La pena que la Audiencia impuso al ex alcalde fue de 3 años de prisión y 8 de inhabilitación
EFE. MADRID El fiscal ha pedido hoy al Tribunal Supremo que aumente la pena de 3 años de prisión y 8 de inhabilitación que la Audiencia de Baleares impuso al ex alcalde de Llucmajor (Mallorca) Lluc Tomás Munar (PP) por malversación de caudales públicos y que sea condenado por otros tres delitos.
La sala de lo penal del Supremo ha visto hoy los recursos presentados por la Fiscalía, Tomás y los otros dos condenados por la Audiencia de Baleares por la contratación irregular por parte del Ayuntamiento de cuatro empresas de las que era apoderado legal el entonces concejal Joaquín Rabasco y de las que era propietaria su compañera sentimental y secretaria, María del Amor Aldao.
Rabasco fue condenado por los delitos de malversación y alzamiento de bienes a 6 años de prisión y 8 de malversación, mientras que a Aldao la Audiencia le impuso 3 años de prisión y 6 de inhabilitación por los mismos delitos.
El fiscal ha pedido al alto tribunal que los tres condenados lo sean también por los delitos de fraude, prevaricación administrativa y negociaciones prohibidas a los funcionarios y que se aprecie que la malversación ha sido un delito continuado.
Para el representante del Ministerio Público, la sentencia ha dejado clara la interacción entre los tres condenados y el perjuicio que causaron a las arcas municipales, cifrado en 680.000 euros, por las contrataciones irregulares para fiestas y actos por parte del consistorio.
La Audiencia consideró probado que entre los años 2000 y 2003 el alcalde, que no disponía de mayoría absoluta, llegó a un acuerdo con la Agrupación Social Independiente, cuyo presidente y concejal era Rabasco, para establecer un plan de gobernabilidad.
Con la incorporación de Rabasco, éste y su compañera sentimental montaron un entramado de cuatro empresas con la finalidad de aprovecharse de su condición de concejal para contratar "ventajosamente" con el Ayuntamiento, aseguraba la sentencia, que precisaba que Tomás conocía los hechos.
El fiscal ha explicado al tribunal que el ex alcalde fue condenado por haber consentido la malversación a sabiendas de que suponía un perjuicio para el Ayuntamiento y ha dicho que no era preciso, al ser cooperador necesario, que tuviera ánimo de lucro propio.
Los abogados de la defensa han pedido al Supremo que case la sentencia de la Audiencia y absuelva a los tres condenados al considerar que no hay pruebas suficientes para ello.
Además, han criticado la actuación en el juicio que se celebró en Mallorca del magistrado presidente del tribunal por lo que han alegado en sus recursos la vulneración de los derechos a un juicio con todas las garantías y a un tribunal imparcial.
El letrado del ex alcalde ha calificado la sentencia de "manifiestamente errónea, confusa, opaca, oscura y arbitraria en la selección de los medios de prueba" y ha recordado que reconoce que la trama pudo pasar inadvertida para Tomás, reflexiones que - ha dicho- demuestran que debió ser absuelto.
Tomás, al conocer la sentencia en noviembre de 2008, anunció su dimisión de su cargo como alcalde y pidió su baja en el PP.
diariodemallorca.es
La sala de lo penal del Supremo ha visto hoy los recursos presentados por la Fiscalía, Tomás y los otros dos condenados por la Audiencia de Baleares por la contratación irregular por parte del Ayuntamiento de cuatro empresas de las que era apoderado legal el entonces concejal Joaquín Rabasco y de las que era propietaria su compañera sentimental y secretaria, María del Amor Aldao.
Rabasco fue condenado por los delitos de malversación y alzamiento de bienes a 6 años de prisión y 8 de malversación, mientras que a Aldao la Audiencia le impuso 3 años de prisión y 6 de inhabilitación por los mismos delitos.
El fiscal ha pedido al alto tribunal que los tres condenados lo sean también por los delitos de fraude, prevaricación administrativa y negociaciones prohibidas a los funcionarios y que se aprecie que la malversación ha sido un delito continuado.
Para el representante del Ministerio Público, la sentencia ha dejado clara la interacción entre los tres condenados y el perjuicio que causaron a las arcas municipales, cifrado en 680.000 euros, por las contrataciones irregulares para fiestas y actos por parte del consistorio.
La Audiencia consideró probado que entre los años 2000 y 2003 el alcalde, que no disponía de mayoría absoluta, llegó a un acuerdo con la Agrupación Social Independiente, cuyo presidente y concejal era Rabasco, para establecer un plan de gobernabilidad.
Con la incorporación de Rabasco, éste y su compañera sentimental montaron un entramado de cuatro empresas con la finalidad de aprovecharse de su condición de concejal para contratar "ventajosamente" con el Ayuntamiento, aseguraba la sentencia, que precisaba que Tomás conocía los hechos.
El fiscal ha explicado al tribunal que el ex alcalde fue condenado por haber consentido la malversación a sabiendas de que suponía un perjuicio para el Ayuntamiento y ha dicho que no era preciso, al ser cooperador necesario, que tuviera ánimo de lucro propio.
Los abogados de la defensa han pedido al Supremo que case la sentencia de la Audiencia y absuelva a los tres condenados al considerar que no hay pruebas suficientes para ello.
Además, han criticado la actuación en el juicio que se celebró en Mallorca del magistrado presidente del tribunal por lo que han alegado en sus recursos la vulneración de los derechos a un juicio con todas las garantías y a un tribunal imparcial.
El letrado del ex alcalde ha calificado la sentencia de "manifiestamente errónea, confusa, opaca, oscura y arbitraria en la selección de los medios de prueba" y ha recordado que reconoce que la trama pudo pasar inadvertida para Tomás, reflexiones que - ha dicho- demuestran que debió ser absuelto.
Tomás, al conocer la sentencia en noviembre de 2008, anunció su dimisión de su cargo como alcalde y pidió su baja en el PP.
diariodemallorca.es
No hay comentarios:
Publicar un comentario