SERÁ JUZGADO POR TRÁFICO DE INFLUENCIAS, COHECHO Y DELITO FISCAL


Carlos Fabra, ex presidente del PP de Castellón, en una imagen de archivo.

TRIBUNALES | Tras diez años de instrucción
Se abre juicio oral contra él después de más de diez años de instrucción
El juzgado de Nules ha tenido nueve titulares en los últimos ocho años
Se juzgará al empresario Vicente Vilar, su ex mujer y la ex mujer de Fabra
Vilar denunció en 2003 a Fabra por cobrarle cantidades millonarias a cambio de mediar ante el Gobierno para legalizar los fitosanitarios que fabricaba

Rodrigo Terrasa | Valencia

El titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Nules, Jacobo Pin, ha decretado la apertura de juicio oral contra el ex presidente de la Diputación de Castellón, ex presidente del PP de la provincia, secretario general de la Cámara de Comercio y actual presidente de la sociedad pública Aerocas (que gestiona el aeropuerto de Castellón) por un presunto delito continuado de tráfico de influencias, un delito continuado de cohecho y cuatro delitos contra la Hacienda Pública.

También serán juzgados por cohecho el empresario castellonense Vicente Vilar, que fue quien se querelló contra Fabra, y su ex esposa, Monserrat Vives. Y será juzgada por tres delitos fiscales la ex esposa de Fabra, María Amparo Fernández.

El juez da un plazo de diez días para que las partes fijen sus escritos de acusación y, posteriormente, fijará la fecha para el juicio. La Fiscalía Anticorrupción y la acusación popular solicitaron entre entre 15 y 20 años de cárcel para Fabra.

El auto es firme y contra él no cabe recurso, excepto a lo relativo a la situación personal de los acusados, que el juez ha decidido mantener, al igual que las fianzas impuestas. El instructor la había fijado en 4,2 millones para Fabra, aunque la Audiencia castellonense la rebajó en un millón, hasta los 3,21 millones.

El mes pasado, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo acordó por unanimidad dar "absoluta libertad" al juez responsable del 'Caso Fabra' para volver a dictar auto de apertura de juicio incluyendo a las personas que considere oportuno y los delitos que se les imputan.

Se pronunció después de que la Fiscalía Anticorrupción, la Abogacía del Estado y la Unión de Consumidores de la Comunidad Valenciana recurrieran el auto de la Audiencia Provincial de Castellón que descartaba el pasado mes de mayo el delito de cohecho tras un recurso del propio Carlos Fabra. Ese auto motivó que el pasado 22 de mayo la Audiencia de Castellón devolviera al juzgado de instrucción número 1 de Nules las diligencias al no considerarse competente para juzgar una causa que se instruye desde diciembre de 2003.

Hace un año el juzgado de Nules ya acordó la apertura de juicio oral contra Fabra y le impuso una fianza de 4,2 millones para hacer frente a los supuestos delitos de cohecho, tráfico de influencias y contra la hacienda pública. Pero el político del PP apeló contra su imputación por cohecho.

Diez años de instrucción
El 'caso Fabra' arrancó en diciembre del año 2003 cuando Vicente Vilar, un empresario de Castellón y hasta entonces amigo íntimo de Carlos Fabra, se querelló contra el entonces presidente de la Diputación de Castellón por, según acusaba, haberle cobrarle cantidades millonarias a cambio de su mediación ante los ministerios para legalizar los fitosanitarios que fabricaba su empresa.

La Fiscalía asegura que el día 12 de julio de 1999 Fabra mantuvo una reunión con el entonces ministro de Agricultura Jesús Posadas, el ex secretario de Hacienda y diputado del PP Juan Costa, el diputado Juan José Ortiz y el senador Miguel Vicente Prim, en la que se abordó la solicitud de Vilar.

El 18 de octubre de ese año, la empresa de Vilar obtuvo la licencia para comercializar los productos, tras lo que Fabra le pidió que le pagara 25 millones de pesetas, según el fiscal.

Un mes después de la primera denuncia, el Juzgado de Instrucción 1 de Nules ya ordenaba investigar a Fabra por supuestos delitos contra la Administración Pública (cohecho, tráfico de influencias y negociaciones prohibidas).

A raíz de esta acusación, Hacienda denunció a Fabra por supuestas irregularidades en la declaración de la renta del año 1999, y tras ello el juez acordó que se investigaran sus cuentas desde ese año hasta 2004.

Anticorrupción afirma que entre 1994 y 2004, Fabra y su esposa tuvieron ingresos que ocultaron a Hacienda y que no se corresponden ni con el patrimonio ni con la renta que declararon.

Nueve jueces en ocho años
Durante diez años, el caso se ha eternizado en los juzgados de Nules, que ha tenido nueve titulares en los últimos ocho años, mientras el PP de Castellón revalidaba sus éxitos elección tras elección sin el menor desgaste.

En marzo de 2010, Fabra dejó temporalmente la política para someterse a una intervención médica por un grave problema hepático. Javier Moliner le sustituyó al frente de la Diputación y le relevó también en julio de 2012 al frente del PP provincial tras 22 años de Carlos Fabra en el cargo.

Fabra es aún el secretario general de la Cámara de Comercio de Castellón y el presidente de Aerocas, la sociedad pública que gestiona el aeropuerto sin aviones de Castellón.

Además

jueves, 7 de febrero de 2013

"CASO FABRA"; EL TRIBUNAL SUPREMO DA VÍA LIBRE PARA PODER ENCAUSAR A CARLOS FABRA POR DELITO DE COHECHO

El expresidente del PP de Castellón y de la diputación, Carlos Fabra. Foto:FLICKR/ppcv


En el denominado "caso Fabra" se investiga al expresidente provincial del PP de Castellón Carlos Fabra por delitos de cohecho, tráfico de influencias y contra la hacienda pública.


El Tribunal Supremo ha dado vía libre al juez de instrucción de Nules (Castellón) para que "con absoluta libertad de criterio" pueda abrir juicio oral a Carlos Fabra (expresidente del PP de Castellón) por los delitos que se le imputan, incluido el de cohecho, que había sido excluido por la Audiencia de Castellón.

La Sala de lo Penal del Supremo ha adoptado esta decisión por unanimidad tras admitir los tres recursos de casación presentados por la Abogacía del Estado, el fiscal y la Unión de Consumidores de la Comunidad Valenciana contra la decisión de la Audiencia de Castellón de excluir el delito de cohecho en este caso.

Según ha informado el tribunal en una nota de prensa, recogida por EFE, el Supremo, tras deliberar toda la mañana, ha acordado remitir las actuaciones al juez de instrucción número uno de Nules para que con absoluta libertad de criterio dicte nuevo auto de apertura de juicio oral. Ese auto debe incluir a "las personas contra las que se abre y los delitos que se les imputan, concretando el tipo de procedimiento y teniendo en cuenta las reglas de conexión delictivas", dice el Supremo.

