Castro señala para el ex president una fianza de 3 millones de euros que deberá depositar antes del 7 de abril
Foto B. Ramón
FELIPE ARMENDÁRIZ/J.F.M. PALMA. El magistrado José Castro impuso ayer al ex president del Govern Jaume Matas la fianza de 3 millones de euros para poder eludir su ingreso en prisión, tal y como reclamaron el viernes la fiscalía anticorrupción y el actual Govern. El juez da de plazo al ex ministro hasta el miércoles de Pascua (7 de abril), a las 12 de la noche, para depositar la fianza y le advierte de que debe alegrarse de que no hayan pedido para él medidas más duras, como la prisión sin fianza, porque las habría adoptado dada la gravedad del caso Palma Arena.
El auto judicial consta de 147 folios, de los que unos 60 son los alegatos de los fiscales anticorrupción Juan Carrau y Pedro Horrach contra Matas, que también apoyaron las letradas de la Comunidad Autónoma María Ángeles Berrocal y María Ángeles González. La resolución analiza de manera detallada las acusaciones que pesan sobre Matas en tres niveles: el proceso de construcción y primeros eventos en el velódromo Palma Arena; su "notorio" incremento patrimonial entre 2002 y la actualidad; y la presunta financiación irregular del PP, mediantes fondos públicos y a través de la agencia de publicidad Nimbus y de asesores externos del entonces president del Govern.
Otros delincuentes
En los razonamientos jurídicos del auto, el instructor rechaza que, como pidieron los abogados Rafael Perera y Manuel Ollé, Matas siga en libertad provisional, sin retirada del pasaporte y con presentaciones periódicas en Estados Unidos. Para Castro, estas medidas, "aparte de no ofrecer las garantías que en ellas se postulan", "serían gravemente discriminatorias con el trato que los usos forenses (los juzgados) dispensan a personas en similar o, incluso, menos incriminatoria situación que don Jaume Matas".
Por el contrario, Castro cree que existe un elevado riesgo de fuga de Matas, "máxime cuando es residente en los Estados Unidos y se sospecha que en este país, o en otro vecino, pueda guardar el grueso de los beneficios ilícitamente obtenidos (por los múltiples delitos que se le imputan)".
El investigador del caso Palma Arena atribuye al ex ministro los siguientes delitos: "continuado de falsedad en documento oficial (penado con hasta 6 años de cárcel)"; "continuado de prevaricación administrativa (pena de inhabilitación)"; "continuado de fraude a la Administración (Govern, con 3 años de condena)"; "cinco de malversación de caudales públicos (con 30 años de posible pena)"; "dos de malversación de caudales públicos (8 años de prisión)"; "blanqueo de capitales (6 años)"; "y un delito electoral (3 años de cárcel)".
En el mismo auto el magistrado toma como medidas cautelares para Fernando Areal, ex tesorero del PP de Balears entre 2003 y 2008 y cuñado de Jaume Matas, la retirada del pasaporte, la prohibición de salir de España sin permiso judicial y presentaciones en el juzgado cada 15 días. A Areal se le imputan dos delitos de blanqueo de capitales y uno electoral, que podrían ser castigados con "hasta 15 años de prisión".
El juez, con independencia de si Matas presta o no la fianza antes del plazo estipulado, le retira permanentemente el pasaporte. Si cubre la garantía, el ex ministro "deberá presentarse los días 1 y 15 ante la autoridad judicial y no podrá salir de España sin permiso del juzgado de instrucción 3".
Más severidad
La resolución judicial en casi todos sus apartados destaca la seriedad de las imputaciones que se dirigen contra el ex president y la endeblez, incoherencia de las explicaciones dadas por éste o sus silencios o generalidades a la hora de responder.
"Dada la gravedad de los hechos bien puede darse por satisfecho el encausado (Matas) de que las acusaciones no hayan interesado una medida cautelar más severa (la prisión provisional sin fianza), por lo que no procede minorar (las medidas cautelares propuestas: prisión provisional eludible con 3 millones de euros de fianza"), argumenta José Castro.
