martes, 18 de octubre de 2011

"CASO GÜRTEL"; CAMPS Y COSTA SERÁN JUZGADOS POR "COHECHO CONTINUADO" EL PRÓXIMO 12 DE DICIEMBRE

El juez Climent fija esta fecha para el inicio del juicio

* El juicio oral comenzará a las 10 horas en la sede del TSJ de Valencia
* Rafael Betoret y Víctor Campos ya han sido condenados por esta misma causa
* Ambos se declararon culpables de un delito de cohecho impropio en julio
* El sorteo para elegir a los 36 miembros del jurado será el 26 de octubre

F. Álvarez | Valencia

El ex presidente de la Generalitat, Francisco Camps, ya sabe cuando se sentará en el banquillo por el conocido como 'caso de los trajes'. Será el 12 de diciembre, a las 10 horas, según ha establecido este martes en un nuevo auto el magistrado del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) Juan Climent.

Camps y el que fuera secretario general del PP, Ricardo Costa, serán juzgados por un delito de cohecho impropio , supuestamente, por haber recibido prendas de vestir como obsequio de firmas de la trama Gürtel en Valencia.

Por esta misma causa ya han sido condenados otros dos procesados, el ex vicepresidente de la Generalitat, Víctor Campos, y el que fuera jefe de protocolo de la Diputación de Valencia, Rafael Betoret.

Ambos admitieron su culpabilidad tras presentar sendos escritos de conformidad en el juzgado. El TSJ dio a conocer el fallo el 16 de septiembre: una multa de 9.600 euros, 80 euros por día, las costas del proceso así como el decomiso de los trajes.

Camps y Costa, que mantienen sus actas de diputados en la Cámara autonómica, serán juzgados por un tribunal popular de 9 miembros que se elegirá por sorteo. Los 36 candidatos a jurado se escogerán el próximo 26 de octubre en vista pública en la Ciudad Justicia a las 9.15 horas, según se establece también en el citado auto.

La Fiscalía Anticorrupción solicita una multa de 41.250 euros para los dos procesados, mientras que el PSPV eleva la petición hasta los tres años de prisión y ocho de inhabilitación, aunque también contempla tres escenarios alternativos para los cuatro imputados que incluyen multa o inhabilitación.
 

Hechos enjuiciables
Según recoge Climent como hechos enjuiciables, la entidad Orange Market S.L., gestionada en Valencia por Álvaro Pérez, se dedicaba a la organización de actos para el PPCV. Aparte de los encargos que le hiciera este partido, a partir del año 2005 le fueron adjudicados por parte de diferentes organismos de la Generalitat numerosos contratos de muy variado objeto y, en particular, el que anualmente se convocaba con motivo de la instalación del pabellón de la Generalitat en la feria de Fitur, así como en otras ferias denominadas TVC, Expovacaciones, SITC e Intur. El importe de estas contrataciones ascendió, en el año 2005, a 1.748.839,19 euros; en 2006 a 1.174.767,17 euros; en 2007 a 1.325.741,44 euros; en 2008 a 1.714.860,26; y en 2009 a 953.172 euros.

Según sostiene el magistrado, Orange Market estaba relacionada con un grupo de sociedades dedicadas a la inversión especulativa y a la prestación de servicios que gestionaba Pablo Crespo y que dirigía y contrataba Francisco Correa desde una oficina de la calle Serrano de Madrid. Entre estas sociedades figuraban las denominadas Easy Concept Comunicación S.L.; Diseño Asimétrico S.L.; Good&Better S.L.; y Servimadrid Integral S.L.
 

Cuenta a nombre de Álvaro Pérez
Álvaro Pérez solía frecuentar con Pablo Crespo un establecimiento de prendas de vestir de la cadena Milano, en las que les atendía normalmente su director comercial, el sastre José Tomás. Tal y como recoge el auto, Pérez y Crespo llegaron a convenir con Tomás que las compras que hicieran, bien para sí, bien para otras personas a quienes acompañaran, no les fueran cobradas en caja y se anotaran en una cuenta abierta a nombre de Pérez. Luego Crespo saldaba el importe, bien en metálico, bien por transferencia o mediante cheques librados con cargo a la cuenta de algunas de las sociedades del grupo.

Cuando Tomás, después del verano de 2006, se fue a trabajar como director de la cadena de establecimientos comerciales denominados Forever Young, con locales abiertos en la ciudad de Madrid, siguió manteniendo con Pérez y Crespo la misma relación y el mismo modo de actuar que ya habían utilizado en Milano. El propósito al que obedecía la asunción de esos pagos de prendas elegidas por terceros era el de ganarse, mediante el agasajo, el afecto o el favor, de las personas así obsequiadas.

Así, a lo largo de los años 2005 a 2008, los presuntos cabecillas de la trama asumieron el pago del precio de varias prendas, así como de calzado. Estas fueron entregadas en Valencia, bien en los domicilios de Camps o de Costa, en la sede de Orange Market, o en el domicilio de Pérez.

La acusación pública concreta los regalos recibidos por Camps y Costa. En concreto, atribuye al primero al menos cinco trajes y tres americanas entre finales de 2005 y septiembre de 2006 por importe de 5.600 euros adquiridos en Milano; cinco trajes y tres pares de zapatos entre finales de 2006 y julio de 2007 por 5.393,5 euros, adquiridos en Forever Young; y dos trajes, una americana y dos pares de zapatos, valorados en 2.680 euros, también de este último establecimiento.

Por su parte, indica que Costa recibió al menos tres trajes entre enero y agosto de 2006 por valor de 2.400 euros adquiridos en Milano, y seis pantalones y un traje entre finales de 2006 y julio de 2007 por importe de 4.925 euros de Forever Young. La acusación cuantifica los regalos de ambos en 14.14.021,50 euros en el caso de Camps; y de 7.325 en el caso de Costa.

Salvo cuatro trajes procedentes de Milano que Camps devolvió a Tomás porque consideró que no le venían bien, todas las demás prendas elegidas y encargadas fueron recibidas y aceptadas por ellos a sabiendas de quién asumiría el pago de su importe, según recoge el magistrado en el auto.

La persona que realizaba el pago de las prendas obtenía de José Tomás la emisión de facturas por conceptos diferentes de los realmente adquiridos, pero por igual importe que el efectivamente satisfecho, con la finalidad de poder justificar aquellos pagos en las cuentas de las empresas del grupo que sumían el coste de los regalos.
 

Pruebas
Climent decide en su escrito admitir las pruebas propuestas por las partes en sus respectivos escritos de acusación y defensa, y en los escritos de cuestiones previas por ser todas ellas "útiles" y "pertinentes", con algunas precisiones. Respecto a las solicitadas por el fiscal, acepta los informes de la UDEF; el informe de 29 de noviembre de 2010 de la División de coordinación económica y técnica de la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil; o los documentos originales de los documentos de pago y tiques de Eduardo Hinojosa, propietario de Forever Young.

En cuanto a la prueba propuesta por el letrado de Camps, el magistrado ha decidido no incluir unas conversaciones telefónicas intervenidas a los considerados cabecillas de la trama que el abogado creía que beneficiaban al cliente, y que han sido declaradas nulas en diferentes ocasiones.

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