En el denominado "caso Fabra" se investigó al expresidente provincial del PP de Castellón Carlos Fabra por delitos de cohecho, tráfico de influencias y contra la hacienda pública.

Tráfico de influencias respecto a Naranjax
La Audiencia de Castellón estimó un recurso de Fabra y descartó el delito de cohecho en esta causa, decisión que ahora revoca el Supremo, que deja libertad para incluirlo en el procesamiento al instructor de la causa.

El Juzgado número 1 de Nules, que ha tenido nueve titulares en los últimos ocho años, dio por concluida a principios de 2012 la instrucción de esta investigación, abierta en diciembre de 2003 tras dos querellas presentadas contra Fabra por el empresario Vicente Vilar, titular de Naranjax, una mercantil de productos fitosanitarios.

Naranjax tenía pendientes de aprobación varios productos por parte de los Ministerios de Agricultura y de Sanidad, y Vilar trató de contactar con Fabra a través de sus respectivas esposas, Monserrat Vives y Amparo Fernández, que eran amigas.

lunes, 21 de enero de 2013

EL TS REVISA EN VISTA PÚBLICA EL 7 DE FEBRERO LA EXCLUSIÓN DEL DELITO DE COHECHO EN EL "CASO FABRA"


JUSTICIA | Decide si declara nula la apertura de juicio oral
La pena aparejada a ese delito podría alcanzar los seis años de prisión

Europa Press | Castellón

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo revisará en vista pública el próximo 7 de febrero la decisión de la Audiencia Provincial de Castellon de devolver al juzgado de instrucción de Nules la causa contra el expresidente provincial del PP en la provincia Carlos Fabra por el denominado caso Fabra.

La decisión de la Sección Primera de la Audiencia de Castellón data del pasado 18 de mayo, y fue adoptada tras haber resuelto previamente otro tribunal de este órgano, el de la Sección Segunda, que los hechos imputados al ex dirigente del PP no eran constitutivos de un delito de cohecho.

La decisión que se revisará por el alto tribunlal es, concretamente, la de declaración de nulidad parcial del auto de apertura de juicio oral, que obliga al instructor de Nules a que redacte otro en el que se concreten los delitos sobre los que debe seguirse la causa y sobresea los que no lo son.

Todo este embrollo procesal tiene su origen en el recurso que la defensa de Carlos Fabra presentó contra un auto en el que se basó el juzgado de Nules para determinar la apertura de juicio contra su patrocinado, su ex mujer y otros dos acusados, con la descripción de hechos, que las acusaciones calificaron con posterioridad como cohecho, tráfico de influencias y contra la hacienda pública.

La Sección Segunda excluyó el cohecho
El juzgado de Nules, sin esperar a conocer la decisión del recurso de los imputados y al haber dictado ya el auto de apertura del juicio oral, remitió el 20 de abril el procedimiento completo a la Audiencia Provincial, que fue turnado a la Sección Primera. Esta sala acordó, con carácter previo a cualquier otro trámite, esperar a lo que resolviera la sección Segunda respecto del recurso de apelación, y esta segunda sala excluyó el cohecho.

La pena aparejada a ese delito podría alcanzar los seis años de prisión, por lo que al excluirse, la competencia para el enjuiciamiento de la causa no sería de la Audiencia sino del juzgado de lo penal por el resto de acusaciones.

Recurso de la Fiscalía
El recurso del Miniterio Público que será revisado el próximo 7 de febrero se presenta por dos motivos: la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y por infracción de ley.

Respecto a la primera cuestión, la Fiscalía entiende que la Audiencia Provincial acordó una nulidad parcial del auto de apertura de juicio oral elevado por el juzgado de instrucción, decretando el sobreseimiento respecto del delito de cohecho, una situación procesal que, a juicio del ministerio público, "genera indefensión, puesto que se adoptó sin dar audiencia ni al fiscal ni al resto de las partes".

Además, el fiscal plantea recurso por infracción de ley, ya que considera que los hechos que se describen en el auto de apertura de juicio oral son "constitutivos del delito de cohecho, y no de tráfico de influencias, como lo califica la Audiencia Provincial en un auto anterior".

La decisión de Sección Segunda de la Audiencia castellonense que ahora hay que revisar se fundamentaba en que el cohecho exige que la actuación pretendida de la autoridad o funcionario público y ofrecida por éste sea "en el ejercicio de su cargo".

Al respecto, defendía que el hecho de que "alguien, abusando de su cargo y fuera de las competencias del mismo, vaya constantemente investido de tal y lo pueda utilizar para alcanzar contactos que de otra manera no podría conseguir como privado, sería tráfico de influencias, pero no cohecho".

miércoles, 6 de junio de 2012

EL JUEZ DEL "CASO FABRA" SÍ APRECIA INDICIOS DE COHECHO Y ADVIERTE "INCOHERENCIA" EN LA AUDIENCIA

TRIBUNALES | Vuelve a decretar la apertura de juicio oral
Señala que la Audiencia debió sobreseer el cohecho en autos anteriores
Asegura que no puede más que 'volver a decretar la apertura del juicio oral'

Europa Press | Castellón

El Juzgado de primera instancia e Instrucción número 1 de Nules ha acordado elevar consulta a la sección primera de la Audiencia Provincial de Castellón para que aclare si con su auto de 18 de mayo ha sobreseído la causa contra el presidente del PP de Castellón, Carlos Fabra, respecto de los delitos de cohecho y si estima competente al juzgado de lo penal correspondiente para enjuiciarla.

Esa resolución de la sección primera de la Audiencia anulaba el auto de apertura de juicio oral que dictó el instructor en lo referente al supuesto delito de cohecho del caso Fabra, en el que el presidente del PP de Castellón y ex presidente de la Diputación está acusado por presuntos delitos de tráfico de influencias y contra la hacienda pública.

El juzgado de Nules considera, en un auto difundido por el Tribunal Superior de Justicia, que la resolución de la Audiencia adolece de una "imprecisión", por lo que pide la aclaración de ciertas cuestiones. Así, indica que, a la vista de que las partes calificaron los hechos como cohecho, tráfico de influencias y delito fiscal, acordó la apertura del juicio oral por esos delitos y contra los acusados.

Sin embargo, según el juez instructor, la sala entiende que se desprenden "objeciones de imprecisión y tipificación" respecto de una eventual calificación de parte de los hechos conforme al tipo penal de cohecho. El juez apunta que el tribunal realiza estas precisiones "en previsión" de la calificación que hagan las acusaciones, pero "sin que se hayan modificado los hechos declarados punibles", que conocían los acusados desde su imputación y sin que la Audiencia, en ninguna de las "múltiples resoluciones" emitidas, los haya sobreseído.

