En el caso de las presuntas comisiones ilegales
El fiscal entiende que en ningún caso se ha producido indefensión
La juez aplazó la vista preliminar hasta que las partes se pronunciaran
El fiscal entiende que en ningún caso se ha producido indefensión
La juez aplazó la vista preliminar hasta que las partes se pronunciaran
Europa Press | Sevilla
La Fiscalía de Sevilla se ha opuesto a la petición realizada por el ex director general de Mercasevilla Fernando Mellet para que se declaren nulas las grabaciones que dieron lugar a la investigación por el supuesto intento de cobro de comisiones ilegales en el mercado central de abastos, ya que entiende que "ninguna indefensión se ha provocado" al acusado con estas grabaciones por parte de los empresarios del grupo La Raza.
En su escrito de defensa, el abogado de Mellet argumenta que "las grabaciones efectuadas y aportadas al procedimiento carecen de valor probatorio resultando nulas, y por ende, igualmente nulas sus transcripciones, las declaraciones de los testigos, y de todos los que hubieran declarado con conocimiento directo o indirecto de las mismas", añadiendo que estas grabaciones "se efectuaron malintencionadamente y como un ardid dirigido a obtener una serie de informaciones de forma provocada".
La juez de Instrucción número 6, Mercedes Alaya, decidió suspender la convocatoria de la audiencia preliminar para que las partes se pronunciaran sobre la nulidad planteada.
En un escrito elevado este mismo martes ante el Juzgado instructor, al que ha tenido acceso Europa Press, el fiscal Juan Enrique Egocheaga se opone a esta petición y pone de manifiesto que "si se escuchan tales grabaciones, se observa que se trata de manifestaciones espontáneas por parte de los acusados, sin que haya incitación o provocación alguna por parte de quien realiza la grabación para que los acusados -Mellet y el exdirectivo del merca Daniel Ponce- manifiesten sus intenciones".
Al hilo de ello, muestra su sorpresa por esta petición de nulidad "en el presente momento procesal, máxime cuando se alega una indefensión", y señala que, "de todos modos, de la lectura de las actuaciones practicadas se desprende que Mellet nunca ha manifestado en sus declaraciones en sede policial ni en las hechas en la Fiscalía, en las que reconoció su participación en la conversación grabada, que se les haya causado indefensión alguna con la grabación de su conversación con los representantes" del grupo La Raza.
"Es más, nunca han manifestado, en las mismas declaraciones, que se les haya 'provocado ni inducido' a realizar ninguna de las manifestaciones por ellos vertidas en tales grabaciones, siendo las alegaciones de la defensa de Mellet sobre el 'mal actuar' de los citados empresarios una simple alegación de defensa sin soporte alguno", asevera el fiscal, tras lo que recuerda que Mellet, en sede policial, reconoció "íntegramente" el contenido de las grabaciones y la identidad de las personas que intervienen.
Dentro de esta causa, que será enjuiciada por un jurado popular en una fecha aún por concretar, la Fiscalía reclamó sanciones de 900.000 euros y suspensiones de empleo o cargo público por un periodo de 21 meses a cuenta de un presunto delito de cohecho para cada uno de los cuatro acusados, como son Mellet, Ponce, el ex delegado provincial de la Consejería de Empleo Antonio Rivas, y la que fuera coordinadora de proyectos de la ya extinta Fundación Socioasistencial de Mercasevilla, María Regla Pereira.
En su escrito de defensa, el abogado de Mellet argumenta que "las grabaciones efectuadas y aportadas al procedimiento carecen de valor probatorio resultando nulas, y por ende, igualmente nulas sus transcripciones, las declaraciones de los testigos, y de todos los que hubieran declarado con conocimiento directo o indirecto de las mismas", añadiendo que estas grabaciones "se efectuaron malintencionadamente y como un ardid dirigido a obtener una serie de informaciones de forma provocada".
La juez de Instrucción número 6, Mercedes Alaya, decidió suspender la convocatoria de la audiencia preliminar para que las partes se pronunciaran sobre la nulidad planteada.
En un escrito elevado este mismo martes ante el Juzgado instructor, al que ha tenido acceso Europa Press, el fiscal Juan Enrique Egocheaga se opone a esta petición y pone de manifiesto que "si se escuchan tales grabaciones, se observa que se trata de manifestaciones espontáneas por parte de los acusados, sin que haya incitación o provocación alguna por parte de quien realiza la grabación para que los acusados -Mellet y el exdirectivo del merca Daniel Ponce- manifiesten sus intenciones".
Al hilo de ello, muestra su sorpresa por esta petición de nulidad "en el presente momento procesal, máxime cuando se alega una indefensión", y señala que, "de todos modos, de la lectura de las actuaciones practicadas se desprende que Mellet nunca ha manifestado en sus declaraciones en sede policial ni en las hechas en la Fiscalía, en las que reconoció su participación en la conversación grabada, que se les haya causado indefensión alguna con la grabación de su conversación con los representantes" del grupo La Raza.
"Es más, nunca han manifestado, en las mismas declaraciones, que se les haya 'provocado ni inducido' a realizar ninguna de las manifestaciones por ellos vertidas en tales grabaciones, siendo las alegaciones de la defensa de Mellet sobre el 'mal actuar' de los citados empresarios una simple alegación de defensa sin soporte alguno", asevera el fiscal, tras lo que recuerda que Mellet, en sede policial, reconoció "íntegramente" el contenido de las grabaciones y la identidad de las personas que intervienen.
Dentro de esta causa, que será enjuiciada por un jurado popular en una fecha aún por concretar, la Fiscalía reclamó sanciones de 900.000 euros y suspensiones de empleo o cargo público por un periodo de 21 meses a cuenta de un presunto delito de cohecho para cada uno de los cuatro acusados, como son Mellet, Ponce, el ex delegado provincial de la Consejería de Empleo Antonio Rivas, y la que fuera coordinadora de proyectos de la ya extinta Fundación Socioasistencial de Mercasevilla, María Regla Pereira.
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