sábado, 8 de agosto de 2009

EL TS PIDE LOS SUPLICATORIOS PARA INVESTIGAR A BÁRCENAS Y MERINO POR EL "CASO GÜRTEL"

El fiscal propone diligencias para cotejar las declaraciones de los aforados y los documentos aportados por el senador

El diputado sigue al tesorero al dejar su cargo en el Grupo Popular

NIEVES COLLI | MADRID

Al filo de las tres de la tarde de ayer, veinticuatro horas después de que Luis Bárcenas dimitiera de su cargo como tesorero del Partido Popular, el Tribunal Supremo hacía pública su decisión de solicitar a las Cámaras la autorización para investigar por el «caso Gürtel» tanto al senador como al diputado Jesús Merino. Durante la mañana, el magistrado instructor, Francisco Monterde, puso en conocimiento de la Sala la necesidad de practicar las diligencias que ha solicitado la Fiscalía, para lo que es imprescindible contar con la autorización del Senado y del Congreso; a última hora, la Sala daba curso a la solicitud de ambos suplicatorios.

Tras las comparecencias voluntarias de los dos aforados, el Ministerio Público remitió un informe a Monterde en el que insistía en la necesidad de pedir los suplicatorios con el fin de «practicar diligencias de investigación para dilucidar lo acaecido».

Nuevas diligencias
Entre esas diligencias de prueba, sin las cuales el fiscal considera imposible realizar una «calificación jurídica de los hechos», está la declaración de otros coimputados; pedir las declaraciones del IRPF de ambos aforados entre 2002 y 2007; solicitar documentos originales de las fotocopias sin autenticar aportadas por Bárcenas; o requerir a diversas entidades bancarias la información relativa a movimientos de cuentas corrientes y depósitos bancarios de los que eran titulares los aforados.

En un auto remitido ayer a las Cámaras, el Supremo acuerda «dar curso a la petición de suplicatorio» con el fin de disponer de la autorización parlamentaria que permita «dirigir el presente procedimiento contra los mencionados señores Bárcenas y Merino por los presuntos delitos de cohecho y contra la hacienda pública». El soporte legal de la decisión está tanto en la Constitución como en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en la Ley de 9 de febrero de 1912.

Trámite en las Cámaras
La parte del «caso Gürtel» que se instruye en el Supremo «quedará en suspenso» hasta que Congreso y Senado decidan si conceden o no los suplicatorios. Lo que supone que no se reactivará hasta después del comienzo del nuevo curso judicial, en septiembre.

De hecho, la tramitación de los suplicatorios no empezará en ninguna de las dos Cámaras hasta pasadas las vacaciones de verano. En cualquier caso, si el Congreso y el Senado no se pronuncian en un plazo máximo de 60 días naturales (contados a partir del día siguiente de la recepción y computados sólo dentro del periodo ordinario de sesiones), se entenderá que rechazan los suplicatorios.

El trámite es muy similar, y en cada caso la decisión final corresponde al Pleno tras votación secreta y a puerta cerrada, que puede venir precedida de un debate. A partir de ese momento, los presidentes de cada cámara tienen ocho días para trasladar el acuerdo al Supremo.

Pero antes de la votación en Pleno, los afectados deben ser escuchados en la comisión del Estatuto del Diputado, en el caso del Congreso, y en la Comisión de Suplicatorios, en el del Senado. Pueden hacerlo verbalmente o por escrito. Ambas comisiones disponen después de un mes para emitir un dictamen, que es el que se someterá a votación en el primer pleno ordinario que se celebre.

ABC.ES

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