Advertencia
Por lo que se refiere a las valoraciones de la sala segunda sobre que de los hechos declarados punibles no se puede desprender una calificación de cohecho, -argumento empleado por la sección primera para declarar la nulidad parcial del auto de apertura del juicio oral-, el magistrado Jacobo Pin estima que son precisiones que se realizan dentro de las resoluciones que ha dictado este tribunal y "que carecen de plasmación en la parte dispositiva".

Por tanto, sostiene que sólo pueden ser entendidas como "advertencia de cuál es la postura de la propia sala frente a una eventual calificación jurídica de los hechos efectuada por las partes". El instructor señala que en ninguna de las resoluciones dictadas por la sección segunda de la Audiencia Provincial en esta causa se determina el sobreseimiento respecto de los ahora acusados por alguno de los delitos imputados durante la instrucción o, posteriormente, en fase de calificación.

"En consideración a esto, la propia Audiencia deja en manos del instructor, a través del cauce previsto en el artículo 783 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la apertura o no de juicio oral por los delitos calificados por las partes, y son los hechos fijados por las acusaciones, no excluidos por una resolución de sobreseimiento, sobre los que debe decidir su competencia la Audiencia Provincial", aclara el juez instructor.

El instructor señala respecto a la cuestión de si de los hechos declarados punibles en su auto de 23 de diciembre de 2011 pueden ser o no constitutivos de un delito de cohecho que se debe limitar a recoger aquellos indicios que permitan entrever la comisión de unos hechos tipificados como infracciones penales, "pero sin entrar a calificarlos más que para controlar lo alegado por las partes personadas y decidir sobre la continuidad o no del procedimiento".

Por ello, el juez concluye que sí se aprecian indicios racionales de criminalidad presuntamente constitutivos del delito de cohecho en los hechos punibles contenidos en el auto de 23 de diciembre de 2011, "ratificados íntegramente por la sección segunda de la Audiencia Provincial de Castellón mediante otra resolución y que se desprenden de las extensas diligencias instructoras practicadas".

Flagrante incoherencia
Al respecto, el juez aclara que si en este momento, ante el nuevo traslado de la causa efectuado por la Audiencia Provincial "sin determinar con precisión sus disposiciones y sin que en la causa se hubiesen practicado otras diligencias distintas de las tenidas en cuenta para dictar el auto ahora anulado", determinase que no aprecia indicios del delito de cohecho, incurriría en una "flagrante incoherencia que carecería de justificación".

El instructor entiende que la comisión efectiva o no de un delito de cohecho por los acusados es algo que debe ser determinado tras el correspondiente juicio oral, después de desplegar las partes toda su actividad probatoria, "con estricto respeto a las garantías procesales, sin que, en este momento, quepa otro pronunciamiento que el de concluir que concurren indicios racionales de criminalidad constitutivos de un presunto delito de cohecho en el actuar de algunos de los acusados".

Pero el juez asegura que el auto de la sección primera de la Audiencia Provincial le coloca en una posición procesal que exige que por parte de dicho órgano judicial se determine expresamente el curso que debe darse a la causa, dado que, por un lado, "parece desprenderse que la sección primera no está de acuerdo con la calificación de hechos efectuada por las partes, y desea que el instructor dicte otra resolución en unos términos diferentes".

Por ello, el instructor destaca que, al aprecia indicios de delito cuya competencia correspondería a la Audiencia Provincial y al haberse descartado por ese mismo tribunal la competencia del jurado, no puede más que volver a decretar la apertura del juicio oral de conformidad con lo calificado por las partes acusadoras y remitir la causa al órgano judicial que estime competente, en este caso, la Audiencia Provincial, "para evitar vulnerar el derecho de las partes acusadoras a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías".

jueves, 24 de mayo de 2012

ANTICORRUPCIÓN RECURRE LA EXCLUSIÓN DEL DELITO DE COHECHO EN EL "CASO FABRA"

Carlos Fabra fue presidente de la Diputación de Castellón hasta el mes de mayo. / angel sánchez
La Audiencia de Castellón devolvió la causa al juzgado para eliminar el delito

María Fabra Castellón

La Fiscalía Anticorrupción ha presentado un escrito ante la Audiencia de Castellón en el que anuncia la presentación de un recurso contra la decisión de este audiencia de excluir el delito de cohecho en el “caso Fabra”, en el que el presidente del PP provincial y expresidentes de la Diputación, Carlos Fabra, está acusado también de tráfico de influencias y cuatro fraudes fiscales.

Así lo ha anunciado la fiscalía en comunicado en el que explica que presentará el recurso de casación en las próximas semanas y que este será elaborado por la Fiscalía del Tribunal Supremo.

La Sección Primera de la Audiencia de Castellón, en una resolución realizadas de oficio, decidió devolver la causa, tras más de ocho años de instrucción, al juzgado de Nules, en donde se inició la investigación después de que un empresario acusara a Fabra de cobrarle “cantidades millonarias” a cambio de favores políticos. La Audiencia se basó en otros escritos de la Sección Segunda para exigir al juez una rectificación sobre las acusaciones formuladas contra el dirigente del PP y requirió que se excluyera el delito de cohecho. Esta decisión ha provocado la reacción de la Fiscalía Anticorrupción, que recurrirá la exclusión de este delito y, por tanto la nulidad del auto de apertura de juicio oral, con el que Fabra se acercaba al banquillo de los acusados.

La Fiscalía y la acusación mantienen que utilizó su cargo de presidente de la Diputación de Castellón

Tanto la fiscalía como la acusación popular, que representa a la Unión de Consumidores UCE, alegaron que Carlos Fabra utilizó su cargo como presidente de la Diputación para mediar ante los Ministerios de Agricultura y Sanidad con el fin de tratar de agilizar la fabricación de productos sanitarios reclamada por un, entonces, amigo. La acusación ha anunciado que también recurrirá la decisión de la Audiencia provincial.

En cualquier caso, recurso supondrá un nuevo retraso en la resolución de la causa, después de que el 20 de enero, el juzgado de Instrucción número 1 de Nules acordara la apertura del juicio oral contra Carlos Fabra, al que impuso una fianza de 4,2 millones de euros por supuestos delitos de cohecho, tráfico de influencias y contra la hacienda pública.

El Juzgado número 1 de Nules, que ha tenido nueve titulares en los últimos ocho años, dio por concluida el pasado mes de diciembre la instrucción de esta investigación, abierta en diciembre de 2003.

El Supremo rechaza otro recurso de Carlos Fabra por la filtración de sus datos fiscales

Mientras Carlos Fabra se mostraba ayer "satisfecho" y con "ganas de luchar" después de que la Audiencia Provincial descartara el delito de cohecho que se le imputaba, hoy, además de conocer la decisión de Anticorrupción de recurrirlo, se ha topado también con una resolución del Tribunal Supremo que desestima uno de sus recursos. En este caso, se mostró en contra de la decisión de la Agencia de protección de dato de no sancionar las filtraciones sobre el expediente fiscal en el que se le atribuyó, a él y a la entonces su esposa, un fraude de más de un millón de euros. El Supremo ha rechazado el recurso.

