El político reconoció ante el juez que en 2006 archivó una infracción urbanística de un socio
Miquel Ramis, ex alcalde y condenado.
PEP CÓRCOLES. MURO. Miquel Ramis, que fue alcalde de Muro durante varias legislaturas, presidente y fundador del partido Convergència Democràtica Murera, ha sido condenado a diez años de inhabilitación para ejercer cargo público. La sentencia condenatoria, emitida por la titular del Juzgado de lo penal número 6 de Palma, es firme ya que el acusado admite los hechos y acepta la pena máxima solicitada por la acusación.
Ayer se celebró el juicio contra Miquel Ramis, aunque éste estuvo ausente. Su abogado, Rafel Perera presentó documentos acreditativos de que Ramis padece una enfermedad grave por la que recibe tratamiento en Barcelona. No obstante, Perera presentó también un escrito, que ya había remitido con anterioridad a la juez instructora. En ese documento su representado se declara culpable de prevaricación.
Aun así, el acusado pedía la pena mínima. Cabe destacar que el fiscal solicitaba siete años de inhabilitación y la acusación particular, que ejercía, Jaume Perelló (UM), pedía diez años.
Los antecedentes
Los hechos que han ocasionado el proceso y la consecuente condena se remontan a 1998. En septiembre de ese año se abrió un expediente por infracción urbanística contra un vecino de Muro y la entidad Construcciones Es Moyà SL. Dicho documento relataba que en 1997 se habían ejecutado obras de ampliación de una vivienda en suelo rústico sin la preceptiva licencia municipal.
Como consecuencia de ese expediente se efectuó una propuesta del instructor en la que pedía una serie de sanciones económicas al propietario y a la empresa constructora. La resolución se notificó en abril de 2005 y posteriormente se desestimaron alegaciones de la propiedad. En ellas, el dueño solicitaba la caducidad y prescripción del caso argumentando que las obras habían finalizado antes de 1997, y que el expediente hablaba de trabajos inconclusos. El celador municipal de Muro emitió un informe ratificando que las obras "estaban en construcción y no acabadas en la fecha de la inspección", según reza textualmente.
Como consecuencia se dictó un decreto de Alcaldía el mes de noviembre de 2005 con una sanción al propietario y al constructor por un importe total de 8.870 Euros.
Construcciones Es Moyà recurrió argumentando que no había sido la empresa que llevó a cabo las obras y que, por tanto, no era responsable de la infracción. Esta entidad era propiedad de los padres de la concejala Catalina Alzamora, del mismo partido que Ramis. El padre de la edil, Jorge Alzamora, era socio entonces del alcalde Ramis en el Hotel Alcúdia Suite.
La prevaricación
A pesar de ello, Ramis, ejerciendo de alcalde, dictó un decreto en abril de 2006 en el que estimaba el recurso del constructor y ordenaba el archivo del expediente. Dicho archivo se hizo en contra del criterio del instructor de los servicios jurídicos municipales y del propio celador. Éste ratificó que el 4 de septiembre de 1997 la empresa Construcciones Es Moyà era la que realizaba las obras objeto del expediente por infracción urbanística.
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