Europa Press | Málaga
El Juzgado de lo Penal número 8 de Málaga ha suspendido el juicio previsto para este martes contra el ex alcalde de la localidad malagueña de Carratraca Óscar Román (IU), acusado de un delito contra la ordenación del territorio, debido a la enfermedad de un letrado, según han informado fuentes judiciales.
La Fiscalía solicita para Román, que presentó en enero su dimisión tras manifestar su desacuerdo con algunos aspectos de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) y su aplicación, una pena de un año y medio de prisión e inhabilitación especial para empleo o cargo público durante 10 años.
Los hechos ocurrieron en enero de 2002 cuando, según el escrito provisional del fiscal, el entonces alcalde presuntamente otorgó por decreto a favor de un particular una licencia de segregación de una parcela de suelo clasificado como no urbanizable, "pese a los informes técnicos y jurídicos desfavorables".
La acusación pública sostiene en sus conclusiones iniciales que en dichos informes "se ponía de manifiesto la contrariedad de lo solicitado con la normativa urbanística vigente en el momento de los hechos", determinada, según se precisa, por varios artículos de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
El ministerio fiscal precisa en su calificación, a la que tuvo acceso Europa Press, que el acusado dio la licencia siendo "sabedor de la evidente flagrante contrariedad con la legislación" y entiende que conocía que tal segregación "encubría una auténtica parcelación urbanística y, como tal, ilegal, en suelo no urbanizable".
ELMUNDO.ES
La Fiscalía solicita para Román, que presentó en enero su dimisión tras manifestar su desacuerdo con algunos aspectos de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) y su aplicación, una pena de un año y medio de prisión e inhabilitación especial para empleo o cargo público durante 10 años.
Los hechos ocurrieron en enero de 2002 cuando, según el escrito provisional del fiscal, el entonces alcalde presuntamente otorgó por decreto a favor de un particular una licencia de segregación de una parcela de suelo clasificado como no urbanizable, "pese a los informes técnicos y jurídicos desfavorables".
La acusación pública sostiene en sus conclusiones iniciales que en dichos informes "se ponía de manifiesto la contrariedad de lo solicitado con la normativa urbanística vigente en el momento de los hechos", determinada, según se precisa, por varios artículos de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
El ministerio fiscal precisa en su calificación, a la que tuvo acceso Europa Press, que el acusado dio la licencia siendo "sabedor de la evidente flagrante contrariedad con la legislación" y entiende que conocía que tal segregación "encubría una auténtica parcelación urbanística y, como tal, ilegal, en suelo no urbanizable".
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