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miércoles, 18 de abril de 2012

EL "CASO FABRA" SALE DE NULES PARA SER JUZGADO EN LA AUDIENCIA DE CASTELLÓN


Carlos Fabra, junto a su retrato en 2011 / ANGEL SÁNCHEZ
La sala fijará la fecha del juicio, ocho años y medio después de iniciar la causa

María Fabra Castellón



Las diligencias del llamado “caso Fabra” se han cerrado y la instrucción ha salido ya del juzgado número 1 de Nules, camino de la Audiencia provincial de Castellón, donde ha de ser juzgado. Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), cuando el sumario llegue a la Audiencia, la sala que se fije como competente en el caso tendrá que admitir la causa. Además, habrá que esperar a la resolución de dos recursos de apelación que aún están pendientes y, cuando estos se hayan resuelto, será cuando se señale la celebración de juicio.

Después de ocho años y medio, el caso Fabra abandona el juzgado de Nules ante el que Vicente Vilar, el empresario que acusó al entonces presidente de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra, de cobrarle cantidades millonarias a cambio de favores políticos, presentó la denuncia que dio lugar al caso.

Carlos Fabra está acusado de tráfico de influencias, cohecho y cuatro delitos fiscales, por los que la fiscalía pide 13 años de cárcel, que la acusación popular eleva a 20. Además, el juez ha fijado una fianza de 4,2 millones de euros como depósito que garantice la responsabilidad que se le atribuirá si es condenado por las acusaciones que, en el caso de fraude, según los peritos de Hacienda, ascendió a 1,2 millones de euros que el entonces matrimonio Fabra dejó de pagar a las arcas públicas.


miércoles, 14 de marzo de 2012

IMPONEN UNA FIANZA DE 800.000 EUROS AL EXSENADOR MIGUEL PRIM IMPUTADO EN EL "CASO FABRA"

Miguel Prim, en el centro de la imagen. | ELMUNDO.es
TRIBUNALES | Por presunto delito de tráfico de influencias

Castellón

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 1 de Nules (Castellón) ha impuesto una fianza por responsabilidad civil de 800.000 euros al ex senador del PP Miguel Vicente Prim Tomás, por un presunto delito de tráfico de influencias en la misma causa abierta contra el presidente del PP de Castellón, Carlos Fabra, según han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

La Audiencia Provincial de Castellón ordenó al juez de Nules imputar al que fuera entonces senador por el Partido Popular, Miguel Prim, con posterioridad, en el mismo caso Fabra que investigaba cohecho, tráfico de influencias y fraude fiscal al presidente del PP, su ex mujer María Amparo Fernández, el empresario Vicente Vilar y la ex mujer de éste, Montserrat Vives.

Ante el auto de apertura de juicio oral del caso Fabra que decretó el juez de Nules el pasado 20 de enero, el titular impone una fianza por posibles responsabilidades civiles de 800.000 euros a Prim.

Caber recordar que al ex presidente de la Diputación de Castellón y presidente del PP de Castellón le impuso ya una fianza de 4.270.859,60 euros al imputarle varios delitos fiscales, tráfico de influencias y cohecho. Su ex mujer, María Amparo Fernández, responde con 1.718.192,80 euros y el empresario Vilar y su ex mujer, con 800.000 euros cada uno.

Prim, en su condición de senador por Castellón, habría presionado a altos funcionarios del Ministerio de Agricultura para que agilizasen la concesión de licencias a los productos fitosanitarios, entre ellos los de las empresas del ex socio de Carlos Fabra, Vicente Vilar y Montserrat Vives.

Carlos Fabra presentó una lista de bienes para su embargo a fin de cubrir la fianza y se mostró convencido ante los periodistas de que sería absuelto.

Antecedentes del caso Fabra
En diciembre de 2010, la Audiencia Provincial de Castellón acordó sobreseer la causa contra Fabra y su ex esposa por cuatro de los cinco delitos fiscales, supuestamente cometidos entre 2000 y 2003, por entender que habían prescrito.

Sin embargo, el pasado 1 de diciembre, el Tribunal Supremo revocó esa decisión y ordenó reabrir la causa por delitos fiscales contra el dirigente popular y su ex mujer, una medida que Fabra ha recurrido ante el Constitucional.

El noveno titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Nules desde que se abrió esta causa, Jacobo Pin, ha decretado la apertura de juicio oral tras concluir el pasado 23 de diciembre la instrucción de la investigación abierta en 2003 contra Fabra, tras dos querellas presentadas contra él por el empresario Vicente Vilar.

El juez considera que hay indicios de que Fabra medió con las autoridades y funcionarios públicos para agilizar la tramitación y obtención de autorizaciones de productos fitosanitarios haciendo valer su condición de presidente de la Diputación.

Vilar era administrador de la empresa Naranjax, dedicada a productos fitosanitarios que eran a su vez sintetizados por la mercantil Arcavi, cuya titular era su esposa entonces, Monserrat Vives, quien habría pedido a su amiga Amparo Fernández que Carlos Fabra mediara para conseguir la aprobación de los productos, según el relato del magistrado.

A raíz de estas actuaciones Fabra se habría reunido con varios altos cargos, entre ellos el entonces senador Miguel Prim para tratar sobre los retrasos en la concesión de licencias para los fitosanitarios y poco después se aprobó la autorización para uno de estos productos.

Además la causa recoge que entre 1999 y 2004 Fabra y su mujer defraudaron a Hacienda más de 880.000 euros por parte del expresidente y más de 580.000 euros por parte de su esposa.

martes, 24 de enero de 2012

LA AUDIENCIA DE CASTELLÓN AMPLÍA EL "CASO FABRA" A UN EXDIPUTADO DEL PP

El presidente del PP provincial, Carlos Fabra acudió ayer a la misa en recuerdo de Fraga. / Domenech Castelló/Efe
Miguel Prim envió escritos al Ministerio de Agricultura para mediar por un empresario

María Fabra Valencia

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Después de casi dos meses, desde que se reunieron, a deliberar por primera vez, la Audiencia de Castellón ha decidido admitir la imputación de un nuevo dirigente del PP en el llamado caso Fabra. Así, amplía el número de imputados, que se limitaba a cuatro, al exdiputado y exsenador del PP por Castellón Miguel Prim. La acusación popular, que representa a la Unión de Consumidores, había pedido que se ampliara el número de imputados en el caso que llevará al expresidente de la Diputación de Castellón y aún presidente del PP provincial Carlos Fabra, al banquillo de los acusados. Solicitó que se imputara a varios ex altos cargos de la Administración central en la época de Aznar, responsables de los ministerios de Agricultura y Sanidad ante los que Fabra trató, supuestamente, de agilizar la autorización de los productos de su entonces amigo, el empresario Vicente Vilar, que acabó denunciándole por cobrarle “cantidades millonarias” a cambio de favores políticos.

