Efe | Madrid
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) admite que la apariencia de imparcialidad del presidente del Tribunal Superior valenciano (TSJCV), Juan Luis de la Rúa, "estaba en cuestión" después de que el presidente de la Generalitat valenciana, Francisco Camps, le considerara "más que amigo".
Así se asegura en la resolución, notificada hoy y a la que ha tenido acceso Efe, en la que se justifica la decisión de la Comisión Disciplinaria del CGPJ de archivar el pasado 26 de noviembre la queja que el abogado José Luis Mazón presentó contra De la Rúa por no abstenerse en las deliberaciones que terminaron con el sobreseimiento de la parte valenciana del "caso Gürtel".
El Poder Judicial explica el archivo diciendo que "ni de la queja que origina estas actuaciones, ni tampoco de la investigación realizada por el Servicio de Inspección, se deducen hechos objetivos de entidad suficiente que permitan considerar indiciariamente probada una amistad íntima entre ambos presidentes, ni tampoco una conciencia de tal amistad íntima" por parte de De la Rúa.
Sin embargo, el CGPJ dice que "estaba en cuestión la apariencia de imparcialidad ante la sociedad (de De la Rúa), no sólo por lo manifestado por el presidente del Gobierno de la Comunidad Autónoma, que se admite como hecho probado, sino también por tratarse del presidente de la sala penal competente para el conocimiento del recurso y por intervenir finalmente en su deliberación y fallo".
La Comisión Disciplinaria abunda en este argumento cuando, a continuación, pasa a examinar si existían "elementos objetivos" que obligaran a De la Rúa a abstenerse "al margen de la sensación generada" y recuerda otros casos en los que se admitió la abstención de magistrados que entendieron "razonable" apartarse de un caso al haber surgido una apariencia de imparcialidad en relación con ellos.
elmundo.es
Así se asegura en la resolución, notificada hoy y a la que ha tenido acceso Efe, en la que se justifica la decisión de la Comisión Disciplinaria del CGPJ de archivar el pasado 26 de noviembre la queja que el abogado José Luis Mazón presentó contra De la Rúa por no abstenerse en las deliberaciones que terminaron con el sobreseimiento de la parte valenciana del "caso Gürtel".
El Poder Judicial explica el archivo diciendo que "ni de la queja que origina estas actuaciones, ni tampoco de la investigación realizada por el Servicio de Inspección, se deducen hechos objetivos de entidad suficiente que permitan considerar indiciariamente probada una amistad íntima entre ambos presidentes, ni tampoco una conciencia de tal amistad íntima" por parte de De la Rúa.
Sin embargo, el CGPJ dice que "estaba en cuestión la apariencia de imparcialidad ante la sociedad (de De la Rúa), no sólo por lo manifestado por el presidente del Gobierno de la Comunidad Autónoma, que se admite como hecho probado, sino también por tratarse del presidente de la sala penal competente para el conocimiento del recurso y por intervenir finalmente en su deliberación y fallo".
La Comisión Disciplinaria abunda en este argumento cuando, a continuación, pasa a examinar si existían "elementos objetivos" que obligaran a De la Rúa a abstenerse "al margen de la sensación generada" y recuerda otros casos en los que se admitió la abstención de magistrados que entendieron "razonable" apartarse de un caso al haber surgido una apariencia de imparcialidad en relación con ellos.
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