Insiste en que no procede incluir más grabaciones
* Flors subraya la 'insistencia' de la defensa pese a su 'improcedencia'
* Camps había pedido la audición de las grabaciones intervenidas a Correa
* Además, preguntaba si había más cintas de 'El Bigotes' y Crespo
* Contra esta decisión cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días
* Flors subraya la 'insistencia' de la defensa pese a su 'improcedencia'
* Camps había pedido la audición de las grabaciones intervenidas a Correa
* Además, preguntaba si había más cintas de 'El Bigotes' y Crespo
* Contra esta decisión cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días
Europa Press | Valencia
El magistrado instructor de la 'causa de los trajes' en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), José Flors, ha dictado un auto en el que mantiene su decisión de denegar la petición de la defensa del presidente de la Generalitat, Francisco Camps, de practicar nuevas diligencias relacionadas con las conversaciones telefónicas intervenidas a los considerados cabecillas de la 'trama Gürtel' y que dieron origen al procedimiento.
En un auto de fecha 3 de febrero, el magistrado ha acordado que no cabe reformar un auto de fecha 18 de enero, donde ya denegó la petición de practicar las diligencias solicitadas y señala que ante la "insistencia" de la parte recurrente, "se deben reiterar todas y cada una de las razones expuestas en la resolución recurrida para acordar su denegación", según consta en el auto facilitado por el TSJCV. No obstante, contra esta decisión, cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días.
Así, según expone el instructor en los razonamientos jurídicos, la razón para denegar en el anterior auto las diligencias propuestas por la defensa se fundaba en su "improcedencia" porque "ninguna de ellas derivaba del resultado de las practicadas en esta fase del procedimiento" ni tampoco "de hechos nuevos acontecidos" y recordaba lo que ya expuso en su momento en esta causa cuando se propuso diligencias de investigación por las partes, según la previsión de la ley del Jurado.
A estos razonamientos añadía que durante la instrucción de la causa "ya se había dispuesto y tuvo lugar la incorporación a las diligencias de la totalidad de las conversaciones telefónicas intervenidas que dieron lugar a la incoación del presente procedimiento" y que de todo lo actuado e incorporado "se dio vista y confirió audiencia a las partes, sin que nada se alegara entonces acerca de ninguna averiguación, adición o complemento a lo entonces aportado".
Asimismo, agregaba que la intervención de comunicaciones telefónicas a diferentes personas "perfectamente identificadas en la causa se conoce desde el inicio mismo del presente procedimiento" y que la solicitud formulada "se asienta en meras hipótesis tendentes, no a una concreta averiguación o contrastación de hechos determinados, sino a realizar una prospección respecto de algo que tal vez pudiera ser de interés del solicitante".
Además, apuntaba que todas las conversaciones telefónicas que pudiera haber mantenido Francisco Correa "forman parte de un distinto proceso, con objeto diferente y en el que son parte otras personas".
La representación de Camps presentó un escrito el 13 de enero donde pedía que se remitiera un oficio al instructor de la causa en Madrid, Antonio Pedreira, para que informara sobre si las conversaciones intervenidas a Pablo Crespo y Álvaro Pérez contenidas en determinados DVD eran las únicas que se había intervenido a estas dos personas o si constaban más, y en el caso de haber otras, pedía que se remitiera una copia. Asimismo, solicitaba una remisión en DVD de las conversaciones intervenidas a Correa y que se diera un plazo para ser escuchadas y seleccionadas.
El instructor acordó no practicar estas diligencias, decisión que fue recurrida por Camps. Al recurso se adhirieron los abogados del ex secretario general del PPCV Ricardo Costa y del exvicepresidente del Consell Víctor Campos, mientras que fue impugnado por el PSPV.
En un auto de fecha 3 de febrero, el magistrado ha acordado que no cabe reformar un auto de fecha 18 de enero, donde ya denegó la petición de practicar las diligencias solicitadas y señala que ante la "insistencia" de la parte recurrente, "se deben reiterar todas y cada una de las razones expuestas en la resolución recurrida para acordar su denegación", según consta en el auto facilitado por el TSJCV. No obstante, contra esta decisión, cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días.
Así, según expone el instructor en los razonamientos jurídicos, la razón para denegar en el anterior auto las diligencias propuestas por la defensa se fundaba en su "improcedencia" porque "ninguna de ellas derivaba del resultado de las practicadas en esta fase del procedimiento" ni tampoco "de hechos nuevos acontecidos" y recordaba lo que ya expuso en su momento en esta causa cuando se propuso diligencias de investigación por las partes, según la previsión de la ley del Jurado.
A estos razonamientos añadía que durante la instrucción de la causa "ya se había dispuesto y tuvo lugar la incorporación a las diligencias de la totalidad de las conversaciones telefónicas intervenidas que dieron lugar a la incoación del presente procedimiento" y que de todo lo actuado e incorporado "se dio vista y confirió audiencia a las partes, sin que nada se alegara entonces acerca de ninguna averiguación, adición o complemento a lo entonces aportado".
Asimismo, agregaba que la intervención de comunicaciones telefónicas a diferentes personas "perfectamente identificadas en la causa se conoce desde el inicio mismo del presente procedimiento" y que la solicitud formulada "se asienta en meras hipótesis tendentes, no a una concreta averiguación o contrastación de hechos determinados, sino a realizar una prospección respecto de algo que tal vez pudiera ser de interés del solicitante".
Además, apuntaba que todas las conversaciones telefónicas que pudiera haber mantenido Francisco Correa "forman parte de un distinto proceso, con objeto diferente y en el que son parte otras personas".
La representación de Camps presentó un escrito el 13 de enero donde pedía que se remitiera un oficio al instructor de la causa en Madrid, Antonio Pedreira, para que informara sobre si las conversaciones intervenidas a Pablo Crespo y Álvaro Pérez contenidas en determinados DVD eran las únicas que se había intervenido a estas dos personas o si constaban más, y en el caso de haber otras, pedía que se remitiera una copia. Asimismo, solicitaba una remisión en DVD de las conversaciones intervenidas a Correa y que se diera un plazo para ser escuchadas y seleccionadas.
El instructor acordó no practicar estas diligencias, decisión que fue recurrida por Camps. Al recurso se adhirieron los abogados del ex secretario general del PPCV Ricardo Costa y del exvicepresidente del Consell Víctor Campos, mientras que fue impugnado por el PSPV.
elmundo.es
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