Después de que la fiscalía pidiera el archivo para estos dirigentes, en diciembre de 2010, la Audiencia ha decidido atender, en parte, la solicitud de la acusación popular, por lo que Prim también será juzgado por tráfico de influencias.

La resolución de la Audiencia, incomprensiblemente larga, no provocó la paralización de otro plazo, el otorgado por el Juzgado de Primera Instancia de Nules para presentar los escritos definitivos sobre el caso Fabra después de que el Supremo revocara otra decisión de la Audiencia provincial que pretendió limitar a uno los delitos fiscales por los será juzgado. Sin embargo, la ampliación de las imputaciones sí que supondrá un leve retraso (apenas diez días), ya que las acusaciones habrán de ampliar su escrito de conclusiones. Fuentes consultadas aseguran que el nuevo encausado no puede recurrir la decisión de la Audiencia al Supremo, con lo que el juicio se mantendría para este año.

Prim fue el diputado a través del que Fabra, supuestamente, realizó gestiones ante el Ministerio de Agricultura, cuando esta cartera estaba bajo la dirección de Miguel Arias Cañete. La intención, según las acusaciones, era tratar de agilizar las autorizaciones para productos fitosanitarios que fabricaba y comercializaba Vicente Vilar, el empresario que acabó denuncia a Fabra por cobrarle cantidades millonarias a cambio de favores políticos. El entonces diputado remitió un escrito al ministro, que desembocó en la apertura de una investigación interna para determinar si había algún problema especial con las peticiones de autorización formuladas por Vilar. Además, el empresario desveló haber pagado una subvención a la falla del hijo de Prim cuando el hijo del ahora ex senador del PP, Miguel Prim, ocupaba el cargo de vicepresidente de la misma y que su pago fue "por el trabajo que Prim realizaba en los ministerios". La falla confirmó el pago pero la Audiencia considera que solo debe ser juzgado por tráfico de influencias.

Preparando la fianza
El dictamen de apertura de juicio oral contra Fabra señaló además la imposición de una fianza de 4,2 millones de euros para el presidente provincial del PP. La hija del encausado y también diputada por Castellón, Andrea Fabra, ha afirmado que su padre todavía no la ha aportado "porque hasta ayer no se le había notificado el auto a las partes afectadas". El presidente provincial del PP de Castellón está esta mañana reunido con su equipo jurídico, ha explicado su hija.

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viernes, 23 de diciembre de 2011

"CASO FABRA"; EL JUEZ IMPUTA CINCO DELITOS FISCALES A CARLOS FABRA QUE SUPONEN HASTA 9 AÑOS DE CÁRCEL

Fabra, saliendo del Juzgado de Nules, tras una declaración el año pasado. | E. T.
TRIBUNALES | También a su ex mujer

Cree que Fabra y su ex mujer ingresaron más de un millón de euros sin declarar
Las partes tienen un plazo de diez días para pronunciarse
Pueden solicitar apertura de juicio oral, sobreseimiento o más diligencias

ELMUNDO.es | Castellón

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 1 de Nules ha presentado este viernes el auto de conclusiones del caso Fabra por lo que cierra las diligencias previas en lo que se refiere a las acusaciones de presuntos delitos fiscales contra el ex presidente de la Diputación de Castellón y presidente del PP de esta provincia, Carlos Fabra y su ex esposa, María Amparo Fernández.

Según el auto aportado este viernes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el juez de Nules observa indicios de cinco delitos fiscales en las declaraciones de la Renta de Fabra y su ex esposa durante los años 1999 y 2003 y traslada sus conclusiones a las partes para que, en un plazo de diez días, soliciten apertura de juicio oral, sobreseimiento de la causa o que se practiquen nuevas diligencias.

Entiende el titular del Juzgado de Nules que los delitos fiscales que se le imputan al entonces matrimonio, por no declarar ingresos de más de un millón de euros entre ambos en las Rentas de 1999 a 2003, puede suponer una pena de cárcel no superior a nueve años.
 
Antecedentes de los hechos que argumenta el juez
Según el escrito del magistrado, las diligencias previas se remontan al año 1999. En el año 1999 el empresario Vicente Vilar, con antecedentes penales, era administrador único de la empresa Naranjax SL, con sede en Artana (Castellón), cuyo objeto social era la fabricación y formulación de productos fitosanitarios que, a su vez, eran sintentizados por otra empresa, Arcavi SL, cuya administradora única era su mujer Montserrat Vives.

Según el auto, la mercantil Naranjax tenía varios productos pendientes de aprobación administrativa ante los Ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación, y de Sanidad y Consumo, por lo que Vicente Vilar se puso en contacto con Carlos Fabra, entonces presidente de la Diputación de Castellón, a través de su mujer, la cual tenía amistad con María Amparo Fernández, esposa de Carlos Fabra.

Mediación con autoridades, funcionarios y políticos
A tenor de las conclusiones del juez, Fabra accedió a interesarse por la situación de los productos del grupo de empresas controladas por Vicente Vilar y Montserrat Vives, y a mediar ante autoridades y funcionarios públicos de las Cortes Generales y de los Ministerios "para agilizar la tramitación y obtención de autorizaciones para la fabricación y comercialización de productos fitosanitarios, haciendo valer su condición de presidente de la Diputación provincial de Castellón", especifica el escrito.

Y, a raíz de estas actuaciones por parte de Carlos Fabra se celebró una reunión en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación el día 12 de julio de 1999 entre Jesús Posadas, por aquel entonces ministro de Agricultura, Juan Costa, entonces secretario de Hacienda y diputado nacional por Castellón, Juan José Ortiz, entonces diputado por Castellón en las Cortes Generales, Miguel Vicente Prim, entonces senador por Castellón, y Carlos Fabra, uno de cuyos puntos del día era precisamente los retrasos en la concesión de licencias para los productos fitosanitarios.

Supuestas comisiones por el trabajo
Cuando en octubre de ese año, tres meses después de la primera reunión con autoridades, se aprueba el producto que comercializa la empresa de Vilar, según el juez, Fabra le requiere 130.000 euros (25 millones de las antiguas pesetas) en metálico, "en reconocimiento a su labor de mediación", advierte el magistrado.

A principios del año 2000, Naranjax vendió un producto de los aprobados (el Piclor) por un valor de 1.092.000 euros y Fabra propuso a Vilar constituir una empresa que fuese titular de los registros de Naranjax de la que serían socias por igual las mujeres de ambos.

También habían adquirido una firma, Atermis 2000 SL, en diciembre 1999, que sería la titular de los productos que iba adquiriendo Naranjax y carecía de actividad y de trabajadores.