"Escuchas legítimas"
El escrito de medidas cautelares, que puede recurrirse en reforma ante Castro y en apelación ante la Audiencia, menciona, de pasada, las escuchas telefónicas que practicó la Guardia Civil desde octubre hasta esta semana a Matas y a algunos de sus allegados. El magistrado atribuye a esas intervenciones telefónicas, "legítimamente autorizadas por este juzgado exclusivamente a los números (telefónicos) de los investigados, no de sus letrados", el haberse podido "desbaratar a tiempo la falsa preconstitución de pruebas (la fabricación de pruebas falsas)".
Los abogados de Matas han impugnado esos pinchazos al estimar que vulneran el derecho constitucional a la defensa, en su modalidad de comunicaciones letrado-imputado. Respecto a la cuantía de la fianza (una de las más elevadas de la historia judicial española para eludir la prisión), el juez únicamente señala que "es adecuada a la economía del acusado (Matas)".
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En los razonamientos jurídicos del auto, el instructor rechaza que, como pidieron los abogados Rafael Perera y Manuel Ollé, Matas siga en libertad provisional, sin retirada del pasaporte y con presentaciones periódicas en Estados Unidos. Para Castro, estas medidas, "aparte de no ofrecer las garantías que en ellas se postulan", "serían gravemente discriminatorias con el trato que los usos forenses (los juzgados) dispensan a personas en similar o, incluso, menos incriminatoria situación que don Jaume Matas".
Por el contrario, Castro cree que existe un elevado riesgo de fuga de Matas, "máxime cuando es residente en los Estados Unidos y se sospecha que en este país, o en otro vecino, pueda guardar el grueso de los beneficios ilícitamente obtenidos (por los múltiples delitos que se le imputan)".
El investigador del caso Palma Arena atribuye al ex ministro los siguientes delitos: "continuado de falsedad en documento oficial (penado con hasta 6 años de cárcel)"; "continuado de prevaricación administrativa (pena de inhabilitación)"; "continuado de fraude a la Administración (Govern, con 3 años de condena)"; "cinco de malversación de caudales públicos (con 30 años de posible pena)"; "dos de malversación de caudales públicos (8 años de prisión)"; "blanqueo de capitales (6 años)"; "y un delito electoral (3 años de cárcel)".
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El juez, con independencia de si Matas presta o no la fianza antes del plazo estipulado, le retira permanentemente el pasaporte. Si cubre la garantía, el ex ministro "deberá presentarse los días 1 y 15 ante la autoridad judicial y no podrá salir de España sin permiso del juzgado de instrucción 3".
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"Dada la gravedad de los hechos bien puede darse por satisfecho el encausado (Matas) de que las acusaciones no hayan interesado una medida cautelar más severa (la prisión provisional sin fianza), por lo que no procede minorar (las medidas cautelares propuestas: prisión provisional eludible con 3 millones de euros de fianza"), argumenta José Castro.
"Escuchas legítimas"
El escrito de medidas cautelares, que puede recurrirse en reforma ante Castro y en apelación ante la Audiencia, menciona, de pasada, las escuchas telefónicas que practicó la Guardia Civil desde octubre hasta esta semana a Matas y a algunos de sus allegados. El magistrado atribuye a esas intervenciones telefónicas, "legítimamente autorizadas por este juzgado exclusivamente a los números (telefónicos) de los investigados, no de sus letrados", el haberse podido "desbaratar a tiempo la falsa preconstitución de pruebas (la fabricación de pruebas falsas)".
Los abogados de Matas han impugnado esos pinchazos al estimar que vulneran el derecho constitucional a la defensa, en su modalidad de comunicaciones letrado-imputado. Respecto a la cuantía de la fianza (una de las más elevadas de la historia judicial española para eludir la prisión), el juez únicamente señala que "es adecuada a la economía del acusado (Matas)".
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