Fabra, según el escrito del juez, continuó su labor de mediación ante autoridades y funcionarios públicos, así como ante la Administración del Estado, "con el objetivo de agilizar la concesión de licencias, valiéndose para ello de sus relaciones con Miguel Vicente Prim y Vicente Sánchez Peral, entonces Subdelegado del Gobierno en Castellón, y llegando a reunirse en Madrid con el director del Gabinete de Presidencia, Tiberman, y con la entonces ministra de Sanidad y Consumo, Celia Villalobos".

Empresas sin actividad ni trabajadores
En abril de 2000 el presidente del PP de Castellón constituyó otra empresa, Carmacas SL, "de la cual era el administrador único y titular del 90% de las participaciones sociales, siendo los otros dos socios a partes iguales sus hijos" (los varones). Mediante esta firma, "en concepto de pago por unos supuestos informes sobre seguridad e higiene en el trabajo que nunca fueron entregados", facturó 34.800 euros en dos ocasiones, 72.121,44 euros más IVA, 20.690 euros y 54.000 euros a las diferentes empresas creadas.

El juez consdiera que en parte por las ganancias de este tipo y en parte por otras fuentes, Carlos Fabra y su ex esposa "obtuvieron ingresos que ocultaron a la Hacienda Pública y que no se correspondían ni con el patrimonio ni con la renta por ellos declarados" entre 1999 y 2003.

A Fabra le imputa no declarados entre 1999 y 2003 un total de 693.074,33 euros y a su mujer, en el mismo periodo, un total de 428.644,58 euros. Pudiendo ser los hechos constitutivos de varios delitos castigados con penas no superiores a 9 años de cárcel, según el juzgado.

Así las cosas, con el auto de este viernes también se traslada a las partes (Ministerio Fiscal, acusación popular y defensas) para que soliciten en un plazo máximo de diez días la apertura de juicio oral o el sobreseimiento del caso o que pidan prácticar diligencias complementarias.

Frente a esta resolución cabe recurso de Reforma ante el mismo Juzgado en un plazo de tres días.

EL JUZGADO CIERRA EL "CASO FABRA" PARA QUE LA AUDIENCIA LE PONGA FECHA

MARÍA FABRA - Castellón

El Juzgado número 1 de Nules ha dado por concluida la instrucción en la investigación sobre el expresidente de la Diputación de Castellón y aún líder del PP en esta provincia, Carlos Fabra, abierta en diciembre de 2003. El conocido como "caso Fabra" estalló cuando Vicente Vilar, un empresario de productos fitosanitarios, acusó a Fabra de cobrarle cantidades millonarias a cambio de favores políticos.

La investigación desembocó en la imputación al dirigente del PP por varios delitos contra la administración pública (tráfico de influencias y cohecho) y por fraude fiscal, tras detectar un incremento patrimonial no justificado.

Hace apenas 20 días, el Supremo ordenó que Fabra sea juzgado por cinco delitos fiscales y no por uno, tal como había dictado la Audiencia provincial de Castellón.

En un auto hecho público ayer, el titular del juzgado ha dado traslado a las partes para que en un plazo de diez días soliciten la apertura del juicio oral, el sobreseimiento del caso o la práctica de diligencias complementarias.

Después, el caso se remitirá a la Audiencia provincial para que ponga fecha para el juicio del "caso Fabra".


elpaís.com

lunes, 12 de diciembre de 2011

"CASO FABRA"; CARLOS FABRA PRESENTA RECURSO DE AMPARO AL CONSTITUCIONAL TRAS REABRIR EL SUPREMO SU CASO

* Fabra asegura que la decisión del Supremo 'no se ajusta a derecho'

Javier Arnau | Cabanes (Castellón)

Carlos Fabra, presidente del PP de Castellón, ha presentado recurso de amparo al Tribunal Constitucional y un incedente de nulidad por el procedimiento tras el fallo del Supremo que revoca la decisión de la Audiencia Provincial de considerar prescritos cuatro de los cinco presuntos delitos fiscales que se le imputan.

Así se ha manifestado Carlos Fabra este lunes durante la celebración de la cumbre de alcaldes organizada por la Diputación Provincial en el municipio castellonense de Cabanes. Cabe recordar que Carlos Fabra está imputado por tráfico de influencias, cohecho y fraude fiscal en el conocido como 'caso Fabra'.

El presidente del PP de Castellón y ex máximo responsable de la institución provincial considera que el fallo del Supremo hecho público hace 12 días 'no se ajusta a derecho' y ha reiterado su inocencia al asegurar que 'este juicio lo voy a ganar'.

El Tribunal Supremo acordó el pasado 1 de diciembre dejar sin efecto el archivo por prescripción decidido por la Audiencia Provincial de Castellón de cuatro de los cinco delitos fiscales que un juzgado de Nules imputaba al ex presidente de la Diputación de esta provincia, Carlos Fabra.

Así lo confirmaron fuentes del alto tribunal, que han señala que la sala de lo penal de este órgano ha anulado las resoluciones de la Audiencia de Castellón respecto a los ejercicios fiscales de 2000 a 2003 de Carlos Fabra.

La Audiencia Provincial de Castellón acordó en diciembre de 2010 el sobreseimiento de cuatro de los cinco delitos fiscales que se atribuían a Fabra entre 2000 y 2003, al entender que habían prescrito porque no hubo denuncia ni acto de interposición judicial con respecto a ellos.

El Supremo admite ahora el recurso de la Fiscalía Anticorrupción y de la acusación popular, representada por la Unión de Consumidores, contra la prescripción. Aquel argumento sirvió a la sección segunda de la Audiencia Provincial de Castellón para archivar el grueso del caso, que acabó desinflado después de haber tenido durante siete años a Fabra contra las cuerdas acusado, además, de presunto tráfico de influencias y supuesto cohecho.


elmundo.es

miércoles, 2 de febrero de 2011

EL SUPREMO DECIDIRÁ SI HAN PRESCRITO 4 DE L0S 5 DELITOS FISCALES IMPUTADOS A FABRA

Fabra, tras una de sus comparencias ante el juez de Nules. | J. M.
TRIBUNALES | La Audiencia estima los recursos de las acusaciones

    * Anticorrupción y la UCE tienen 15 días para presentar el recurso al TS
    * El traslado al Supremo no significa que la investigación se paraliza
    * El Alto Tribunal tarda una media de nueve meses en resolver

Sandra Morales | Castellón

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha emitido este martes un auto respecto al caso Fabra por el que autoriza el recurso de casación anunciado por la Fiscalía Anticorrupción y la acusación popular (la Unión de Consumidores de la Comunidad Valenciana) y les informa que a partir de ahora tienen plazo de 15 días para presentar sus respectivos escritos ante el Tribunal Supremo, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ-CV) en un comunicado.

Ambas partes acusatorias anunciaron un recurso de casación el pasado mes de diciembre cuando la Audiencia Provincial de Castellón emitió un auto en el que decidía sobreseer cuatro de los cinco delitos fiscales que le imputa el juez de Instrucción 1 de Nules al presidente de la Diputación de Castellón y del PP en esta misma provincia, Carlos Fabra.

Por su parte, el presidente de la Diputación de Castellón mostró su satisfacción al entender que es inocente y que su causa se desvanecía en acusaciones políticas de la oposición.

En el auto de 23 de diciembre, el tribunal provincial sobreseía los presuntos delitos fiscales que hubiese podido comerte Fabra entre 2000 y 2003 al considerar que habrían prescrito, por no haberse producido un acto de interposición judicial que interrumpiera el plazo para ello. Sólo se aceptaba la imputación del mismo delito en 1999 porque la Agencia Tributaria abrió una investigación tras la declaración de la Renta presentada por el líder del PP castellonense.

Asimismo, la Audiencia consideraba también en aquel auto la continuación de las causas abiertas por supuesto tráfico de influencias y supuestos pagos y cobros realizados por Fabra.

Ahora bien, la Fiscalía Anticorrupción y la acusación popular entienden en su recurso que los jueces de Castellón ha realizado pronunciamientos distintos sobre los mismos hechos, los presuntos delitos fiscales, una cuestión de forma que entienden ha de resolver el Supremo.

La Audiencia, en el auto de este martes, asume que las partes recurran ante el Supremo al aceptar que existe en el mismo criterio del Supremo jurisprudencia en este caso y es este tribunal quien ha de decidir.

Fuentes del TSJ-CV explica que es un procedimiento normal aceptar el recurso de la acusación y que ello no siginifica que la Audiencia entre en contradicción sobre su propia doctrina. Tampoco supone, según las mismas fuentes, paralizar toda la causa hasta que se pronuncie el Supremo.

Al no ser el recurso de casación un recurso supresivo, la investigación del caso Fabra continúa en el Juzgado de Instrucción 1 de Nules, pero, hasta que el Supremo sentencie, lo hará sólo con la imputación de un presunto delito fiscal, presunto tráfico de influencias y supuestos pagos y cobros realizados por el presidente de la Diputación de Castellón, unas imputaciones que habrían pasado de suponer 15 años de cárcel a tres años máximo.

Se podría dar el caso de que se inicie el juicio oral por estos presuntos delitos aún cuando el Supremo no haya decidido sobre el resto de acusaciones, según las mismas fuentes del TSJ quienes añaden que, en el caso de aceptar el recurso, se ampliaría de nuevo la causa. Las resoluciones del Supremo están demorándose una media de nueve meses.

El 'caso Fabra' acumula un retraso ya de siete años desde que dio comienzo en el año 2003.

Cuestión de forma
En esta resolución, el tribunal señala que en el auto cuya casación han pedido la Fiscalía y UCE se especificó que no era "susceptible de recurso alguno", según las razones establecidas en un pleno del Tribunal Supremo que contemplaba tres condiciones: que fuera un sobreseimiento libre; que hubiera recaído imputación judicial equivalente a sobreseimiento y que el auto hubiera sido dictado en un procedimiento cuya sentencia fuera recurrible en casación.

En este caso, la sala señala que este auto no se adoptó en unas diligencias previas o procedimiento abreviado sino en una causa de jurado y "bajo tal formato y aún ahora en el ámbito de las posibilidades" que conceda la ley del Jurado y la Lecrim como supletoria "debe estudiarse la posibilidad de ser admisible la casación frente a un auto dictado en el trámite de decidir la 'continuación del procedimiento' ex artículo 26 de la ley del Jurado donde se entró en la materia de la prescripción de ciertos hechos".

La Audiencia indica que en este caso se dan las circunstancias de que se ha dictado un sobreseimiento libre; que no se da el presupuesto de que haya alguien procesado ya que sólo existe una imputación "primaria o inicial" y que tampoco se trata de un sobreseimiento acordado en fase algo más avanzada, frente a lo cual solo cabría la apelación ante el Tribunal Superior de Justicia.

Frente a estas consideraciones, apunta que el acceso a los recursos es "un derecho integrado en el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, que queda enmarcado por la existencia de una previsión normativa que establezca la impugnación que se pretende articular y el procedimiento de impugnación establecido en la ley" , y concluye que las "dudas" que tiene sobre la posibilidad de acceder a la casación "no pueden ser obstáculo formal" para la viabilidad en trámite del recurso.

elmundo.es

martes, 23 de noviembre de 2010

FABRA PIDE TIEMPO PARA JUSTIFICAR SUS INGRESOS

El juez da cinco días para entregar la nueva documentación del 'caso Fabra'

MARÍA FABRA - Castellón

Después de siete años de instrucción, cinco desde que se aprobara la investigación de su patrimonio y sus cuentas y seis meses desde que los peritos judiciales presentaron el informe en el que destaparon unas ganancias patrimoniales no justificadas de 3,6 millones de euros, el presidente de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra, necesita más tiempo para justificar el origen de este dinero cuya procedencia, según los peritos, "no consta".

Al menos así lo mantiene Juan Alberto Marco, el auditor de las cuentas de Fabra que realizó y ha presentado dos informes para tratar de rebatir las tesis de los peritos, que son inspectores de Hacienda. En uno de ellos, señala que existen "líneas de investigación abiertas para acreditar" la provisión de fondos en las cuentas del presidente de la Diputación. Y alega que estas nuevas líneas aún no se han cerrado por la "disposición limitada de tiempo".

"Esto es el cuento de nunca acabar", apeló el fiscal anticorrupción, Luis Pastor, a la salida del juzgado de Nules, adonde ayer acudieron a declarar tanto el auditor de Fabra como los peritos fiscales que realizaron el informe encargado por el juez, en el que concluyeron la comisión de cinco fraudes fiscales cometidos por Carlos Fabra y otros cuatro por su entonces su esposa, María Amparo Fernández.

"No me quita el sueño", afirmó el propio Fabra al ser preguntado por los interrogatorios solicitados por él mismo ya aceptados pese a que el juez entendía que era un trámite que debía resolverse durante el juicio, aunque aún no se ha determinado si se celebrará. "Imagínese lo que me preocupa el tema", insistió Fabra, quien dijo que creía que las declaraciones tenían que producirse hoy.El presidente de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra, quiere aportar más documentación al juzgado de Nules, que le investiga desde hace casi siete años por los presuntos delitos de tráfico de influencias, cohecho y fraude fiscal. Considera que esta información podría variar las conclusiones de los peritos judiciales, que detectaron, entre 1999 y 2004 en las cuentas de Fabra y su entonces esposa, María Amparo Fernández, unas ganancias patrimoniales no justificadas de 3,6 millones de euros por las que dejaron de ingresar a Hacienda 1,7 millones de euros. El juez le ha dado cinco días.

Fabra acudió el pasado 23 de septiembre al juzgado de Nules después de que el juez, Jacobo Pin, atendiera su solicitud de ser interrogado, pese a que este es un trámite que el dirigente del PP podía haber reclamado en cualquier momento, dada su condición de imputado por los presuntos delitos de tráfico de influencias, cohecho y cinco fraudes fiscales. Lo solicitó cuando el juez ya había decidido acabar con las diligencias previas y dar un paso adelante en el procedimiento iniciado hace seis años y 11 meses. Aquel día, Fabra no aportó ningún documento a la causa. Solo con palabras, sostuvo que todos sus ingresos entre 1999 y 2004, más de ocho millones de euros, proceden de su actividad política, de sus negocios y de la gestión de su patrimonio y que los 3,6 millones cuyo origen no se ha justificado, según los peritos, son, únicamente, movimientos entre cuentas.

Ayer, tanto Juan Alberto Marco, un auditor de cuentas contratado por Fabra para rebatir el informe pericial que le acusa de los delitos fiscales, como Javier Boix, el letrado del presidente de la Diputación, alegaron tener constancia de la existencia de documentación que no ha sido tenida en cuenta por los peritos, pese a que estos tardaron cinco años en elaborar el informe y revisaron 17.000 operaciones. La ingente documentación solicitada a los bancos y las trabas de las propias oficinas bancarias (que no recibieron advertencia alguna) para aportar los documentos hicieron que las conclusiones se demoraron hasta el pasado mes de mayo, momento en el que el juzgado recibió el informe que sostiene que el matrimonio Fabra dejó de ingresar a Hacienda 1,7 millones de euros.

Sin embargo, según se planteó ayer en el juzgado, donde fueron interrogados tanto el auditor de Fabra como los peritos judiciales, Fabra cuenta ahora con documentos que no se encuentran en las decenas de miles de folios que ocupa la instrucción y que podrían hacer variar las conclusiones de los peritos.


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elpaís.com

jueves, 28 de octubre de 2010

EL PORTAVOZ SOCIALISTA EN ALICANTE DIMITE POR SU IMPLICACIÓN EN EL "CASO BRUGAL"

Nuevas revelaciones del 'caso Brugal'

La Fiscalía Anticorrupción acusa a Roque Moreno de tráfico de influencias por pedir al promotor Ortiz que colocara a varias personas en una de sus empresas.-El político deja el acta de concejal y de diputado provincial

R. BIOT / E. MOLTÓ - Alicante

El caso Brugal se ha cobrado una nueva víctima política, la segunda desde que comenzaron a desvelarse las supuestas corruptelas en torno al negocio de la basura en la provincia de Alicante y el planeamiento urbano de la ciudad. La mayoría de dirigentes políticos citados en la investigación y acusados de diferentes delitos por el fiscal están en el PP, pero las dimisiones se han producido en el PSPV-PSOE.

"He realizado una llamada de teléfono pidiendo un puesto de trabajo para un compañero que, además, es un gran amigo. Es un error. He cometido un error y pido disculpas, en primer lugar a la sociedad alicantina. Hay muchos casos dramáticos que requieren como mínimo la igualdad de oportunidades. Y también pido disculpas a mis compañeros, a mi gente, porque desconocían la existencia de este error", ha confesado el secretario general del PSPV de Alicante y portavoz municipal,Roque Moreno, al aparecer su nombre en el sumario del caso Brugal por negociar supuestamente con el empresario Enrique Ortiz la contratación en una de sus empresas de la mujer y el hijo del asesor socialista Vicente Ronda. El ex senador Ángel Franco fue el que hizo de intermediario para poner en contacto a Moreno y Ortiz, según recoge el informe policial. Moreno ha defendido durante su intervención que la llamada que realizó fue para ayudar al hijo de su asesor, que se encontraba en una "situación dramática" porque, al igual que su esposa, estaba en paro. El afectado, según Moreno, ya había trabajado en una empresa de Ortiz y estaba "a punto de ser llamado".

Moreno ha aprovechado su intervención para marcar diferencias entre los socialistas y los populares ante los casos de corrupción. "Un político tiene que asumir sus responsabilidades políticas", ha enfatizado al explicar una decisión que ha calificado de "personal". "Estamos asistiendo en los últimos meses a espectáculos que consideraría como mínimo lamentables. Hay casos de corrupción que salpican a toda la Comunidad Valenciana, a todos o a una buena parte de los representantes del Partido Popular. El caso Gürtel, el caso Fabra, el caso Brugal en sus distintas ramificaciones son solo algunos de los ejemplos que hoy podemos sacar y que están haciendo que la política en general esté mal considerada por la sociedad valenciana y alicantina", ha lamentado.

"Día tras día asistimos a un circo en el que muchos malandrines, todos presuntos corruptos, hacen negocios que favorecen a intereses particulares cuando no a los suyos propios, en detrimento y el perjuicio de los intereses generales. Y hoy aparece mi nombre al lado de estos malandrines. Y aparece una llamada de teléfono al lado de casos de corrupción que, desde mi punto de vista, tienen tintes mayúsculos", ha agregado en su argumentación. Moreno también ha defendido que velando por el interés general el grupo que ha dirigido hasta hoy "siempre" ha votado en contra de propuestas que favorecían a Enrique Ortiz, mientras que el PP "siempre" ha votado a favor.

Moreno ha celebrado esta mañana diversas reuniones con sus compañeros de partido para anunciarles su decisión de dejar los cargos. "Es una decisión personal, y es consciente del error", admite una compañera. El líder del PSPV de Alicante dejará su acta de concejal y dimitirá también como diputado provincial, aunque podría mantener sus cargos orgánicos como secretario local del PSPV-PSOE.

La Fiscalía Anticorrupción acusa Moreno de un supuesto delitos de tráfico de influencias, que basa en que presuntamente pidió al promotor Ortiz que colocara a varias personas en una de sus empresas cuando representaba a su partido en una comisión municipal sobre la remodelación del estadio Rico Pérez, donde juega el Hércules. Ortiz es el máximo accionista de ese equipo de fútbol y está imputado en el caso Brugal.

El primer cargo socialista en dimitir por el caso Brugal fue el portavoz en la Diputación de Alicante, Antonio Amorós, investigado por un supuesto cohecho en la adjudicación de la planta de basuras de la comarca de la Vega Baja. El negocio de los residuos está en el inicio de las pesquisas policiales y de la Fiscalía Anticorrupción, que ha imputado en el caso, entre otros, al presidente de la Diputación de Alicante, José Joaquín Ripoll, y a la alcaldesa de Orihuela. Mónica Llorente, ambos del PP. Ningún político popular ha abandonado sus funciones, todos insisten en negar las acusaciones. También lo hacen los socialistas afectados, pero al menos dos han dimitido mientras culmina la investigación judicial.


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